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Comité Seguimiento Inversiones Sector Justicia RM 0054-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos
2/07/2019
Comité Seguimiento Inversiones Sector Justicia RM 0054-2019-JUS Justicia y Derechos Humanos
Poder Ejecutivo, Justicia y Derechos Humanos Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos RM 0054-2019-JUS Lima, 5 de febrero de 2019 VISTOS, el Informe Nº 17-2019-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Oficio Nº 227-2019-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 126-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica,
Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos
RM 0054-2019-JUS
Lima, 5 de febrero de 2019
VISTOS, el Informe Nº 17-2019-JUS/OGPM-OPMI, de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, el Oficio Nº 227-2019-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 126-2019-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al artículo 6 de La Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, es una de sus funciones, supervisar las acciones que en materia de inversión público - privada se realicen en el ámbito del Sector, en coordinación con la autoridad competente;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0221-2018-JUS de fecha 18 de mayo de 2018, se creó la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos, con el objeto de propiciar el cumplimiento eficiente de la ejecución de las inversiones;
Que, con Decreto Legislativo Nº 1432 se modificó el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y con Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, se aprobó su Reglamento. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 242-2018-EF, se aprobó el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252;
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Que, con fecha 23 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, cuyo numeral 45.2 del artículo 45 señala que: "(...) el OR del Sector, GR y GL conforma un comité de seguimiento de inversiones encargado de efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones de la entidad. Este comité está conformado por las UEI y otros órganos o dependencias de cada entidad a fin de que brinden la información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones con una periodicidad mensual.
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La OPMI consolida la información para el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones y se encarga de brindar la asistencia técnica al referido comité. La OPMI
debe registrar los acuerdos, plazos y responsables en el Sistema de Seguimiento de Inversiones."
Que, mediante Informe Nº 17-2019-JUS/OGPM-OPMI de fecha 28 de enero de 2019, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, propone la adecuación de la denominación de la Comisión creada con Resolución Ministerial Nº 0221-2018-JUS y la actualización de sus funciones;
Que, con Oficio Nº 227-2019-JUS/OGPM de fecha 29 de enero de 2019, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, remite el Informe Nº 17-2019-JUS/OGPM-OPMI emitido por la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, con la propuesta de adecuación correspondiente;
Que, el artículo 29 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, define a los Comités como un tipo de órgano colegiado, sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para tomar decisiones sobre materias específicas, actuando sus miembros en representación del órgano o entidad a la cual representan y sus decisiones tienen efectos vinculantes para éstos, así como para terceros, de ser el caso. Asimismo, se establece que los comités se disuelven automáticamente cumplido su objeto y periodo de vigencia, de ser el caso;
Que, de acuerdo al numeral 5.3 del artículo 5 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, el Ministro es el órgano resolutivo del Sector;
Que, atendiendo a lo expuesto en la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01, corresponde dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0221-2018-JUS, y disponer la conformación del Comité de Seguimiento de Inversiones;
Con el visado de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 242-2018-EF; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0221-2018-JUS de fecha 18 de mayo de 2018, que creó la Comisión de Seguimiento de la Ejecución de las Inversiones de los Pliegos Presupuestarios del Sector Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 2.- Conformación.- 2.1 Conformar el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos, de naturaleza temporal, encargado de realizar el seguimiento
de la cartera priorizada de inversiones de la Entidad, el cual estará integrado por los siguientes miembros:
- El Secretario (a) General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, quien lo presidirá.
- El (la) Jefe (a) de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
- El (la) Responsable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Sector Justicia y Derechos Humamos, quien actuará como Secretario (a)
Técnico (a).
- Los responsables o representantes de las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos.
- Los (las) Jefes (as) de las Oficina de Planificación y Presupuesto, o quienes hagan sus veces, de los Pliegos Presupuestales INPE y SUNARP.
2.2 La participación de los representantes designados en el Comité es ad honorem y el cumplimiento de sus funciones no demanda recursos adicionales al T esoro Público.
2.3 El Comité sesionará como mínimo una vez al mes.
Artículo 3.- Funciones.- El referido Comité tiene como funciones las siguientes:
3.1 Efectuar el seguimiento de la cartera priorizada de inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos y de otras inversiones que el Comité considere pertinentes.
3.2 Emitir recomendaciones y propuestas de medidas correctivas sobre los avances de la ejecución física y financiera de los proyectos de inversión y otras inversiones previstas en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) del Sector, para los pliegos presupuestarios, de ser el caso.
3.3 Establecer acuerdos, plazos y responsables para el cumplimiento de la programación de inversiones, los cuales deberán ser registrados por la OPMI en el Sistema de Seguimiento de Inversiones.
3.4 Brindar información sobre el avance de la ejecución de las referidas inversiones, con periodicidad mensual, la cual será remitida a los titulares de los pliegos del Sector y a los Secretarios Generales.
3.5 Otras funciones que sean necesarias desarrollar para cumplir con el encargo o le correspondan de acuerdo a la normativa aplicable.
Artículo 4.- Plazo de instalación del Comité El Comité deberá instalarse en un plazo no mayor a siete (07) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 5.- Plan de Trabajo El Comité aprueba su Plan de Trabajo, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 6.- Notificación Notifíquese la presente Resolución Ministerial a los miembros del Comité citados en el numeral 2.1 del artículo 2 de la presente Resolución, para su conocimiento y fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0054-2019-JUS Conforman el Comité de Seguimiento de Inversiones del Sector Justicia y Derechos Humanos
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0054-2019-JUS
- Emitida por : Justicia y Derechos Humanos - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-02-07
- Fecha de aplicacion : 2019-02-08
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