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Transferencia Financiera Favor Marina Guerra Perú RPE Instituto Nacional de Salud
10/17/2025
Transferencia Financiera Favor Marina Guerra Perú RPE Instituto Nacional de Salud
Organismos Ejecutores, Instituto Nacional de Salud Autorizan transferencia financiera a favor de la Marina de Guerra del Perú para financiar actividad RPE 000183-2025-DV-PE Mirafl ores, 15 de octubre del 2025 VISTO: El Memorando Nº 002560-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ap…
Autorizan transferencia financiera a favor de la Marina de Guerra del Perú para financiar actividad
RPE 000183-2025-DV-PE
Mirafl ores, 15 de octubre del 2025
VISTO:
El Memorando Nº 002560-2025-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial remite el Anexo Nº 1 que detalla la Actividad, entidad ejecutora e importe a ser transferido, y;
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a DEVIDA en el presente año fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible - PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", precisándose en el numeral 13.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial "El Peruano";
Que, el numeral 13.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 13.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron transferidos los recursos, precisando que éstos bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autoriza su transferencia financiera;
Que, mediante Informe Nº 000081-2025-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de la Actividad: "Transferencias para las operaciones conjuntas para el control de la oferta de drogas", que será financiada con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", contando para ello con la aprobación de la Presidencia Ejecutiva;
Que, en el marco del Programa Presupuestal "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú", en el año 2025, DEVIDA suscribió una adenda al convenio de cooperación interinstitucional con la Marina de Guerra del Perú para la ejecución de la precitada Actividad, hasta por la suma de SEISCIENTOS SESENTA
MIL Y 00/100 SOLES (S/ 660,000.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera;
Que, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, ha emitido el Informe Nº 000262-2025-DV-OPP-UPTO, informe previo favorable que dispone el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; asimismo, se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000002947, y la respectiva conformidad del plan operativo de la Actividad;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la precitada norma legal, la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución de la Actividad detallada en el Anexo Nº 1, de conformidad con el plan operativo aprobado por DEVIDA, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos;
Con los visados de la Gerencia General, los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM.
SE RESUELVE:
SESENTA MIL Y 00/100 SOLES (S/ 660,000.00), para financiar la Actividad a favor de la entidad ejecutora que se detalla en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el Artículo Primero, se realice con cargo al presupuesto del año fiscal 2025 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas, correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios".
Artículo Tercero.- RATIFICAR que la entidad ejecutora, bajo responsabilidad, sólo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución 19 NORMAS LEGALES
Viernes 17 de octubre de 2025
de la Actividad descrita en el Anexo Nº 1 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otras inversiones, actividades y/o gastos administrativos, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, sea la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de las metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 13.3 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025.
Artículo Quinto.- NOTI FICAR la presente resolución a la Dirección de Articulación Territorial, la Dirección de Asuntos Técnicos, la Dirección de Promoción y Monitoreo, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a gestionar la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional de DEVIDA.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA
Presidente Ejecutivo
{E}INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
Aprueban menores asignaciones por concepto de viáticos para viaje de profesional a Corea del Sur
{N}RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000155-2025-INS/PE
Jesús María, 15 de octubre del 2025
VISTO:
El Expediente con Registro Nº CNSP0020250000225, que contiene, entre otros, las Notas Informativas Nº 000081-2025-INS/SUDET-INDE y Nº 000138-2025-INS/SUDET-INDE del Área de Innovación y Desarrollo de la Subdirección de Investigación y Laboratorios de Enfermedades Transmisibles; el Memorando Nº 001982-2025-INS/CNSP del Centro Nacional de Salud Pública;
el Informe Nº 000164-2025-INS/OA de la Oficina de Administración; la Nota Informativa Nº 000140-2025-INS/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
y los literales c) y d) del artículo 7 del Decreto Legislativo Nº 1504 que fortalece al Instituto Nacional de Salud (INS)
para la prevención y control de las enfermedades, el INS
es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, encargado de, entre otras funciones, desarrollar y difundir la investigación y la tecnología en salud en sus ámbitos de intervención y promover y desarrollar la investigación, transferencia tecnológica e innovación en salud, con la participación de las instituciones públicas, privadas y del sector académico, nacional e internacional, en el marco de lo establecido en la Política Nacional de Salud y la Política Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación;
Que, mediante los documentos del visto, el Área de Innovación y Desarrollo de la Subdirección de Investigación y Laboratorios de Enfermedades Transmisibles y el Centro Nacional de Salud Pública señalaron que habiéndose seleccionado al Biólogo HENRI BAILON CALDERON
para participar en la "Capacitación Práctica 2025 para la fabricación de vacunas de ARNm", organizado por el Centro Global de Capacitación para Biofabricación (GTH-B) en la República de Corea, con el apoyo de la Organización Mundial de la Salud, que se desarrollará en modalidad virtual y presencial, se calculó inicialmente una asignación de viáticos por ocho (08) días por un gasto ascendente a US$ 4 000.00 (equivalente a S/ 14 040.00
soles). Sin embargo, considerando las limitaciones presupuestales institucionales, se propuso evaluar la posibilidad de otorgar una asignación de un monto menor como financiamiento parcial de viáticos, reducido en un 40% del monto señalado, equivalente a S/ 5 616.00 (cinco mil seiscientos dieciséis y 00/100 soles);
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria;
y del numeral 8.7 de las Disposiciones Finales de la Directiva Interna Nº 016-OA-INS-V.01 - Directiva para el otorgamiento de viáticos, pasajes, otros gastos y la rendición de cuentas por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional del Instituto Nacional de Salud, aprobada por la Resolución de la Oficina de Administración Nº 14-2025-OA/INS (en adelante la directiva) mediante resolución del titular de la entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, se aprueban menores asignaciones a las de la escala de viáticos, tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal;
Que, de conformidad con lo señalado en los literales a) y p) del artículo 40 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Resolución Nº 006-2023-PE, la Oficina de Administración, mediante el documento del visto emitió opinión favorable a la aprobación de menores asignaciones por concepto de viáticos, considerando que se cuenta con la justificación para su autorización por S/ 5,616.00 (cinco mil seiscientos dieciséis y 00/100 soles)
a razón de 8 días por S/702.00 (setecientos dos y 00/100
soles) por día, en tanto que se cuenta con un presupuesto austero para la asignación de dicho concepto a los investigadores, de acuerdo a montos programados que se contemplan dentro del presupuesto de cada investigación;
ANEX O Nº 1
TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN
EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL
"GESTIÓN INTEGRADA Y EFECTIVA DEL CONTROL DE OFERTA DE DROGAS EN EL PERU"
Nº ENTIDAD EJECUTORA UNIDAD EJECUTORA UNIDAD ESPECIALIZADA NOMBRE DE LA ACTIVIDAD
MONTO DE LA
TRANSFERENCIA HASTA S/ 1
MARINA DE GUERRA
DEL PERU
004-471: MARINA DE
GUERRA DEL PERU
DIRECCIÓN GENERAL DE
CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS
DE LA MARINA DE GUERRA DEL
PERU (DICAPI)
TRANSFERENCIAS PARA LAS
OPERACIONES CONJUNTAS
PARA EL CONTROL DE LA
OFERTA DE DROGAS
660,000.00
TOTAL 660,000.00
NORMA LEGAL:
- Titulo: RPE 000183-2025-DV-PE Autorizan transferencia financiera a favor de la Marina de Guerra del Perú para financiar actividad
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
- Numero : 000183-2025-DV-PE
- Emitida por : Instituto Nacional de Salud - Organismos Ejecutores
- Fecha de emision : 2025-10-17
- Fecha de aplicacion : 2025-10-18
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