12/06/2018

Tarifario Procedimientos Servicios Intermedios RJ 230-2018/SIS Seguro Integral de Salud

Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud Modifican el "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios", aprobado como Anexo 2 de la R.J. Nº 015-2018/SIS RJ 230-2018/SIS Lima, 5 de diciembre de 2018 VISTOS: El Oficio Nº 2958-2018-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, el Informe Nº 014-2018-SIS/GREP-SGIS/LGO con Proveído Nº 392-2018-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y
Organismos Ejecutores, Seguro Integral de Salud
Modifican el "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios", aprobado como Anexo 2 de la R.J. Nº 015-2018/SIS
RJ 230-2018/SIS
Lima, 5 de diciembre de 2018
VISTOS: El Oficio Nº 2958-2018-DGIESP/MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud, el Informe Nº 014-2018-SIS/GREP-SGIS/LGO con Proveído Nº 392-2018-SIS/GREP de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, el Informe Conjunto Nº 009-2018-SIS/ GNF-SGF/NLP-ARC con Proveído Nº 775-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe Nº 015-2018-SIS/OGPPDO-UCTI-CESF con Proveído Nº 259-2018-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 604-2018-SIS/OGAJ/DE con Proveído Nº 904-2018-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:



Que, el Seguro Integral de Salud-SIS es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituyéndose en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;


Que, el literal a) del artículo 11 del Reglamento de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece como una de las funciones de la IAFAS, brindar servicios de cobertura en salud a sus afiliados en el marco del proceso de Aseguramiento Universal en Salud;

Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, que autoriza al Seguro Integral de Salud la sustitución del Listado Priorizado de Intervenciones Sanitarias-LIPIS por el Plan Esencial de Aseguramiento Universal en Salud-PEAS, dispone que el SIS en su calidad de IAFAS establece un sistema de tarifas y mecanismos de pago en el marco de los convenios de común acuerdo suscrito con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS o de las normas legales vigentes;


Que, la Única Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1163, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA, otorga al SIS
facultades para aprobar las disposiciones administrativas relacionadas a los procesos de afiliación, financiamiento, control de riesgos, control prestacional, control financiero, facturación, tarifas, mecanismos, modalidades de pago y desarrollo de planes complementarios, en el marco de la normatividad vigente;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 015-2018/SIS de fecha 29 de enero de 2018, modificada por Resolución Jefatural Nº 216-2018/SIS de fecha 05 de noviembre de 2018, se aprueba el Tarifario de procedimientos de Servicios Intermedios del SIS;

Que, mediante Oficios Nº 1138-2018-DGIESP/ MINSA y 2958-2018-DGIESP/MINSA, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Ministerio de Salud solicitó al Seguro Integral de Salud - SIS la actualización del tarifario relacionado al Tamizaje Neonatal, en virtud a los acuerdos en reuniones de trabajo sostenidas con la Gerencia de Riesgo y Evaluación de las Prestaciones y la Gerencia de Negocios y Financiamiento del SIS, y los centros de procesamiento nacional del Tamizaje Neonatal (Instituto Nacional Materno Perinatal y Hospital Nacional Docente Madre-Niño "San Bartolomé"), a fin de implementar gradualmente la detección de anomalías o enfermedades en los recién nacidos del país;

Que, con Informe Nº 014-2018-SIS/GREP-SGIS/ LGO, de fecha 23 de octubre de 2018, la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, en su calidad de órgano de línea del SIS, a cargo de estudiar y proponer los parámetros cualitativos y cuantitativos de los productos y servicios en salud, analizó la composición cualicuantitativa de la propuesta de estructura de costos para el procedimiento de Tamizaje Neonatal propuesto por DGIESP, recomendando que la GNF continúe con el análisis de la estructura de costos y la tarificación de los
CPT;

Que, con Informe Conjunto Nº 009-2018-SIS/GNF-SGF/NLP-ARC, de fecha 12 de noviembre de 2018, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en su calidad de órgano de línea del SIS, a cargo de planear, organizar, dirigir y controlar la gestión financiera de los diferentes seguros que brinde el SIS, precisó que los nuevos procedimientos propuestos no implicarían
gastos adicionales al marco presupuestal del SIS; por tanto, recomienda se proceda con la incorporación y actualización propuesta, al tarifario de procedimientos de servicios intermedios aprobados mediante la Resolución Jefatural Nº 015-2018/SIS, modificada por la Resolución Jefatural Nº 216-2018/SIS;

Que, a través del Informe Nº 015-2018-SIS/ OGPPDO-UCTI-CESF, de fecha 27 de noviembre de 2018, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión técnica favorable para la incorporación y actualización de las tarifas en el "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios" del SIS, aprobado por Resolución Jefatural Nº 015-2018/SIS, modificada por la Resolución Jefatural
Nº 216-2018/SIS;

Que, mediante Informe Nº 604-2018-SIS/OGAJ/ DE con Proveído Nº 904-2018-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que en base a las opiniones técnicas favorables esgrimidas por la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, la Gerencia de Negocios y Financiamiento y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente;

Que, de conformidad con los numerales 11.2 y 11.8 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, corresponde al Jefe del SIS, aprobar las normas, directivas y procedimientos que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales y en ese sentido expedir las resoluciones jefaturales para tal efecto;

Con el visto de la Gerente de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Directora General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General;

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la incorporación de la tarifa bajo la denominación "Colección de sangre capilar (p. ej. dedo, talón u oreja)" signada bajo el Código CPT Nº 36416 en el documento denominado "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios", aprobado como Anexo 2 de la Resolución Jefatural Nº 015-2018/SIS" y modificado con Resolución Jefatural Nº 216-2018/SIS, conforme a los términos descritos en el documento consolidado que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 2.- Aprobar la modificación del monto de la tarifa denominada "Tamizaje Neonatal (Hipotiroidismo congénito, Hiperplasia suprarrenal, Fenilcetonuria, Fibrosis quística)"
signada bajo el Código CPT Nº 80099 en el documento denominado "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios", aprobado como Anexo 2 de la Resolución Jefatural Nº 015-2018/SIS" y modificado con Resolución Jefatural Nº 216-2018/SIS, conforme a los términos descritos en el documento consolidado que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, en coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información, la implementación y ejecución de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Jefatural.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DORIS MARCELA LITUMA AGUIRRE
Jefa del Seguro Integral de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RJ 230-2018/SIS Modifican el "Tarifario de Procedimientos de Servicios Intermedios", aprobado como Anexo 2 de la R.J. Nº 015-2018/SIS
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
  • Numero : 230-2018/SIS
  • Emitida por : Seguro Integral de Salud - Organismos Ejecutores
  • Fecha de emision : 2018-12-06
  • Fecha de aplicacion : 2018-12-07

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