9/20/2018

Rectifican Errores Materiales Anexo Res RCD 118-2018-SUNEDU/CD SMV

Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores Rectifican errores materiales en anexo de la Res. Nº 082-2018-SUNEDU/CD mediante la cual se aprobó la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad de Piura RCD 118-2018-SUNEDU/CD Lima, 17 de setiembre de 2018 I. VISTOS: La Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2018- SUNEDU/CD del 17 de julio de 2018; el escrito SG 2010/18 del 10 de agosto de 2018, con
Organismos Tecnicos Especializados, Superintendencia del Mercado de Valores
Rectifican errores materiales en anexo de la Res. Nº 082-2018-SUNEDU/CD mediante la cual se aprobó la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad de Piura
RCD 118-2018-SUNEDU/CD
Lima, 17 de setiembre de 2018
I. VISTOS:

La Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2018- SUNEDU/CD del 17 de julio de 2018; el escrito SG
2010/18 del 10 de agosto de 2018, con Registro de Trámite Documentario Nº 34913-2018-SUNEDU-TD
presentado por la Universidad de Piura (en adelante, la Universidad); y, el Informe Nº 104-2018-SUNEDU-02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic);

II. CONSIDERANDO:

II.1. Antecedentes Que, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria)
establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (en adelante, Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitaria bajo su competencia;

Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 003-2017-SUNEDU/CD del 26 de enero de 2017, publicada el 27 de enero de 2017, en el Diario Oficial "El Peruano", se resolvió otorgar la licencia institucional a la Universidad, para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la provincia y departamento de Piura y en su filial en el departamento de Lima, que cuenta con dos (2) locales ubicados en los distritos de Mirafl ores y Santiago de Surco, con una vigencia de ocho (8) años, reconociéndose cincuenta y tres (53) programas existentes y ocho (8) programas que conforman su nueva oferta académica;


Que, el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento), aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 008-2017-SUNEDU/CD, establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional;

Que, el 3 de noviembre y 13 de diciembre de 2017, la Universidad presentó su Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI), la cual fue aprobada, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD del 17 de julio de 2018;


Que, el 10 de agosto de 2018, mediante escrito SG 210/18, la Universidad solicitó a la Sunedu realizar las acciones pertinentes a fin de rectificar los errores materiales detectados en las Tablas Nº 01 y Nº 04 del Anexo Nº 01 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD, referidos al "Cambio de denominación de programas de estudio y denominación del grado académico de programas" y a la "Autorización de programas académicos nuevos conducentes a grado académico de maestro y título";

Que, mediante el Informe Nº 104-2018-SUNEDU-02-12, la Dilic recomendó proceder con la rectificación de los errores materiales detectados en las Tablas Nº 01 y Nº 04 del Anexo Nº 01 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD;

II.2. Sobre la rectificación de los errores materiales en el Anexo Nº 01 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD
Que, al respecto, el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, regula lo relacionado a los errores materiales;

Que, de acuerdo a la información contenida en los Formatos de Licenciamiento A4 remitidos por la Universidad junto a su SMLI, dentro de la relación de denominaciones de los programas y grados académicos que ésta otorga se encontraban los programas de "Maestría en Derecho Administrativo y Regulación del Mercado", "Maestría en Gestión Pública", "Maestría en Integridad Estructural" y "Maestría en Estrategias Contemporáneas de Arquitectura"; así como el grado de "Maestro en Estrategias Contemporáneas de Arquitectura" (Énfasis agregado);

Que, de la revisión del Anexo Nº 01 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD, se advirtió que la Tabla Nº 01, referida al "Cambio de Denominación de Programa de Estudio y Denominación del Grado Académico de Programas"; y la Tabla Nº 04, referida a la "Autorización de Programas Académicos Nuevos conducentes a Grado Académico de Maestro y Título", contienen errores materiales;

Que, en el presente caso, se corrobora que los errores materiales incurridos en las Tablas Nº 01 y Nº 04 del Anexo Nº 01 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/CD no implica una modificación sustancial del contenido ni el sentido de la decisión emitida en la mencionada resolución, toda vez que, no se afecta el fondo de la decisión correspondiente a aprobar la modificación de licencia solicitada por la Universidad. Por tanto, resulta viable realizar una rectificación de las Tablas Nº 01 y Nº 04 del Anexo Nº 01 de la referida resolución;

Que, en virtud a lo dispuesto al artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU; y, a lo acordado en la sesión SCD
Nº 033-2018 del Consejo Directivo;

SE RESUELVE:



Primero.- ACEPTAR el pedido de rectificación solicitado por la Universidad de Piura y, en consecuencia, RECTIFICAR los errores materiales generados y consignados en el numeral 2 de la Tabla Nº 01; y numerales 3, 7 y 8 de la Tabla Nº 04 del Anexo Nº 01 de la Resolución del Consejo Directivo Nº 082-2018-SUNEDU/ CD, conforme a lo indicado en el Anexo Nº 01 de la presente resolución.

Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad de Piura, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente.

Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la Sunedu (www. sunedu.gob.pe) y en el Diario Oficial "El Peruano".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO
Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU
ANEXO Nº 01
CAMBIO DE DENOMINACIÓN DE PROGRAMA
DE ESTUDIO Y DENOMINACIÓN DEL GRADO
ACADÉMICO DE PROGRAMAS

DENOMINACIÓN DE PROGRAMA
ACTUAL APROBADA
2
MAESTRÍA EN DERECHO
ADMINISTRATIVO Y
REGULATORIO
MAESTRÍA EN DERECHO
ADMINISTRATIVO Y
REGULACIÓN DEL MERCADO
AUTORIZACIÓN DE PROGRAMAS ACADÉMICOS
NUEVOS CONDUCENTES A GRADO ACADÉMICO DE
MAESTRO Y TÍTULO

DENOMINACIÓN DEL
PROGRAMA
DENOMINACIÓN
DEL GRADO
ACADÉMICO
DENOMINACIÓN DEL
TÍTULO QUE OTORGA
3
MAESTRÍA EN
GESTIÓN PÚBLICA
MAESTRO
MAESTRO EN GESTIÓN
PÚBLICA
7
MAESTRÍA EN
INTEGRIDAD
ESTRUCTURAL
MAESTRO EN
INTEGRIDAD
ESTRUCTURAL
8
MAESTRÍA EN
ESTRATEGIAS
CONTEMPORÁNEAS
DE ARQUITECTURA
MAESTRO EN
ESTRATEGIAS
CONTEMPORÁNEAS DE
ARQUITECTURA

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RCD 118-2018-SUNEDU/CD Rectifican errores materiales en anexo de la Res. Nº 082-2018-SUNEDU/CD mediante la cual se aprobó la modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad de Piura
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO
  • Numero : 118-2018-SUNEDU/CD
  • Emitida por : Superintendencia del Mercado de Valores - Organismos Tecnicos Especializados
  • Fecha de emision : 2018-09-20
  • Fecha de aplicacion : 2018-09-21

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