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Directiva 002 2020 cd/ Fogasa Denominada RM 0174-2020-MINAGRI Agricultura y Riego
8/01/2020
Directiva 002 2020 cd/ Fogasa Denominada RM 0174-2020-MINAGRI Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2020-2021" RM 0174-2020-MINAGRI Lima, 30 de julio de 2020 VISTOS: El Oficio Nº 0554-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA de la Dirección General Agrícola, sobre
Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2020-2021"
RM 0174-2020-MINAGRI
Lima, 30 de julio de 2020
VISTOS:
El Oficio Nº 0554-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA de la Dirección General Agrícola, sobre aprobación de la Directiva Nº 002-2020-CD/FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC para la Campaña Agrícola 2020-2021"; el Acta de Sesión Nº 63 del Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario de fecha 17 de julio de 2020; el Informe
Nº 012-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIFESA-RAGR de la Dirección de Financiamiento y Seguro Agrario; y, el Informe Legal Nº 661-2020-MINAGRI-SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4.1, inciso b), del artículo 4 de la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, creó el Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario (FOGASA)
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con la finalidad de garantizar los créditos otorgados por las instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos;
Que, el artículo Único de la Ley Nº 28995, Ley que amplía la finalidad del Fondo de Garantía para el Campo creado por Ley Nº 28939, establece que dicho Fondo garantiza los créditos otorgados por instituciones financieras a los medianos y pequeños productores rurales organizados, que orienten su actividad hacia mercados nacionales y/o internacionales dinámicos, así como financia mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a través del Sistema de Seguros, destinados a reducir la exposición de los productores agropecuarios, tales como comunidades campesinas, nativas, pequeños y medianos agricultores, a riesgos climáticos y presencia de plagas, que afecten negativamente su producción y rentabilidad;
MAS NORMAS LEGALES: Transferencia Financiera Favor Pliego 006: RM 174 -2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y
Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI, se aprobó el nuevo Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, en adelante el Reglamento, el cual en su artículo 11 prevé que para cada campaña agrícola y/o actividad pecuaria, se aprobarán mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, con opinión favorable del Consejo Directivo del Fondo, a) Los tipos de bienes o producción elegible para ser cubierta por el Seguro Agropecuario; b)
Los tipos de Seguros Agropecuarios que se financiarán;
c) Las zonas o territorios geográficos de cobertura; d) Los criterios de la población objetivo; e) Los porcentajes de financiamiento que se aplicarán con relación al importe de la prima; y, f) Las bases y criterios para la selección y contratación de las Compañías de Seguros, que otorgarán la cobertura del Seguro Agropecuario a que se refiere el Capítulo III del Título V del Reglamento;
Que, de conformidad con el numeral 2.4 del artículo 2 del referido Reglamento, el Comité de Gestión del Fideicomiso es el órgano colegiado integrado por el Ministro de Agricultura y Riego o su representante, quien lo preside, un representante del Consejo Directivo y el Secretario Técnico del FOGASA, y en calidad de veedor un representante de la Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales - ANGR, en representación de los Gobiernos Regionales;
Que, en el marco de lo aprobado en el Acta de Sesión Nº 63 del Consejo Directivo del FOGASA, de fecha 17 de julio de 2020, se acordó aprobar, conforme a lo establecido en el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, la propuesta de Bases para la Contratación del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC
para la Campaña Agrícola 2020-2021 y la propuesta de departamentos que serán objeto de cobertura para la campaña agrícola 2020-2021, a fin que estas sean aprobadas de acuerdo a la normatividad vigente;
Que, mediante Oficio Nº 554-2020-MINAGRI-DVDIAR/ DGA que adjunta el Informe Nº 012-2020-MINAGRI-DVDIAR/DGA-DIFESA-RARGR, la Dirección General Agrícola - DGA, solicita la aprobación del proyecto de Directiva Nº 002-2020-CD/FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2020-2021", que contiene ocho (8) rubros y once (11) anexos, documento formulado en orden a las experiencias recogidas en la implementación del SAC en las once (11) campañas agrícolas pasadas (2009-2010;
2010-2011; 2011-2012; 2012-2013; 2013-2014; 2014-2015; 2015-2016; 2016-2017; 2017-2018; 2018-2019;
2019-2020); y en el que se precisa que por tratarse de un seguro de tipo agropecuario, la Compañía de Seguros brindará cobertura a cultivos con vigencia de póliza comprendida desde las 12:00 horas del 01 de agosto de hasta las 12:00 horas del 01 de agosto de 2021 y, que dicho periodo de vigencia se cumple para los cultivos agropecuarios asegurados bajo el financiamiento al 100%; en ese sentido, es necesario aprobar la propuesta de Directiva en mención;
Que, asimismo, en el precitado Informe, se propone al Director General de la Dirección General Agrícola, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Comité de Gestión del Fideicomiso, quien lo presidirá, de conformidad a lo establecido en el numeral 2.4 del artículo 2 del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado por Decreto Supremo
Nº 002-2014-MINAGRI;
Con los respectivos visados del Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, la Dirección General Agrícola y la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI, el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar la Directiva Nº 002-2020-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario
para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2020-2021" que en anexo, con nueve (IX) rubros, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2. Aprobar los Criterios de Elegibilidad del Seguro Agrícola que se detallan a continuación:
a) Tipo de Seguro a financiar: Seguro Agrícola Catastrófico.
b) La modalidad de financiamiento de primas del Seguro Agrícola Catastrófico: Financiamiento Total regulada por el Capítulo III del Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI.
c) Los tipos de bienes o producción elegible para ser cubiertos por el Seguro Agrícola Catastrófico para la Campaña Agrícola 2020-2021, según la modalidad de financiamiento son los siguientes:
− Cultivos básicos, hortalizas, pastos y forrajes de acuerdo a la siguiente clasificación:
CLASIFICACIÓN CULTIVOS
Achita (kiwicha o amaranto)
Ajonjolí Algodón Arracacha Arroz Arveja grano seco Avena grano Cañihua Cebada grano Centeno grano Chocho o tarhui grano seco Fríjol caupí o castilla grano seco Cultivos básicos Fríjol de palo grano seco Fríjol grano seco Fríjol loctao grano seco Garbanzo grano seco Haba grano seco Jenjibre Lenteja grano seco Linaza Maíz amiláceo Maíz amarillo duro Maíz morado Maní Ñuña grano seco Pallar grano seco Quinua Trigo Soya Acelga Ají Ajo Albahaca Apio Arveja grano verde Arracacha Betarraga Brócoli Caigua Calabaza
CLASIFICACIÓN CULTIVOS
Cebolla Cebolla china Col Coliflor Culantro Hortalizas Espinaca Fríjol caupí o castilla grano verde Fríjol de palo grano verde Fríjol grano verde Fríjol vainita Haba grano verde Jalapeña Lechuga Maíz choclo Mashua o izaño Maca Nabo Olluco Oca Pallar grano verde Papa Pepinillo Perejíl Pimiento Piquillo Pituca Poro Rábano Rocoto Sachapapa Tomate Uncucha Yacón Yuca Zanahoria Zapallo Frutales Fresa Melón Pepino Sandia Pastos y forrajes Alfalfa Avena forrajera Cebada forrajera Maíz chala Pasto elefante Pasto toro urco Pasto oliva d) El Seguro Agrícola Catastrófico, otorgado bajo la modalidad de financiamiento total, está dirigido a los agricultores de menores recursos. Para focalizar la intervención, al interior de los departamentos beneficiarios, se consideran los siguientes criterios:
i. Se priorizan los distritos con mayor pobreza monetaria; según el Mapa de Pobreza Provincial y Distrital del Informe Técnico elaborado por el INEI.
ii. Los cultivos elegibles son cultivos transitorios (básicos, hortalizas, frutales, pastos y forrajes), porque según el IV CENAGRO, la mayor parte de las tierras dedicadas a cultivos transitorios corresponde a la pequeña agricultura.
e) Las zonas o territorios geográficos a ser cubiertos por el Seguro Agrícola Catastrófico, según la modalidad de financiamiento total se encuentran ubicados en los departamentos del Perú.
i. Considerando esta clasificación, el Seguro Agrícola Catastrófico cubrirá los cultivos de mayor importancia en cada departamento, según la modalidad de financiamiento total, de la siguiente manera:
Departa-mento Total máximo de aporte disponible 1
del Fondo (S/)
Cultivos a coberturar Amazonas 2,075,264.85
Arroz, Pasto elefante, Maíz amarillo duro, Yuca, Maíz amiláceo, Frijol grano seco, Pasto oliva, Papa, Maíz choclo, Arracacha, Arveja grano verde, Frijol grano verde, Maní, Yacón, Pituca, Zanahoria, Olluco, Frijol de palo grano verde, Col, Soya, Haba grano verde, Lechuga, Alfalfa, Trigo, Zapallo, Caigua, Haba grano seco, Chocho o tarhui grano seco, Tomate, Sandía, Arveja grano seco, Betarra-ga, Ají, Oca Áncash 2,431,438.53
Maíz amarillo duro, Trigo, Papa, Alfalfa, Maíz amiláceo, Cebada grano, Arroz, Maíz choclo, Algodón, Camote, Haba grano seco, Arveja grano seco, Frijol grano seco, Arveja grano verde, Maíz chala, Chocho o tarhui grano seco, Olluco, Maíz morado, Lechuga, Oca, Tomate, Yuca, Cebolla, Quinua, Zapallo, Achita (kiwicha, o amaranto) Ají, Col, Haba grano verde, Zanahoria, Betarraga, Espinaca, Apio, Frijol grano verde, Poro, Ajo, Coliflor Apurímac 5,279,670.44
Maíz amiláceo, Papa, Haba grano seco, Frijol grano seco, Cebada grano, Trigo, Quinua, Alfalfa, Olluco, Maíz choclo, Maíz amarillo duro, Haba grano verde, Arveja grano seco, Achita (kiwicha, o amaranto) Oca, Arveja grano verde, Chocho o tarhui grano seco, Mashua o izano, Avena forrajera, Frijol grano verde, Cebada forrajera, Calabaza, Zapallo, Avena grano, Zanahoria, Cebolla, Camote, Tomate, Ajo, Yuca, Frijol vainita, Lechuga, Col, Maíz morado, Coliflor Arequipa 2,524,522.00
Alfalfa, Arroz, Maíz chala, Papa, Cebolla, Frijol grano seco, Ajo, Maíz amiláceo, Quinua, Maíz choclo, Zanahoria, Trigo, Zapallo, Arveja grano verde, Haba grano verde, Tomate, Ají, Maíz morado, Algodón, Cebada forrajera, Frijol vainita, Avena forrajera, Haba grano seco, Maíz amarillo duro, Cebada grano, Apio, Col, Lechuga, Poro, Betarraga, Brócoli, Nabo, Acelga, Camote, Perejil, Coliflor, Pallar grano seco, Rábano, Sandía, Achita (kiwicha, o amaranto) Pepinillo Ayacucho 7,648,154.80
Papa, Maíz amiláceo, Quinua, Cebada grano, Alfalfa, Trigo, Haba grano seco, Avena forra-jera, Arveja grano seco, Olluco, Maíz choclo, Arveja grano verde, Oca, Frijol grano seco, Mashua o izano, Haba grano verde, Maíz mo-rado, Maíz amarillo duro, Yuca, Cebolla, Ajo, Avena grano, Chocho o tarhui grano seco, Zanahoria, Achita (kiwicha, o amaranto) Col, Tomate, Calabaza, Maní, Cebada forrajera, Lechuga, Betarraga, Linaza, Zapallo, Apio, Pallar grano seco, Coliflor, Camote Cajamarca 2,633,922.51
Maíz amiláceo, Papa, Trigo, Arroz, Maíz amarillo duro, Frijol grano seco, Arveja grano seco, Pasto elefante, Cebada grano, Arveja grano verde, Maíz choclo, Yuca, Haba grano seco, Alfalfa, Olluco, Arracacha, Frijol grano verde, Oca, Lenteja grano seco, Camote, Ajo, Zapallo, Haba grano verde, Quinua, Zaranda-ja grano seco, Chocho o tarhui grano seco, Avena forrajera, Maíz morado, Zanahoria, Pituca, Linaza, Caigua, Cebolla, Maíz chala, Tomate, Ñuña grano seco, Col, Betarraga Departa-mento Total máximo de aporte disponible 1
del Fondo (S/)
Cultivos a coberturar Cusco 2,988,384.88
Papa, Maíz amiláceo, Avena forrajera, Ce-bada grano, Haba grano seco, Trigo, Avena grano, Quinua, Yuca, Olluco, Maíz amarillo duro, Maíz choclo, Alfalfa, Arveja grano seco, Chocho o tarhui grano seco, Frijol grano seco, Oca, Mashua o izano, Cebada forrajera, Arroz, Cañahua o cañihua, Arveja grano verde, Zanahoria, Haba grano verde, Cebolla, Uncucha, Achita, kiwicha, o amaranto, Zapa-llo, Col, Lechuga, Coliflor, Camote, Tomate Huancavelica 5,151,073.20
Papa, Maíz amiláceo, Cebada grano, Alfalfa, Haba grano seco, Arveja grano verde, Frijol grano seco, Trigo, Olluco, Arveja grano seco, Haba grano verde, Quinua, Maíz choclo, Avena forrajera, Avena grano, Oca, Maca, Mashua o izano, Chocho o tarhui grano seco, Maíz amarillo duro, Zapallo, Linaza, Zanaho-ria, Ajo, Tomate, Lenteja grano seco Huánuco 3,908,377.82
Papa, Maíz amiláceo, Maíz amarillo duro, Trigo, Arroz, Cebada grano, Yuca, Frijol grano seco, Haba grano seco, Arveja grano verde, Olluco, Avena grano, Alfalfa, Chocho o tarhui grano seco, Avena forrajera, Arveja grano seco, Maíz choclo, Haba grano verde, Oca, Quinua, Zapallo, Calabaza, Maíz chala, Maíz morado, Ñuña grano seco, Camote, Mashua o izano, Frijol grano verde, Zanahoria Ica 859,155.02
Maíz amarillo duro, Algodón, Alfalfa, Papa, Cebolla, Pallar grano seco, Maíz choclo, Camote, Tomate, Zapallo, Sandía, Yuca, Frijol caupí o castilla grano seco, Garbanzo grano seco, Frijol grano seco, Melón, Holantao, Ají, Maíz morado, Pallar grano verde, Maíz chala, Lechuga, Maíz amiláceo, Albahaca, Arveja grano verde, Quinua, Betarraga, Culantro, Frijol caupí o castilla grano verde, Perejil, Pepino, Cebada grano, Haba grano verde Junín 2,251,001.02
Papa, Cebada grano, Maíz amiláceo, Maíz choclo, Yuca, Maíz amarillo duro, Avena forrajera, Arveja grano verde, Frijol grano seco, Trigo, Alfalfa, Pasto elefante, Haba grano verde, Olluco, Quinua, Haba grano seco, Jenjibre, Zanahoria, Maca, Arveja grano seco, Arroz, Espinaca, Oca, Mashua o izano, Chocho o tarhui grano seco, Ajonjolí, Maní, Cebada forrajera, Ajo, Lechuga, Linaza, Avena grano, Cebolla, Ají, Brócoli, Zapallo, Rocoto, Col, Apio, Betarraga, Calabaza, Acelga, Culantro, Soya La Libertad 3,272,938.85
Arroz, Trigo, Cebada grano, Papa, Maíz ami-láceo, Maíz amarillo duro, Arveja grano seco, Alfalfa, Haba grano seco, Chocho o tarhui grano seco, Maíz chala, Frijol grano seco, Olluco, Arveja grano verde, Lenteja grano seco, Avena forrajera, Yuca, Maíz choclo, Quinua, Oca, Ñuña grano seco, Cebolla, Za-pallo, Pimiento, Sandía, Camote, Zanahoria, Col, Pepinillo, Cebolla china, Pasto elefante, Linaza, Haba grano verde, Lechuga, Brócoli, Ají, Tomate, Ajo, Frijol loctao grano seco, Apio, Maíz morado, Piquillo, Poro, Coliflor, Mashua o izano, Frijol de palo grano seco, Culantro, Cebada forrajera, Zarandaja grano seco, Pepino, Achita (kiwicha, o amaranto)
Algodón Lambayeque 1,797,850.60
Arroz, Maíz amarillo duro, Maíz choclo, Maíz amiláceo, Algodón, Camote, Frijol de palo grano verde, Pallar grano seco, Maíz chala, Trigo, Zarandaja grano seco, Frijol caupí o castilla grano seco, Arveja grano verde, Alfal-fa, Yuca, Frijol grano seco, Piquillo, Pimiento, Arveja grano seco, Cebolla, Papa, Frijol de palo grano seco, Garbanzo grano seco, Olluco, Haba grano seco, Quinua, Tomate, Sandía, Cebada grano, Zapallo, Jalapeña, Zanahoria, Pepinillo
Departa-mento Total máximo de aporte disponible 1
del Fondo (S/)
Cultivos a coberturar Lima 1,661,494.74
Maíz amarillo duro, Maíz chala, Alfalfa, Ca-mote, Papa, Lechuga, Brócoli, Maíz choclo, Fresa, Zanahoria, Culantro, Ají, Maíz morado, Ajo, Frijol vainita, Frijol caupí o castilla grano seco, Frijol grano seco, Cebolla china, Apio, Betarraga, Algodón, Coliflor, Yuca, Tomate, Pepinillo, Cebolla, Zapallo, Poro, Col, Arveja grano verde, Rábano, Pimiento, Sandía, Frijol grano verde, Maíz amiláceo, Albahaca, Espi-naca, Haba grano verde, Pallar grano verde, Perejil, Acelga, Pepino, Nabo, Holantao, Trigo, Melón, Maní, Olluco, Cebada grano, Caigua, Haba grano seco, Oca Loreto 2,880,077.20
Yuca, Maíz amarillo duro, Arroz, Pasto toro urco, Frijol caupí o castilla grano seco, Pasto elefante, Maíz choclo, Frijol grano seco, Maní, Sandía, Caigua, Melón, Tomate, Ají, Zapallo, Pepinillo, Cebolla china, Culantro, Lechuga, Col Madre De Dios 192,301.20
Maíz amarillo duro, Arroz, Yuca, Frijol grano seco, Uncucha, Sandía, Camote Moquegua 179,697.38
Alfalfa, Maíz amiláceo, Papa, Haba grano seco, Cebada grano, Frijol vainita, Maíz chala, Haba grano verde, Trigo, Maíz amarillo duro, Cebolla, Zapallo, Maíz choclo, Quinua, Arveja grano verde, Sandía, Maíz morado, Oca, Avena forrajera Pasco 2,218,272.03
Papa, Yuca, Maíz amarillo duro, Maíz ami-láceo, Arroz, Rocoto, Maíz choclo, Olluco, Arveja grano verde, Frijol grano seco, Oca, Zapallo, Haba grano seco, Caigua, Haba grano verde, Ají, Alfalfa, Trigo, Avena forra-jera, Calabaza, Cebada grano, Maca, Arveja grano seco, Zanahoria Piura 2,903,904.35
Arroz, Maíz amiláceo, Maíz amarillo duro, Trigo, Frijol grano seco, Frijol caupí o castilla grano seco, Arveja grano seco, Pasto elefan-te, Algodón, Papa, Yuca, Frijol caupí o castilla grano verde, Camote, Piquillo, Alfalfa, Oca, Haba grano seco, Olluco, Soya, Sandía, Ce-bada grano, Arveja grano verde, Maní, Maíz choclo, Cebolla, Frijol de palo grano seco, Zanahoria, Melón, Ajo, Tomate, Zapallo Puno 11,628,380.89
Alfalfa, Avena forrajera, Papa, Quinua, Cebada grano, Cebada forrajera, Haba grano seco, Avena grano, Cañahua o cañihua, Maíz amiláceo, Oca, Olluco, Maíz amarillo duro, Yuca, Pituca, Trigo, Chocho o tarhui grano seco, Arveja grano seco, Mashua o izano, Frijol grano seco, Cebolla, Haba grano verde, Camote, Yacón, Arroz, Zapallo, Maca, Arracacha, Centeno grano San Martín 2,497,898.33
Arroz, Maíz amarillo duro, Pasto elefante, Yuca, Frijol grano seco, Pasto toro urco, Frijol caupí o castilla grano seco, Maní, Tomate, Soya Tacna 253,461.00
Alfalfa, Maíz chala, Ají, Maíz amiláceo, Quinua, Sandía, Papa, Cebolla, Zapallo, Tomate, Frijol vainita, Camote, Pepinillo, Pimiento, Maíz choclo, Lechuga, Apio, Haba grano verde, Col, Brócoli, Betarraga, Melón, Coliflor, Espinaca, Avena forrajera Tumbes 301,476.63
Arroz, Maíz amarillo duro, Maíz choclo, Yuca, Frijol caupí, chiclayo o castilla grano seco, Pasto elefante Ucayali 713,270.74
Arroz, Maíz amarillo duro, Yuca, Frijol grano seco, Frijol caupí o castilla grano seco, Frijol de palo grano seco, Algodón, Sandía, Maní, Camote, Sachapapa, Pituca, Pepinillo
TOTAL 68,251,989.01
1. El total del Fondo disponible para cada Departamento incluye IGV
Artículo 3. Aprobar las bases y criterios de evaluación para la selección y contratación de las Compañías de Seguros que otorgarán la cobertura del Seguro Agrícola Catastrófico para la campaña agrícola 2020-2021.
Artículo 4. Designar al Director General de la Dirección General Agrícola, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Comité de Gestión del Fideicomiso, quien lo presidirá, de conformidad a lo establecido en el numeral 2.4 del artículo 2 del Reglamento del Decreto Supremo Nº 002-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario.
Artículo 5. Disponer que la Dirección General de Articulación Intergubernamental - DGAI, del Ministerio de Agricultura y Riego y el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRORURAL, a través de sus unidades operativas y personal, brinden apoyo a los Gobiernos Regionales en la administración y seguimiento de los reportes de avisos de siniestros, así como en la validación del Registro de Beneficiarios, así como a la Secretaria Técnica del Consejo Directivo del FOGASA, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6. Notificar la presente Resolución al Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -
AGRO RURAL, a la Dirección General de Articulación Intergubernamental, a la Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego, a la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE y al Consejo Directivo del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario - FOGASA, para los fines de ley.
Artículo 7. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano;
y, conjuntamente con la Directiva que aprueba, en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0174-2020-MINAGRI Aprueban la Directiva Nº 002-2020-CD/ FOGASA denominada "Procedimiento Complementario para la Operatividad del Fondo de Garantía para el Campo y del Seguro Agropecuario en el otorgamiento del financiamiento del Seguro Agrícola Catastrófico - SAC, para la Campaña Agrícola 2020-2021"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0174-2020-MINAGRI
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-07-31
- Fecha de aplicacion : 2020-08-01
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