8/23/2019

Directiva Establece Contenido Constancias RS 548-2019-SUCAMEC Organismo Supervisor de las

Organismos Tecnicos Especializados, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado Aprueban la "Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada" RS 548-2019-SUCAMEC Lima, 19 de agosto de 2019 VISTO: El Informe Técnico Nº 00011-2019-SUCAMEC-GSSP de fecha 26 de marzo de
Organismos Tecnicos Especializados, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Aprueban la "Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada"
RS 548-2019-SUCAMEC
Lima, 19 de agosto de 2019
VISTO: El Informe Técnico Nº 00011-2019-SUCAMEC-GSSP de fecha 26 de marzo de 2019, de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada; el Informe Técnico Nº 093-2019-SUCAMEC-OGPP de fecha 29 de mayo de 2019, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 00335-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 07 de agosto de 2019, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:



Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;

Que, el literal h) del artículo 15º del Decreto Legislativo Nº 1127 y el literal j) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como una de las funciones del Superintendente

Nacional, emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia;

Que, los literales a) y g) del artículo 35º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-IN y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN, establecen como funciones de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada, respectivamente, "Proponer los lineamientos relativos a la expedición, renovación, ampliación o cancelación de funcionamiento de los servicios de seguridad privada, en sus diversas modalidades" y "Elaborar, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias";


Que, el artículo 33º de la Ley Nº 28879, Ley de Servicios de Seguridad Privada (en adelante Ley), respecto al registro, establece que la DISCAMEC (en la actualidad SUCAMEC) debe contar con un registro permanentemente actualizado de todas las empresas y del personal operativo que brinden servicios de seguridad privada;

Que, por su parte, el artículo 69º del Decreto Supremo Nº 003-2011-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28879 (en adelante, Reglamento), señala que la SUCAMEC debe contar con un registro permanentemente actualizado de todas las empresas y personal operativo encargado de brindar el servicio de seguridad privada a nivel nacional, el cual debe incluir instrucción, carné de vigilancia y licencia de posesión y uso de armas;

Que, en virtud de las facultades previstas en el artículo 35º del ROF, la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada formuló un proyecto de Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada, el mismo que tiene por objeto "Establecer el contenido y los tipos de constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada en mérito a la información proporcionada por las personas naturales y jurídicas que se encuentran autorizadas para prestar y desarrollar servicios de seguridad privada". Además, tiene por finalidad "Estandarizar el contenido y la emisión de las constancias y reportes a fin de sistematizar la información que custodia la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto de las personas naturales y jurídicas autorizadas para prestar y desarrollar servicios de seguridad privada";

Que, con Informe Técnico Nº 093-2019-SUCAMEC-OGPP , de fecha 29 de mayo de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el citado proyecto de directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2014-SUCAMEC "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil";

Que, mediante Informe Legal Nº 00335-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 07 de agosto de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de directiva, toda vez que ha sido elaborado conforme a la normatividad vigente; precisando que lo establecido en el artículo 33º de la Ley Nº 28879 y el artículo 69º del Reglamento requieren de un procedimiento especial para su correcto cumplimiento y aplicación, por lo que resulta viable que a través de una directiva se establezcan lineamientos para el contenido y los tipos de constancias y reportes que emitirá la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada. Asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el diario oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la SUCAMEC y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;

Con el visado del Gerente de Servicios de Seguridad Privada, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerente General;

De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127-Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 017-2013-IN;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Directiva PM01.05/GSSP/ DIR/11.01 "Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada", la misma que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- La Directiva aprobada mediante el artículo precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución de Superintendencia que aprueba la Directiva en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe).

Regístrese, Comuníquese y Publíquese.

CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA
Superintendente Nacional

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 548-2019-SUCAMEC Aprueban la "Directiva que establece el contenido de las constancias y reportes que emite la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada respecto a la información de las personas naturales y jurídicas que prestan y desarrollan servicios de seguridad privada"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
  • Numero : 548-2019-SUCAMEC
  • Emitida por : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2019-08-23
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-24

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