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Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 282-2019-EF Economia y Finanzas
8/29/2019
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 282-2019-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales DS 282-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Novena
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
DS 282-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala que, en el marco de lo dispuesto en la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, durante el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional hasta por la suma de S/ 37 000 000,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES Y
00/100 SOLES), a favor de las entidades del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS) siendo que dichas modificaciones presupuestales se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, quedando para dicho efecto el MIDIS exceptuado de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
TAMBIEN PUEDES VER: Acuerdo Entre Gobierno República Perú DS 041-2019-RE Relaciones Exteriores
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2019-MIDIS
se aprueban las acciones que el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali deben cumplir para hacer efectiva la transferencia de los recursos señalados en la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, hasta por la suma de S/ 25 000 000,00 (VEINTICINCO MILLONES Y
00/100 SOLES);
Que, mediante Informe Nº 23-2019-MlDlS/SG/ OGPPM/OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MIDIS sustenta la disposición de saldos de libre disponibilidad y propone realizar la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa, Ministerio de Cultura, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Gobierno Regional del Departamento de Loreto, Gobierno Regional del Departamento de Puno y Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para
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financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS); en virtud de ello, mediante Oficio Nº 491-2019-MIDIS/SG, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES) a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES
Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Defensa, el Ministerio de Cultura, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Gobierno Regional del Departamento de Loreto, el Gobierno Regional del Departamento de Puno y el Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), la cual incluye la operación y mantenimiento de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS), de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 10 000 000,00
———————
TOTAL EGRESOS 10 000 000,00
============
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 7 223 458,00
——————- SUB TOTAL GOBIERNO NACIONAL 7 223 458,00
===========
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 776 542,00
——————
SUB TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 2 776 542,00
===========
TOTAL EGRESOS 10 000 000,00
===========
1.2 El pliego habilitador y los pliegos habilitados en el pá rrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego se detallan en el Anexo Nº 1 "Unidades Ejecutoras y Categorías Presupuestarias que habilitan la transferencia", en el Anexo Nº 2 "Transferencia de Partidas a pliegos del Gobierno Nacional para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad", y en el Anexo Nº 3 "Transferencia de Partidas a pliegos de Gobiernos Regionales para financiar la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad", que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia de este dispositivo legal.
Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de agosto del año dos mil diecinueve.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 282-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 282-2019-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-08-29
- Fecha de aplicacion : 2019-08-30
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