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Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 227-2018-EF Economia y Finanzas
10/06/2018
Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 227-2018-EF Economia y Finanzas
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales DS 227-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación; Que, el párrafo 26.1
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales
DS 227-2018-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010:
Ministerio de Educación;
Que, el párrafo 26.1 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, autoriza al Ministerio de Educación, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de
S/ 1 600 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS MILLONES Y
00/100 SOLES) para financiar, entre otros, lo dispuesto en el literal a) referido al pago de las asignaciones temporales y el pago de la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944; en el literal b) el financiamiento del pago de encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944; en el literal c) el pago de la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM); en el literal d) referido al pago de los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley Nº 30328; en el literal
TAMBIEN PUEDES VER: Ley 30855 Declara Necesidad Pública Proyecto Acarí bella Congreso
e) referido al pago de los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493; y en el literal h) referido al financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº 29944;
Que, asimismo, el párrafo 26.5 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, establece que en las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación, a solicitud de este último;
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Que, el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, las mismas que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;
Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 579, 707 y 749-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP ha sustentado la transferencia solicitada y ha verificado que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1:
Recursos Ordinarios, en los Programas Presupuestales 0090: Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular y 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva, y en la categoría presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, se cuenta con recursos disponibles para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley Nº 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº 29944; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 3905-2018-MINEDU/SG, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos;
Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Educación y la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de
S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS NUEVE MILLONES
SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS UNO Y
00/100 SOLES) para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley Nº 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº 29944;
Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS NUEVE MILLONES
SETECIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS UNO
Y 00/100 SOLES), para financiar lo señalado en el considerando precedente;
De conformidad con lo establecido en los párrafos 26.1 y 26.5 del artículo 26 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018
y el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 709 770 201,00 (SETECIENTOS
NUEVE MILLONES SETECIENTOS SETENTA MIL
DOSCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES) del pliego 010:
Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley Nº 30328, los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493 y el financiamiento de las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b) y c) del artículo 12 de la Ley Nº 29944, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 535 890 522,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal Contratado Oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 362 023,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000668 Desarrollo de la Educación Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 165 597 036,00
ACTIVIDAD 5002348 : Transferencia a otros organismos públicos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 920 620,00
————————
TOTAL EGRESOS 709 770 201,00
============
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación oportuna y pago del personal docente y promotoras de las instituciones educativas de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 641 528 822,00
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal Contratado Oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 686 644,00
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0107 : Mejora de la formación en carreras docentes en Institutos de Educación Superior No Universitaria PRODUCTO 3000546 : Instituciones de Educación Superior Pedagógica con Condiciones Básicas para el Funcionamiento ACTIVIDAD 5005906 : Contratación oportuna y pago del personal docente FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 848 079,00
ACCIONES CENTRALES
ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 12 171 908,00
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 12 391 837,00
ACTIVIDAD 5000668 : Desarrollo de la Educación Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 24 842 217,00
ACTIVIDAD 5000671 : Desarrollo de la Formación de Artistas FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 4 273 820,00
ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo de Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 6 863 140,00
ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo de Ciclo Intermedio de la Educación Básica Alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 163 734,00
———————- TOTAL EGRESOS 709 770 201,00
============
1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por pliego, se detallan en el Anexo 01 "Transferencia para financiar la diferencia de jornada de los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, las encargaturas para los profesores que temporalmente asuman cargos de responsabilidad previstos en las áreas de desempeño laboral establecidas en el artículo 12 de la Ley Nº 29944, la asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el VRAEM, los beneficios correspondientes de los profesores contratados, en el marco de la Ley Nº 30328 y los beneficios de los auxiliares de educación nombrados y contratados en el marco de la Ley Nº 30493" y el Anexo 02 "Transferencia para financiar las plazas creadas y validadas en el presente año fiscal para el desempeño laboral establecidas en los literales a), b)
y c) del artículo 12 de la Ley Nº 29944" que forman parte integrante del Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos, habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.
Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas
DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: DS 227-2018-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales
- Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
- Numero : 227-2018-EF
- Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2018-10-06
- Fecha de aplicacion : 2018-10-07
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