3/08/2018

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC N° 037-2018-SINEACE/CDAH-P Autorizan la

Autorizan la certificación y registro de Evaluadores de Competencias para diversas ocupaciones y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 037-2018-SINEACE/CDAH-P Lima, 6 de marzo de 2018 VISTOS: Los Informes Nº 00002-2018/SINEACE/P-DEC-EBTP, Nº 000004-2018/SINEACE/P-DEC-EBTP; y Nº 0006-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación
Autorizan la certificación y registro de Evaluadores de Competencias para diversas ocupaciones y disponen su inscripción en el Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 037-2018-SINEACE/CDAH-P
Lima, 6 de marzo de 2018
VISTOS:

Los Informes Nº 00002-2018/SINEACE/P-DEC-EBTP, Nº 000004-2018/SINEACE/P-DEC-EBTP; y Nº 0006-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitidos por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo;

Que, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva mediante documentos de vistos; así como los Informes Nº 0002-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP-YBT, Nº 00001-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP-MDM, y Nº 00001-2018-SINEACE/P-DEC-EBTP-CCA;
propone la certificación de evaluadores de competencias para las ocupaciones de: "Agente Comunitario de Salud"
seis (6) evaluadores; "Promotor en Gestión de Riesgos de Desastres", siete (7) evaluadores; "Operario en Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto", seis (6) evaluadores, y "Operario de confecciones con Máquinas de Tejido Plano", seis (6) evaluadores; "Expertos en Tecnologías Familiares - Yachachiq Productivo", catorce (14) evaluadores; "Operador de Maquinaria Pesada", dieciocho (18) evaluadores;
y "Operador de Mantenimiento de Motocicletas", siete (7) evaluadores; quienes aprobaron las evaluaciones correspondientes;

Que, mediante Informes Nº 000041-2018-SINEACE/ P-ST-OAJ, Nº 00042-2018-SINEACE/P-ST-OAJ; y Nº 00043-2018-SINEACE/P-ST-OAJ, de fechas 02 y 05 de marzo 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica, señala que los expedientes en referencia cumplen con la normativa vigente, por lo que, recomienda atender de acuerdo a lo solicitado;

Que, en ejercicio de la prerrogativa otorgada por el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo Nº 303-2017-CDAH, en sesión del 18 de octubre 2017, de conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa -
Sineace; su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial Nº 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial Nº 331-2017-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para las ocupaciones de "Agente Comunitario de Salud", "Promotor en Gestión de Riesgos de Desastres", "Operario en Confecciones con Máquinas de Tejido de Punto", "Operario de Confecciones con Máquinas de Tejido Plano", "Expertos en Tecnologías Familiares - Yachachiq Productivo", "Operador de Maquinaria Pesada", y "Operador de Mantenimiento de Motocicletas", a las personas comprendidas en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, con una vigencia de 05 años.

Artículo 2º.- Registrar en el "Registro Nacional de Evaluadores de Competencias Profesionales de Educación Básica y Técnico Productiva", a las personas comprendidas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA BARRIOS VALDIVIA
Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc

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