9/12/2018

Transferencias Financieras Favor Diversas RM 490-2018-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas universidades nacionales, para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018 RM 490-2018-MINEDU Lima, 11 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución
Poder Ejecutivo, Educacion
Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas universidades nacionales, para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018
RM 490-2018-MINEDU
Lima, 11 de setiembre de 2018

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 725-2017-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 9 839 253 844,00 (NUEVE MIL
OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES
DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;

Que, la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2018, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, para los procesos de formación, capacitación, innovación y evaluación en materia educativa, para la asistencia técnica y el monitoreo de la ejecución de proyectos de inversión vinculados a materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; asimismo, establece que las citadas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos. Dicha resolución se publica en el diario oficial El Peruano. Finalmente señala que la entidad del Gobierno Nacional es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo para los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme a la presente disposición;



Que, mediante Resolución Ministerial Nº 109-2018- MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el año 2018", modificada por la Resolución Ministerial Nº 375-2018-MINEDU, la cual tiene como objetivo general establecer las disposiciones técnicas, procedimientos y responsabilidades de los diferentes actores en el marco de la implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria 2018;

Que, con fecha 16 de agosto de 2018, se suscribió el Convenio Nº 350-2018-MINEDU, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de San Agustín para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018, el cual tiene por objeto que la Universidad colabore con el Ministerio de Educación en la implementación y ejecución del Programa de Formación en Servicio para Docentes nombrados y contratados del Nivel de Educación Secundaria de las áreas priorizadas de Matemática, Comunicación, Historia, Geografía y Economía; y de Ciencia, Tecnología y Ambiente, a desarrollarse en el año 2018 para el Ítem 29 que abarca la UGEL Arequipa Sur, la UGEL Camaná, la UGEL Caravelí, la UGEL Castilla, la UGEL Condesuyos, la UGEL Islay, la UGEL La Joya, la UGEL Caylloma, la UGEL Arequipa Norte y la UGEL La Unión de la Región Arequipa;

Que, la Cláusula Sexta: Financiamiento y Rendición de Cuentas del citado Convenio, establece que en el marco de lo dispuesto en la Décima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, se transferirá a favor de la Universidad Nacional de San Agustín hasta la suma de S/ 5 126 949,00 (CINCO MILLONES CIENTO
VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE
Y 00/100 SOLES) la cual cubrirá los costos administrativos efectivamente realizados por la Universidad para el cumplimiento del objeto del citado Convenio; asimismo, señala que el monto de financiamiento será transferido a la Universidad en dos oportunidades: a) La primera transferencia financiera corresponde al 80% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 4 101 559,20 (CUATRO MILLONES CIENTO UN MIL
QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 20/100 SOLES), y b) La segunda transferencia financiera correspondiente al 20% del monto total del Convenio que asciende a la suma de hasta S/ 1 025 389,80 (UN MILLON VEINTICINCO MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 80/100 SOLES);

Que, mediante Memorándum Nº 497-2018-MINEDU/ VMGP/DIGEDD-DIFODS e Informe Nº 51 1-2018-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIFODS, la Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se realice la primera transferencia financiera a la que se hace referencia en el considerando precedente;

Que, a través del Informe Nº 672-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la Universidad Nacional de San Agustín hasta por la suma de S/ 4 101 559,20 (CUATRO MILLONES
CIENTO UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y
20/100 SOLES) con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos, por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios;

Que, por lo expuesto resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera por la suma de S/ 4 101 559,20 (CUATRO MILLONES CIENTO UN MIL QUINIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE Y 20/100 SOLES);

Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección de Formación Docente en Servicio y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 4 101 559,20 (CUATRO MILLONES
CIENTO UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
Y 20/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1:

Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 513: U.N. DE SAN
AGUSTIN, para financiar la Primera Transferencia en el marco del Convenio Nº 350-2018-MINEDU, Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de San Agustín para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018.

Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 3.- La Dirección de Formación Docente en Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para los cuales se realiza la presente transferencia en el marco de lo dispuesto en el Convenio de Cooperación Interinstitucional Nº 350-2018-MINEDU.

Artículo 4.- Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que corresponden.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 490-2018-MINEDU Autorizan Transferencias Financieras a favor de diversas universidades nacionales, para la ejecución e implementación del Programa de Formación en Servicio para Docentes del Nivel de Educación Secundaria a desarrollarse en el Año 2018
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 490-2018-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-12
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-13

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