8/23/2024

Transferencia Financiera Favor Contraloría RPE 000165-2024-DV-PE Comision Nacional para el

Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RPE 000165-2024-DV-PE Mirafl ores, 20 de agosto del 2024 VISTOS: El Oficio Nº 000931-2024-CG/SGE de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 000229-2024-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 003090-2024-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Se…
Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
RPE 000165-2024-DV-PE
Mirafl ores, 20 de agosto del 2024
VISTOS:

El Oficio Nº 000931-2024-CG/SGE de la Contraloría General de la República, el Informe Nº 000229-2024-DV-OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 003090-2024-DV-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y,

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000181-2023-DV-PE, se aprobó el Presupuesto 29 NORMAS LEGALES
Viernes 23 de agosto de 2024
Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2024, del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la suma total de S/ 447'085,051.00 (Cuatrocientos cuarenta y siete millones ochenta y cinco mil cincuenta y uno y 00/100
Soles), por toda fuente de financiamiento;

Que, la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la citada Ley, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, durante el Año Fiscal 2024, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar las transferencias financieras que se efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Para tal efecto, las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales quedan exceptuadas de las restricciones previstas en el numeral 9.1 del artículo 9 de la presente ley:

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la referida Ley Nº 30742, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República;

Que, a través del tercer párrafo de la precitada Disposición Complementaria Final se dispone que, para efectos del financiamiento, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales están autorizadas, de manera excepcional, a realizar transferencias financieras a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006 "Acciones de Control y Auditoría", así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación;

Que, conforme a lo dispuesto en el cuarto y quinto párrafo de la citada Disposición Complementaria Final, las transferencias financieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; la resolución se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30742 señala que la incorporación de plazas y recursos de los órganos de control institucional a la Contraloría General de la República se realiza de forma progresiva ceñido al plan de implementación y comprende las remuneraciones, contraprestaciones, retribuciones y otros ingresos pagados en el marco de las disposiciones legales vigentes; agrega que, la incorporación de recursos incluye, adicionalmente, el financiamiento de los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios, y otros tipos de contratación directa o indirecta de personas que prestan servicios en los órganos de control institucional;

Que, a través de Resolución de Contraloría Nº 355-2018-CG, se aprueba el Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencia de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;
y mediante Resolución de Contraloría Nº 349-2023-CG, aprueban la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL
"Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República", que tiene por finalidad establecer las disposiciones para el proceso de incorporación progresiva de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República;

Que, con Resolución de Contraloría Nº 422-2023-CG
se aprueba el inicio del proceso de incorporación de ciento setenta y cinco (175) Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República, entre los cuales se encuentra el Órgano de Control Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, mediante Oficio Nº 000931-2024-CG/SGE, la Contraloría General de la República manifiesta que viene desarrollando las etapas del proceso de incorporación en el marco de la Directiva Nº 012-2023-CG/GMPL, "Directiva de Incorporación de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General de la República", y por consiguiente ha recepcionado los documentos remitidos por el Pliego 012: DEVIDA, entre ellos, el Formato 03; el mismo que determina el monto de S/ 305,343.00 (Trescientos cinco mil trescientos cuarenta y tres y 00/100 Soles), a transferir a la Contraloría, importe que comprende los recursos que financian los contratos del personal que ejecutan labores de control;

Que, mediante Informe Nº 000229-2024-DV-OPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la necesidad de efectuar una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196;

Contraloría General), hasta por la suma de S/ 305,343.00 (Trescientos cinco mil trescientos cuarenta y tres y 00/100
Soles), por la Fuente de Financiamiento 1 y Rubro 00:

Recursos Ordinarios en la Genérica de Gastos 2.4:

Donaciones y Transferencias, según lo dispuesto por la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control y la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;

Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Presupuesto de la Oficina Planeamiento y Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- AUTORIZAR la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General (Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General), hasta por la suma total de S/ 305,343.00 (Trescientos cinco mil trescientos cuarenta y tres y 00/100 Soles), según lo dispuesto por la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, en concordancia con la Vigésima Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, como se detalla en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo 1º, se realice con cargo al presupuesto institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, por la Fuente de Financiamiento 1 y Rubro 00: Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gastos 2.4: Donaciones y Transferencias.

Artículo 3º.- NOTIFICAR la presente resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan.

Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR
al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el Portal Institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA (www.gob.pe/devida).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA
Presidente Ejecutivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 000165-2024-DV-PE Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 000165-2024-DV-PE
  • Emitida por : Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2024-08-23
  • Fecha de aplicacion : 2024-08-24

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