12/18/2023

Cuadro Asignación Personal Provisional cap p RM 1137-2023/MINSA Salud

Poder Ejecutivo, Salud Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud-INS RM 1137-2023/MINSA Lima, 14 de diciembre del 2023 Visto, el Expediente Nº 2023-0271326 que contiene el Memorándum Nº D004056-2023-OGGRH-MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, el Oficio Nº 093-2023-GG/INS de la Gerencia General del Instituto Nacional de Salud - INS, el Oficio Nº 000983-2023-SERVIR-PE que remite el Informe Técnico Nº 000249-2023-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y el Informe Nº …
Poder Ejecutivo, Salud
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud-INS
RM 1137-2023/MINSA
Lima, 14 de diciembre del 2023
Visto, el Expediente Nº 2023-0271326 que contiene el Memorándum Nº D004056-2023-OGGRH-MINSA de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, el Oficio Nº 093-2023-GG/INS de la Gerencia General del Instituto Nacional de Salud - INS, el Oficio Nº 000983-2023-SERVIR-PE que remite el Informe Técnico Nº 000249-2023-SERVIR-GDSRH de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y el Informe Nº D001292-2023-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece en su Cuarta Disposición Complementaria Final, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1450, que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE;

Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil se
establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades;
mientras que el literal e) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo por el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH "Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional" (en adelante, la Directiva), en cuyo literal b) del numeral 5.1 define al CAP Provisional como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF)
o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE);

Que, el numeral 6.2 de la Directiva establece los supuestos para la elaboración del CAP Provisional;
en ese sentido, el supuesto 1 previsto en el sub numeral 6.2.1.2 establece que, las entidades públicas que, a través de una norma sustantiva, vean incrementadas o reducidas sus competencias y/o funciones, y requieran la creación o reducción de cargos estructurales vinculados a la implementación, o no, de dichas competencias y/o funciones, pueden hacer uso de este supuesto; tomando en consideración los criterios presentados en el numeral 6.2.2 de la Directiva; asimismo, el supuesto 2 dispone que, aquellas entidades públicas que, a través de la Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal correspondiente u otra norma sustantiva, son exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación, pueden emplear este supuesto, debiendo contar con la información presupuestal que justifique la creación e incremento de cargos o posiciones;

Que, sobre el particular, mediante Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de mayo de 2020, se dictaron medidas que fortalecen al Instituto Nacional de Salud y la rectoría del Ministerio de Salud para la prevención y control de las enfermedades, a fin de mejorar la salud pública, promover el bienestar de la población y contribuir con el desarrollo sostenible del país; en cuyo artículo 4 se establece que el Instituto Nacional de Salud es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, administrativa, económica y financiera en el ejercicio de sus atribuciones; constituye un pliego presupuestal;
asimismo, a través de dicha norma se asignan competencias, funciones y facultades a la referida entidad;

Que, en ese sentido, mediante Decreto Supremo Nº 016-2023-SA, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 11 de junio de 2023, se aprueba la primera sección del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Instituto Nacional de Salud y, a través de la Resolución Jefatural Nº 167-2023-J-OPE/ INS, de fecha 14 de junio de 2023, se aprueba su segunda sección. Finalmente, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 006-2023- PE/INS, de fecha 22 de junio de 2023, se aprueba el Texto Integrado del ROF del Instituto Nacional de Salud que contiene la compilación de ambas secciones;

Que, de otro lado, conforme al literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 31638, Ley del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2023 se autoriza el nombramiento de hasta el cien por ciento (100%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud (CLAS), a los que se refiere la Ley 30957, Ley que autoriza el nombramiento progresivo como mínimo del veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N 1153 tuvieron vínculo laboral y fueron identificados en el marco de la Disposición Complementaria Final Nonagésima Octava de la Ley 30693, lo que incluye lo autorizado en el artículo 1 de la Ley 30957, en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto de Urgencia 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y en el literal n) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, y el literal ñ) del numeral 8.1 del artículo 8 y el literal b) del numeral 2 de la Centésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, asimismo, los numerales 1 y 2 de la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la citada Ley autorizan el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, contratados al 31 de julio de 2022 bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que Regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios; y, se encuentren registrados en el AIRHSP a la entrada en vigencia de la citada Ley;
así como también el nombramiento del personal de la salud contratado en plaza presupuestada vacante y que percibe sus ingresos en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado;

Que, el Decreto Supremo Nº 008-2017-SA aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado mediante Decreto Supremo Nº 011-2017-SA y Decreto Supremo Nº 032-2017-SA, establece que el Instituto Nacional de Salud-INS, es un organismo público adscrito al Ministerio de Salud;

Que, a través del Informe Técnico Nº 000249- 2023-SERVIR-GDSRH, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud, por lo que en mérito a lo expuesto resulta necesario aprobar el referido instrumento de gestión de la mencionada entidad;

Que, por su parte el sub numeral 6.3.1.8 del numeral 6.3 de la Directiva establece que, de darse la opinión favorable de SERVIR, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante oficio de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, para que ésta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario Oficial El Peruano, efectuándose la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en el caso de Gobierno Nacional, que incluye ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales adscritos, mediante Resolución Ministerial;

Con el visado de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161 y modificatorias, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA y sus modificatorias; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud-INS
Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud-INS, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud.

Artículo 2.- Publicación Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Instituto Nacional de Salud-INS (www.ins.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 1137-2023/MINSA Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Instituto Nacional de Salud-INS
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 1137-2023/MINSA
  • Emitida por : Salud - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2023-12-18
  • Fecha de aplicacion : 2023-12-19

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