10/02/2018

Transferencia Financiera Favor Contraloría RPE 107-2018-DV-PE Comision Nacional para el Desarrollo

Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República RPE 107-2018-DV-PE Lima, 1 de octubre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 000094-2018-DV-OGA de la Oficina General de Administración y el Informe
Organismos Ejecutores, Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas
Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
RPE 107-2018-DV-PE
Lima, 1 de octubre de 2018
VISTOS:

El Informe Nº 000094-2018-DV-OGA de la Oficina General de Administración y el Informe Nº 000024-2018-DV -OPP-UPTO de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y;

CONSIDERANDO:



Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 157-2017-DV-PE de fecha 27 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 012:

Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica el diario oficial El Peruano;



Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, mediante Resolución de Contraloría Nº 432-2018-CG de fecha 23 de agosto de 2018, aprobó el Tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, en tal sentido, con el Oficio Nº 00338-2018-CG/VCSC recibido el 19 de setiembre de 2018, la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA
deberá transferir un importe de S/ 171,875.00 (Ciento setenta y un mil ochocientos setenta y cinco con 00/100
Soles) por período auditado, correspondiendo la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100
Soles) para el periodo auditado 2018 y su respectiva previsión por el monto de S/ 81,779.23 (Ochenta y un mil setecientos setenta y nueve con 23/100 Soles) para el año 2019, y para el periodo auditado 2019 la previsión presupuestal por el importe de S/ 171,875.00 (Ciento setenta y un mil ochocientos setenta y cinco con 00/100
Soles);

Que, la Oficina General de Administración mediante Informe Nº 000094-2018-DV-OGA sustenta y solicita la realización de una transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100
Soles) que comprende al 50% de retribución económica y al 6% de derecho designación y supervisión, por el periodo auditado 2018, con el fin que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la : Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA;

Que, a través del Informe Nº 000024-2018-DV-OPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -
DEVIDA, se cuenta con recursos disponibles para financiar la transferencia financiera a que se refieren los considerandos precedentes; asimismo, recomienda realizar la transferencia financiera a favor del Pliego 019:

Contraloría General por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles), en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, que modifica, entre otros, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;

Con los visados de la Gerencia General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administración y de la Oficina de Asesoría Jurídica De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; el Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; y la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia financiera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, hasta por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100
Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- La transferencia financiera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios -
RO, Meta 0041, Actividad 01 -OGA -Gestión Operativa de la Oficina General de Administración, específica de gasto 2.4.1.3.1.1 "Otras unidades del Gobierno Nacional"
por la suma de S/ 90,095.77 (Noventa mil noventa y cinco con 77/100 Soles).

Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- La Oficina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera.

Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan.

Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y ENCARGAR
al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, (www.devida.gob.pe), Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

RUBÉN VARGAS CÉSPEDES
Presidente Ejecutivo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RPE 107-2018-DV-PE Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
  • Numero : 107-2018-DV-PE
  • Emitida por : Comision Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-10-02
  • Fecha de aplicacion : 2018-10-03

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