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Instituto Mar Perú Imarpe Ejecución Pesca RM 00171-2022-PRODUCE Produce
5/12/2022
Instituto Mar Perú Imarpe Ejecución Pesca RM 00171-2022-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Autorizan al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos anchoveta y anchoveta blanca en área marítima comprendida entre los 06º00´ S y 10º59´ S, con la participación de embarcaciones pesqueras de mayor escala RM 00171-2022-PRODUCE Lima, 10 de mayo de 2022 VISTOS: El Oficio Nº 446-2022-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe Nº 00000194-2022-PRODUCE/DPO de la
Autorizan al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos anchoveta y anchoveta blanca en área marítima comprendida entre los 06º00´ S y 10º59´ S, con la participación de embarcaciones pesqueras de mayor escala
RM 00171-2022-PRODUCE
Lima, 10 de mayo de 2022
VISTOS: El Oficio Nº 446-2022-IMARPE/PCD del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; el Informe Nº 00000194-2022-PRODUCE/DPO de la Dirección de Políticas y Ordenamiento de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe Nº 00000511-2022-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 2, establece que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación y que, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;
Que, el artículo 9 de la Ley General de Pesca señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de evidencias científicas disponibles y de factores socioeconómicos determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos, y que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio;
Que, el artículo 13 de la Ley General de Pesca dispone que la investigación pesquera está orientada a obtener y proporcionar permanentemente las bases científicas que sustentan el desarrollo integral y armónico del proceso pesquero;
Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el numeral 21.1 de su artículo 21 establece que la investigación pesquera especializada es una actividad realizada por cualquier persona natural o jurídica, previa autorización del Ministerio de la Producción en los casos en que se utilicen embarcaciones, extraiga recursos hidrobiológicos, usen espacios acuáticos públicos u operen plantas de procesamiento. En caso de ser persona natural o jurídica extranjera acredita que cuenta con representante con domicilio en el país;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00167-2022-PRODUCE, se autoriza el inicio de la Primera Temporada de Pesca 2022 del recurso anchoveta
COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 00171-2022-PRODUCE Autorizan al Instituto del Mar del Perú - IMARPE, la ejecución de la Pesca Exploratoria de los recursos anchoveta y anchoveta blanca en área marítima comprendida entre los 06º00´ S y 10º59´ S, con la participación de embarcaciones pesqueras de mayor escala
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 00171-2022-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2022-05-11
- Fecha de aplicacion : 2022-05-12
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