Ratifican el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/ Secundario entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados"
DS 026-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/ Secundario entre los Estados pa…
Ratifican el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/ Secundario entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados"
DS 026-2020-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/ Secundario entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados" fue suscrito por la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Chile, la República de Colombia, la República del Ecuador, la República del Paraguay, la República Oriental del Uruguay y la República Bolivariana de Venezuela, el 2 de agosto de 2010, en la ciudad de San Juan, República Argentina;
Que es conveniente a los intereses del Perú la adhesión al citado instrumento internacional;
De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º
y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2º de la Ley Nº 26647, que faculta al Presidente de la República a celebrar y ratificar tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso.
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DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/Secundario entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados", de 2 de agosto de 2010.
Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como la fecha de entrada en vigencia.
Artículo 3º.- Dése cuenta al Congreso de la República.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de agosto del año dos mil veinte.
MAS NORMAS LEGALES: Reglamento Operativo Fondo Apoyo Empresarial Mype RM 228-2020-EF/15 Economia y Finanzas
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARIO LÓPEZ CHÁVARRI
Ministro de Relaciones Exteriores
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 026-2020-RE Ratifican el "Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario/Fundamental/Básico y Medio/ Secundario entre los Estados partes del Mercosur y Estados Asociados"
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 026-2020-RE
- Emitida por : Relaciones Exteriores - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-08-12
- Fecha de aplicacion : 2020-08-13