Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 025-2018-SUNAFIL Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro
2/14/2018
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 025-2018-SUNAFIL Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2018-SUNAFIL Lima, 12 de febrero de 2018 VISTOS: El Informe Nº 42-2018-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 29 de enero de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 052-2018-SUNAFIL/SG-OGAJ,
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 025-2018-SUNAFIL
Lima, 12 de febrero de 2018
VISTOS:
El Informe Nº 42-2018-SUNAFIL/OGA-ORH, de fecha 29 de enero de 2018, de la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 01 de febrero de 2018, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 052-2018-SUNAFIL/SG-OGAJ, de fecha 05 de febrero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29981, se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asistencia técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAFIL, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR, documento de gestión que contiene la estructura orgánica y las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas de la entidad, cuyo artículo 10 establece que el Superintendente es la máxima autoridad ejecutiva y Titular del Pliego Presupuestal;
Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;
Que, el acápite 1.3 del numeral 1 del Anexo 4 de la mencionada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que en caso la entidad cuente con un CAP
Provisional, podrá ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mencionado Anexo; asimismo, dispone que en ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto;
Que, el numeral 5 del Anexo 4 de la acotada Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo;
Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional y podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización, o quien haga sus veces;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, de fecha 05 de julio de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL, siendo que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 168-2017-SUNAFIL, de fecha 25 de agosto de 2017, y Resolución de Superintendencia Nº 216-2017-SUNAFIL, de fecha 31 de octubre de 2017, se aprobó el reordenamiento de cargos del CAP Provisional Institucional;
Que, con el documento de vistos, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la SUNAFIL, con la finalidad de adecuar este documento de gestión a las acciones orientadas al fortalecimiento del Sistema de Inspección del Trabajo de la SUNAFIL; así como para la modificación de la clasificación del cargo de "Asesor II" de la Secretaría General de "SP-DS" a "EC", y el cambio de denominación de "EC" a "SP-DS" del cargo de "Sub Intendente de Actuación Inspectiva" de la Intendencia Regional de Cajamarca;
Que, mediante el Informe Nº 14-2018-SUNAFIL/ SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que el reordenamiento propuesto contempla la variación del número de orden, cargo estructural, código, clasificación y situación de cargos estructurales pertenecientes a la función inspectiva (Supervisores Inspectores, Inspectores del Trabajo e Inspectores Auxiliares), sin incrementar el número total de cargos o puestos en este extremo; además, considera adecuada la modificación de la clasificación del cargo de "Asesor II" de la Secretaría General de "SP-DS" a "EC" y el cambio de denominación de "EC"
a "SP-DS" del cargo de "Sub Intendente de Actuación Inspectiva" de la Intendencia Regional de Cajamarca, acciones que cumplen con los lineamientos previstos en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva
Nº 057-2016-SERVIR-PE;
Que, en tal sentido, corresponde emitir la presente resolución aprobando el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, de fecha 05 de julio de 2017;
Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2013-TR; la Ley Nº 30057; Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, que aprueba la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", modificada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, aprobado por Resolución Ministerial Nº 120-2017-TR, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración adopte las acciones de personal necesarias a fin de implementar lo dispuesto por la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de la resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SYLVIA ELIZABETH CÁCERES PIZARRO
Superintendente Nacional de Fiscalización Laboral
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (15)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)