Inicio
Últimas normas legales
Tabla Aranceles Gastos Administrativos Costas RM 412-2019-MINEM/DM Energia y Minas
12/28/2019
Tabla Aranceles Gastos Administrativos Costas RM 412-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio RM 412-2019-MINEM/DM Lima, 24 de diciembre de 2019 VISTOS: El Informe Nº 0047-2019/MINEM-OGA-OCC de la Oficina de Cobranza Coactiva de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 172-2019-MINEM/ COMUNICADO Publicaciones en la separata de Normas Legales Comunicamos a nuestros
Aprueban la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio
RM 412-2019-MINEM/DM
Lima, 24 de diciembre de 2019
VISTOS:
El Informe Nº 0047-2019/MINEM-OGA-OCC de la Oficina de Cobranza Coactiva de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 172-2019-MINEM/
COMUNICADO
Publicaciones en la separata de Normas Legales Comunicamos a nuestros clientes lo siguiente:
Las normas legales a publicarse en las ediciones del miércoles 1 y jueves 2 de enero de 2020, serán recepcionadas hasta las 14:00 horas del martes 31 de diciembre de 2019, tanto de forma presencial como a través del Portal Electrónico "PGA".
GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES
OGPP-ODICR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 1094-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, dispone en el numeral 7.2 del artículo 7, que constituye una función rectora del Ministerio de Energía y Minas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas; para la gestión de los recursos energéticos y mineros; para el otorgamiento y reconocimiento de derechos; para la realización de acciones de fiscalización y supervisión; para la aplicación de sanciones administrativas; y para la ejecución coactiva, de acuerdo a la normativa vigente;
TAMBIEN PUEDES VER: Deniegan Licencia Institucional Universidad Alas RCD SMV
Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias, en sus artículos 62-A y 62-B, señala que la Oficina de Cobranza Coactiva es una unidad orgánica de la Oficina General de Administración encargada de ejercer las acciones necesarias para ejecutar las cobranzas coactivas del Ministerio de Energía y Minas, efectuando las acciones de coerción dirigidas a la recuperación del cobro de adeudos y multas administrativas señaladas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, en adelante el TUO;
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Financiera Favor Contraloría RM 326-2019-MIMP Mujer y Poblaciones Vulnerables
e iniciando, impulsando y concluyendo los procedimientos de ejecución coactiva de sanciones y otras obligaciones administrativas, en el marco de la Ley de Ejecución Coactiva;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del TUO establece que se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación; también serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del TUO, señala que el ejecutor, bajo responsabilidad, liquidará las costas ciñéndose al arancel de costas procesales aprobado conforme a lo dispuesto por dicha ley;
Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 26979, modificada por la Ley Nº 28892, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas deberá, mediante decreto supremo, aprobar en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación por parte del Gobierno Nacional y de los gobiernos regionales y locales;
Que, el decreto supremo sobre los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos que indica la norma antes citada, aún no ha sido expedido; no obstante, ello no impediría que el Ministerio de Energía y Minas pueda fijar los gastos y costas procesales a aplicarse en la Entidad, la cual podría posteriormente adecuarse a los topes máximos;
Que, el numeral 72.2 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos;
Que, en tal sentido, la Oficina de Cobranza Coactiva de la Oficina General de Administración mediante el Informe Nº 0047-2019/MINEM-OGA-OCC, propone la aprobación de la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio de Energía y Minas, con el fin de liquidar y procurar la cobranza de los gastos y costos en los que se incurra durante la tramitación de los procedimientos de ejecución coactiva;
Que, la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto mediante el Informe Nº 172-2019-MINEM/OGPP-ODICR, emite opinión favorable para la aprobación de la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio de Energía y Minas, indicando que la misma se encuentra acorde con la Metodología de Simplificación Administrativa para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por las entidades de la Administración Pública, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM; y, con la Guía Metodológica para la determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad, aprobado por Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de liquidar las costas y gastos derivados de dichos procedimientos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio de Energía y Minas, la misma que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
TABLA DE ARANCELES DE GASTOS
ADMINISTRATIVOS Y COSTAS PROCESALES DE
LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA
DEL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
CÓDIGO ACTOS PROCESALES MONTO S/ 01 Inicio de procedimiento de ejecución coactiva 52.00
02 Medida cautelar de retención 165.00
03 Medida cautelar de inscripción 261.00
04 Medida cautelar de embargo en forma de depósito sin extracción 200.00
05 Medida cautelar de embargo en forma de depósito con extracción 240.00
CÓDIGO ACTOS PROCESALES MONTO S/ 06 Medida cautelar de embargo en forma de secuestro conservativo de vehículo 260.00
07 Medida cautelar de embargo en forma de intervención en información 94.00
08 Medida cautelar de embargo en forma de intervención en recaudación 200.00
09 Medida cautelar de embargo en forma de intervención en administración de bienes 200.00
10 Remate público 361.00
11 Los gastos por actuaciones de peritos, mar-tilleros públicos, interventores recaudadores y otros que intervengan en el procedimiento de ejecución coactiva. Además de cualquier otro gasto dentro del procedimiento coactivo serán sufragados por el Ministerio de Energía y Minas, los mismos que serán reembolsados por el obligado, previo proceso de liquidación de gastos, los cuales serán sustentados con los comprobantes de pago válidamente emit-idos de acuerdo a lo que establece la SUNAT
en la norma sobre la materia.
Según hon-orarios o tarifario de la entidad donde se efectúe el gasto
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 412-2019-MINEM/DM Aprueban la Tabla de Aranceles de Gastos Administrativos y Costas Procesales de los Procedimientos de Ejecución Coactiva del Ministerio
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 412-2019-MINEM/DM
- Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-28
- Fecha de aplicacion : 2019-12-29
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- octubre 2024 (30)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)