5/28/2018

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 071-2018-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los ciento trece bienes muebles de propiedad del Ejército Peruano y que se encuentran en el Museo de Combatientes del Morro de Arica RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 071-2018-VMPCIC-MC Lima, 24 de mayo de 2018 VISTOS, el Informe Nº 900004-2018/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos, y los Informes Nº 900005-2018/DRBM/DGM/VMPCIC/MC y Nº 900001-2018-DCC/DRBM/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles; y, CONSIDERANDO: Que,
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los ciento trece bienes muebles de propiedad del Ejército Peruano y que se encuentran en el Museo de Combatientes del Morro de Arica
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 071-2018-VMPCIC-MC
Lima, 24 de mayo de 2018
VISTOS, el Informe Nº 900004-2018/DGM/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Museos, y los Informes Nº 900005-2018/DRBM/DGM/VMPCIC/MC y Nº 900001-2018-DCC/DRBM/DGM/VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, y se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1255, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece la presente Ley;

Que, los artículos IV y VII de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 1.2 del artículo 1 de la precitada Ley, establece que integran el Patrimonio Cultural de la
Nación los bienes materiales muebles, entre los que se encuentran: i) Los bienes relacionados con la historia, en el ámbito científico, técnico, militar, social y biográfico, así como con la vida de los dirigentes, pensadores, sabios y artistas y con los acontecimientos de importancia nacional y ii) Los bienes de interés artístico como cuadros, lienzos, pinturas, esculturas y dibujos, composiciones musicales y poéticas hechos sobre cualquier soporte y en cualquier material;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1255, es competencia exclusiva del Ministerio de Cultura respecto de otros niveles de gobierno, realizar acciones de declaración del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la Ley Nº 29565, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, por otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 del ROF, la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, además, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles tiene entre sus funciones, evaluar y emitir opinión técnica sobre las solicitudes de registro de bienes culturales muebles, conforme a lo establecido en el numeral 70.1 del artículo 70 del ROF;

Que, a través del Oficio Nº SS010-2018-DGM-VMPCIC/MC de fecha 20 de marzo de 2018, la Dirección General de Museos puso en conocimiento de la Dirección de Museos del Ejército Peruano el inicio de oficio del procedimiento de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de ciento trece (113) bienes muebles, que son de propiedad del Ejército Peruano y que se encuentran bajo la administración del Museo de Combatientes del Morro de Arica; sin que se presentara alegatos u oposición al citado procedimiento;

Que, la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles a través de los Informes Nº 900001-2018-DCC/DRBM/DGM/VMPCIC/MC de fecha 25 de abril de 2018 y Nº 900005-2018/DRBM/DGM/VMPCIC/ MC de fecha 7 de mayo de 2018, emitió opinión técnica favorable para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de los ciento trece (113) bienes muebles antes referidos;

Que, mediante Informe Nº 900004-2018/DGM/ VMPCIC/MC de fecha 8 de mayo de 2018, la Dirección General de Museos remitió al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la citada propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, conforme a las opiniones técnicas vertidas por la Dirección General de Museos y la Dirección de Gestión, Registro y Catalogación de Bienes Culturales Muebles, los ciento trece (113) bienes muebles se encuentran divididos en: veintiocho (28) armas; una (1)
cerámica; tres (3) esculturas; once (11) luminarias; cinco (5) metales; trece (13) mobiliarios; tres (3) objetos; seis (6) pinturas; veintinueve (29) textiles y catorce (14) bienes numismáticos comprendidos por ocho (8) medallas y seis (6) billetes; los cuales presentan un alto grado de valor, importancia y significado histórico, artístico, militar y social, pues construyen la identidad histórica, militar, estética, social y económica nacional a partir de los usos y costumbres de los grupos de orden militar durante el siglo XIX;

Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de los ciento trece (113) bienes muebles de propiedad del Ejército Peruano que se encuentran en el Museo de Combatientes del Morro de Arica, advirtiéndose que los informes técnicos emitidos constituyen parte integrante de la presente Resolución Viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
y el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los ciento trece (113) bienes muebles de propiedad del Ejército Peruano y que se encuentran en el Museo de Combatientes del Morro de Arica, que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial conjuntamente con el anexo correspondiente en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe).

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Viceministerial a la Dirección de Museos del Ejército Peruano y al Museo de Combatientes del Morro de Arica, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
LISTADO DE 113 BIENES CULTURMUEBLES
DEL MUSEO COMBATIENTES DEL MORRO DE ARICA,
PROPIEDAD DEL EJÉRCITO PERUANO
Nº Nº Registro Tipo de bien Denominación 1 0000145006 Escultura y talla Placa conmemorativa a Francisco Bolognesi 2 0000266321 Numismática Billete de Veinte Soles 3 0000266322 Numismática Billete de Un Sol 4 0000266323 Numismática Billete de Dos Soles 5 0000266324 Numismática Billete de Cinco Soles 6 0000266325 Numismática Billete de Diez Soles 7 0000266326 Numismática Billete de Cien Soles 8 0000266328 Armas y armaduras Revólver 9 0000266329 Numismática Cruz Peruana 10 0000266330 Metales Pisapapeles 11 0000266331 Numismática Medalla Conmemorativa 12 0000266332 Numismática Medalla conmemorativa 13 0000266333 Mobiliario Sofá 14 0000266338 Numismática Medalla conmemorativa 15 0000266340 Armas y armaduras Sable 16 0000266341 Numismática Medalla Conmemorativa 17 0000266342 Numismática Medalla conmemorativa 18 0000266343 Numismática Medalla conmemorativa 19 0000266344 Numismática Medalla conmemorativa 20 0000266345 Mobiliario Sillón frailero 21 0000266346 Mobiliario Sillón frailero 22 0000266347 Mobiliario Sofá
Nº Nº Registro Tipo de bien Denominación 23 0000266348 Pintura Jura de la Bandera 24 0000266349 Textilería e indumentaria Frac 25 0000266350 Textilería e indumentaria Bicornio 26 0000266351 Luminaria Araña 27 0000266352 Armas y armaduras Espada 28 0000266353 Mobiliario Mesa 29 0000266354 Armas y armaduras Cañon Voruz y sus proyectiles 30 0000266355 Textilería e indumentaria Cinturón 31 0000266356 Textilería e indumentaria Bicornio 32 0000266357 Textilería e indumentaria Frac 33 0000266358 Textilería e indumentaria Capote 34 0000266359 Mobiliario Marco de espejo 35 0000266360 Textilería e indumentaria Faja 36 0000266361 Textilería e indumentaria Dragona 37 0000266362 Textilería e indumentaria Kepí 38 0000266363 Textilería e indumentaria Pantalón 39 0000266364 Textilería e indumentaria Pantalón 40 0000266365 Textilería e indumentaria Par de charreteras 41 0000266366 Textilería e indumentaria Faja 42 0000266367 Luminaria Araña 43 0000266368 Luminaria Fanal 44 0000266369 Armas y armaduras Espada 45 0000266370 Luminaria Fanal 46 0000266371 Mobiliario Consola 47 0000266372 Mobiliario Consola 48 0000266373 Mobiliario Mesa 49 0000266374 Luminaria Araña 50 0000266375 Luminaria Lámpara 51 0000266376 Escultura y talla Urna funeraria 52 0000266377 Pintura Alfonso Ugarte 53 0000266378 Pintura Retrato de Alfonso Ufgarte 54 0000266379 Mobiliario Sillón 55 0000266380 Mobiliario Sillón 56 0000266381 Luminaria Fanal 57 0000266382 Armas y armaduras Sable 58 0000266383 Objetos varios Lavadero 59 0000266384 Objetos varios Cocina 60 0000266385 Luminaria Fanal 61 0000266386 Pintura El Último Cartucho 62 0000266387 Luminaria Araña 63 0000266388 Pintura Retrato del coronel Francisco Bolognesi Cervantes 64 0000266389 Textilería e indumentaria Pabellón peruano 65 0000266390 Pintura La Respuesta 66 0000266391 Armas y armaduras Sable de honor 67 0000266392 Armas y armaduras Bayoneta 68 0000266396 Armas y armaduras Vaina 69 0000266445 Armas y armaduras Bayoneta 70 0000266446 Armas y armaduras Vaina 71 0000266447 Armas y armaduras Bayoneta 72 0000266448 Armas y armaduras Bayoneta 73 0000266449 Armas y armaduras Bayoneta 74 0000266450 Armas y armaduras Carabina 75 0000266451 Armas y armaduras Fusil 76 0000266452 Escultura y talla Busto de Francisco Bolognesi 77 0000266453 Luminaria Araña Nº Nº Registro Tipo de bien Denominación 78 0000266454 Cerámica Vajilla 79 0000266455 Metales Juego de cubiertos 80 0000266456 Metales Juego de tenedores 81 0000266457 Metales Par de maceteros 82 0000266458 Mobiliario Sofá 83 0000266459 Textilería e indumentaria Pantalón 84 0000266460 Textilería e indumentaria Saco 85 0000266461 Textilería e indumentaria Par de charreteras 86 0000266462 Luminaria Araña 87 0000266463 Textilería e indumentaria Dragona 88 0000266464 Textilería e indumentaria Dragona 89 0000266465 Textilería e indumentaria Par de charreteras 90 0000266466 Textilería e indumentaria Borla 91 0000266467 Textilería e indumentaria Penacho 92 0000266468 Textilería e indumentaria Cuello de camisa 93 0000266469 Metales Porta cinta 94 0000266470 Textilería e indumentaria Frac 95 0000266471 Textilería e indumentaria Cinturón 96 0000266472 Objetos varios Caja para charreteras 97 0000266473 Armas y armaduras Corno 98 0000266474 Mobiliario Consola 99 0000266475 Armas y armaduras Carabina 100 0000266476 Armas y armaduras Fusil 101 0000266477 Armas y armaduras Sable 102 0000266478 Armas y armaduras Puñal 103 0000266479 Armas y armaduras Fusil 104 0000266480 Armas y armaduras Carabina 105 0000266481 Armas y armaduras Bayoneta 106 0000266482 Armas y armaduras Vaina 107 0000266483 Armas y armaduras Bayoneta 108 0000266500 Textilería e indumentaria Corbata 109 0000266501 Textilería e indumentaria Cinturón 110 0000266502 Textilería e indumentaria Botones 111 0000266503 Textilería e indumentaria Botones 112 0000266504 Armas y armaduras Revólver 113 0000266505 Armas y armaduras Revólver

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