9/06/2018

Prorrogan Desarrollo Proyecto Especial Majes RJ 261-2018-ANA Agricultura y Riego

Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Prorrogan para el desarrollo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos proveniente de la cuenca del río Colca y de la cuenca alta del río Apurímac RJ 261-2018-ANA Lima, 3 de setiembre de 2018 VISTO: El Oficio Nº 403-2018-GRA-PEMS-GE-GGRH mediante el cual el Gerente Ejecutivo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, solicita la prórroga
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego
Prorrogan para el desarrollo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos proveniente de la cuenca del río Colca y de la cuenca alta del río Apurímac
RJ 261-2018-ANA
Lima, 3 de setiembre de 2018
VISTO:

El Oficio Nº 403-2018-GRA-PEMS-GE-GGRH
mediante el cual el Gerente Ejecutivo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, solicita la prórroga de reserva de recursos hídricos; y,

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos en el numeral 5 del artículo 15 dispone que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación;

Que, el inciso 208.1 del artículo 208 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período máximo de dos (02) años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motivan;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 204-2016-ANA se prorrogó a favor del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos proveniente de la cuenca del río Colca y de la cuenca alta del río Apurímac, por un volumen anual de hasta 687.23 MMC (21.79 m3/s) para usos agrícolas y poblacionales, y para usos energéticos los volúmenes anuales de hasta 1,072.30 MMC (34 m3/s), para las centrales hidroeléctricas de Lluta I, Lluta II y Lluclla respectivamente, por el plazo de dos (02) años, que venció el 13 de junio de 2018;


Que, mediante documento del visto, recepcionado el 26 de abril de 2018, el Gerente Ejecutivo del Proyecto Especial Majes Siguas solicita se prorrogue la reserva de recursos hídricos y sustenta su pedido indicando que para el desarrollo de la Segunda Etapa del Proyecto se vienen ejecutando obras hidráulicas, a la fecha se encuentran en la etapa de revisión y aprobación del expediente técnico de la segunda fase, habiéndose aprobado el expediente técnico de la bocatoma de Lluclla, derivación Llluclla, Pampas de Siguas, y que se amplió el periodo de obras para proceder a la ejecución de obras principales (presa y túnel);


Que, la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos a través del Informe Técnico Nº 310-2018-ANA-DCERH-AESFRH opina que se prorrogue la reserva de recursos hídricos en las mismas condiciones, ello al no haberse otorgado derechos de uso de agua con cargo a la reserva;

Que, con Informe Legal Nº 763-2018-ANA-OAJ la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es viable otorgar la prórroga solicitada;

Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, y dado que se mantienen las condiciones de la reserva de recursos hídricos prorrogada mediante Resolución Jefatural Nº 204-2016-ANA, corresponde se otorgue con eficacia anticipada, la prórroga de la reserva de recursos hídricos;

Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, con los vistos de la Gerencia General y la Oficina de Asesoría Jurídica, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Prórroga de reserva de recursos hídricos Prorróguese, con eficacia anticipada al 14 de Junio de 2018, para el desarrollo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos proveniente de la cuenca del río Colca y de la cuenca alta del río Apurímac, por un volumen anual de hasta 687.23 MMC (21.79 m3/s) para usos agrícolas y poblacionales, y para usos energéticos los volúmenes anuales de hasta 1,072.30 MMC (34 m3/s), para las Centrales Hidroeléctricas de Lluta I, Lluta II y Lluclla respectivamente, por el plazo de dos (02) años.

Artículo 2.- Supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña y la Administración Local de Agua Colca - Siguas - Chivay, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER OBANDO LICERA
Jefe Autoridad Nacional del Agua

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 261-2018-ANA Prorrogan para el desarrollo del Proyecto Especial Majes Siguas del Gobierno Regional de Arequipa, la reserva de recursos hídricos proveniente de la cuenca del río Colca y de la cuenca alta del río Apurímac
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 261-2018-ANA
  • Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-09-06
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-07

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