12/06/2018

Lista Bienes Servicios Cuya Adquisición Otorgará RM 484-2018-MEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Placer Dome del Perú S.A.C. durante la fase de exploración de los proyectos mineros "Esperanza" y "La Capilla" RM 484-2018-MEM/DM Lima, 4 de diciembre de 2018 VISTOS: El Informe Nº 219-2018-MEM-DGM-DGES de la Dirección de Gestión Minera de la Dirección General de Minería y el Informe Nº 1174-2018-MEM/OGAJ
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Placer Dome del Perú S.A.C. durante la fase de exploración de los proyectos mineros "Esperanza" y "La Capilla"
RM 484-2018-MEM/DM
Lima, 4 de diciembre de 2018
VISTOS: El Informe Nº 219-2018-MEM-DGM-DGES de la Dirección de Gestión Minera de la Dirección General de Minería y el Informe Nº 1174-2018-MEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, establece que los titulares de concesiones mineras a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, tendrán derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal que les sean trasladados o que paguen para la ejecución de sus actividades durante la fase de exploración; y, para efecto de acogerse a lo dispuesto en dicha Ley, los titulares de concesiones mineras deberán cumplir con celebrar un Contrato de Inversión en Exploración con el Estado, el cual será suscrito por la Dirección General de Minería;


Que, el artículo 2 de la referida Ley establece que la devolución dispuesta en su artículo 1, comprende el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promoción Municipal correspondiente a todas las importaciones o adquisiciones de bienes, prestación o utilización de servicios y contratos de construcción que se utilicen directamente en la ejecución de actividades de exploración de recursos minerales en el país;

Que, el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley Nº 27623, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF, dispone que los bienes y servicios que otorgarán el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal deben estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas;

y, el detalle de la lista de bienes y servicios que apruebe dicha Resolución Ministerial será incluido en el contrato respectivo;

Que, por Decreto Supremo Nº 150-2002-EF se aprueba la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27623, sus normas modificatorias y reglamentarias;

Que, mediante escrito con registro Nº 2849397, del 06 de setiembre de 2018, PLACER DOME DEL PERU S.A.C.
solicita al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un Contrato de Inversión en Exploración, al amparo de la Ley Nº 27623, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal durante la fase de exploración de los proyectos mineros "Esperanza" y "La Capilla", conforme al Arancel de Aduanas 2017, aprobado por Decreto Supremo Nº 342-2016-EF;

Que, mediante el Oficio Nº 102-2018-EF/15.01, del 10 de octubre de 2018, el Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 324-2018-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas complementado con el Oficio Nº 275-2018-EF/61.01, del 06 de noviembre de 2018, a través del cual señala que la lista de bienes y servicios presentada por la empresa PLACER DOME DEL PERU S.A.C., para efecto de acogerse a lo dispuesto por la Ley Nº 27623
está comprendida en la lista general aprobada por el Decreto Supremo Nº 150-2002-EF, por lo que no presenta observaciones a la lista propuesta;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración;
el Reglamento de la Ley Nº 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2002-EF; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM
y sus modificatorias;

SE RESUELVE:



Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de PLACER DOME DEL PERU S.A.C.
durante la fase de exploración de los proyectos mineros "Esperanza" y "La Capilla", de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FRANCISCO ISMODES MEZZANO
Ministro de Energía y Minas
ANEXO
LISTA DE BIENES Y SERVICIOS QUE TIENEN DERECHO A LA
DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM
PLACER DOME DEL PERU S.A.C.

I. BIENES

SUBPARTIDA
NACIONAL
2017
DESCRIPCION
1 2508.10.00.00 BENTONITA
2 3824.99.60.00
PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE
POZOS ("LODOS")
3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA
4 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METÁLICA DE PROTECCIÓN
5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD
6 7228.80.00.00
BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN, DE ACEROS ALEADOS
O SIN ALEAR
7 7304.22.00.00
TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE, DE LOS
TIPOS UTILIZADOS PARA LA EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO O
GAS
8 7304.23.00.00
LOS DEMÁS TUBOS DE PERFORACIÓN, DE LOS TIPOS
UTILIZADOS PARA LA EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO O GAS
9 8207.13.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET
10 8207.19.10.00 TREPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET
11 8207.19.21.00 BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET

SUBPARTIDA
NACIONAL
2017
DESCRIPCION
12 8207.19.29.00 LAS DEMÁS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS
13 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES
14 8207.19.80.00
LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORACIÓN
Y SONDEO
15 8207.90.00.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES
16 8430.41.00.00
LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN
AUTOPROPULSADAS
17 8430.49.00.00
LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO Y PERFORACIÓN
EXCEPTO AUTOPROPULSADAS
18 8431.43.10.00
BALANCINES DE MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN DE
LAS SUBPARTIDAS 8430.41 o 8430.49
19 8431.43.90.00
LAS DEMÁS PARTES, EXCEPTO BALANCINES, DE MÁQUINAS
DE SONDEO O PERFORACIÓN DE LAS SUBPARTIDAS 8430.41
o 8430.49
20 8517.69.20.00
APARATOS EMISORES O RECEPTORES, DE RADIOTELEFONÍA
O RADIOTELEGRAFÍA
21 8523.41.00.00 SOPORTES ÓPTICOS SIN GRABAR
22 8523.49.90.00 LOS DEMÁS SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS
23 8704.21.10.10
CAMIONETAS PICK-UP ENSAMBLADAS DE PESO TOTAL CON
CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T. (DIESEL O
SEMIDIESEL)
24 8705.20.00.00 CAMIONES AUTOMÓVILES PARA SONDEO O PERFORACIÓN
25 9006.30.00.00
CÁMARAS ESPECIPARA FOTOGRAFÍA SUBMARINA O
AÉREA, EXAMEN MÉDICO DE ÓRGANOS INTERNOS O PARA
LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACIÓN
JUDICIAL
26 9011.10.00.00 MICROSCOPIOS ESTEREOSCOPICOS
27 9011.20.00.00
LOS DEMÁS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFÍA,
CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓN
28 9012.10.00.00 MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS ÓPTICOS; DIFRACTÓGRAFOS
29 9014.20.00.00
INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACIÓN AÉREA O
ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRÚJULAS)
30 9014.80.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓN
31 9015.10.00.00 TELÉMETROS
32 9015.20.10.00 TEODOLITOS
33 9015.20.20.00 TAQUÍMETROS
34 9015.30.00.00 NIVELES
35 9015.40.10.00
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA,
ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS
36 9015.40.90.00
LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE
FOTOGRAMETRÍA EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS
37 9015.80.10.00
LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELÉCTRICOS O
ELECTRÓNICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRÍA
38 9015.80.90.00
LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO
ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS
39 9015.90.00.00
PARTES Y ACCESORIOS DE LOS INSTRUMENTOS Y APARATOS
DE GEODESIA, TOPOGRAFÍA, AGRIMENSURA, NIVELACIÓN,
FOTOGRAMETRÍA, HIDROGRAFÍA, OCEANOGRAFÍA,
HIDROLOGÍA, METEOROLOGÍA O GEOFÍSICA, EXCEPTO LAS
BRUJULAS; TELÉMETROS.

40 9020.00.00.00
LOS DEMÁS APARATOS RESPIRATORIOS Y MÁSCARAS
ANTIGÁS, EXCEPTO LAS MÁSCARAS DE PROTECCIÓN SIN
MECANISMO NI ELEMENTO FILTRANTE AMOVIBLE
41 9027.30.00.00
ESPECTRÓMETROS, ESPECTROFOTÓMETROS Y
ESPECTRÓGRAFOS QUE UTILICEN RADIACIONES ÓPTICAS (UV, visibles, IR)
42 9030.39.00.00
LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA MEDIDA
O CONTROL DE TENSIÓN, INTENSIDAD, RESISTENCIA O
POTENCIA, SIN DISPOSITIVO REGISTRADOR
43 9620.00.00.99
LOS DEMÁS MONOPIES, BÍPODES, TRÍPODES Y ARTÍCULOS
SIMILARES, EXCEPTO PARA CAMARAS FOTOGRÁFICAS
II. SERVICIOS
a) Servicios de Operaciones de Exploración Minera:
• Topográficos y geodésicos.
• Geológicos y geotécnicos (incluye petrográficos, mineragráficos, hidrológicos, restitución fotogramétrica, fotografías aéreas, mecánica de rocas).
• Servicios geofísicos y geoquímicos (incluye ensayes).
• Servicios de perforación diamantina y de circulación reversa (roto percusiva).
• Servicios aerotopográficos.
• Servicios de interpretación multiespectral de imágenes ya sean satelitales o equipos aerotransportados.
• Ensayes de laboratorio (análisis de minerales, suelos, agua, etc).
b) Otros Servicios Vinculados a las Actividades de Exploración Minera:
• Servicio de alojamiento y alimentación del personal operativo del Titular del Proyecto.
• Servicio de asesoría, consultoría, estudios técnicos especiales y auditorias destinados a las actividades de exploración minera.
• Servicios de diseño, construcción, montaje industrial, eléctrico y mecánico, armado y desarmado de maquinarias y equipo necesario para las actividades de la exploración minera.
• Servicios de inspección, mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo utilizado en las actividades de exploración minera.
• Alquiler o arrendamiento financiero de maquinaria, vehículos y equipos necesarios para las actividades de exploración.
• Transporte de personal, maquinaria, equipo, materiales y suministros necesarios para las actividades de exploración y la construcción de campamentos.
• Servicios médicos y hospitalarios.
• Servicios relacionados con la protección ambiental.
• Servicios de sistemas e informática.
• Servicios de comunicaciones, incluyen comunicación radial, telefonía satelital.
• Servicios de seguridad industrial y contraincendios.
• Servicios de seguridad y vigilancia de instalaciones y personal operativo.
• Servicios de seguros.
• Servicios de rescate, auxilio.

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 484-2018-MEM/DM Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición otorgará derecho a la devolución del IGV e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Placer Dome del Perú S.A.C. durante la fase de exploración de los proyectos mineros "Esperanza" y "La Capilla"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 484-2018-MEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2018-12-06
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-07

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