3/04/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 065-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU DS 065-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30075, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, es un organismo público técnico especializado
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
DS 065-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30075, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, con el Informe Nº 40-2019-MINCETUR/SG/OGPPD, sustenta una demanda adicional de recursos a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, hasta por la suma de S/ 33
000 000,00 (TREINTA Y TRES MILLONES Y 00/100
SOLES), para financiar las actividades que permitan contar con el diseño y la construcción del Pabellón Perú, para la participación del país en el evento "Expo Dubái 2020", a desarrollarse en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos; precisando que los recursos antes mencionados, no han sido previstos en el presupuesto institucional del citado pliego en este año fiscal; en virtud de lo cual, con el Oficio Nº 59-2019-MINCETUR/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida demanda adicional de recursos;


Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;


Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 33 000 000,00 (TREINTA Y TRES
MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Comisión de Promoción para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, para financiar las actividades que permitan contar con el diseño y la construcción del Pabellón Perú, que permita la participación del país en el evento "Expo Dubái 2020"; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fiscal del referido pliego y no cuentan con saldos presupuestarios para su atención;

De conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 33 000 000,00 (TREINTA
Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Comisión de Promoción para la Exportación y el Turismo - PROMPERU, para financiar las actividades que permitan contar con el diseño y la construcción del Pabellón Perú, para la participación del país en el evento "Expo Dubái 2020", con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.0 Reserva de Contingencia 33 000 000,00
-------------------- TOTAL 33 000 000,00
===========
A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 008 : Comisión de Promoción para la Exportación y el Turismo -
PROMPERU
UNIDAD EJECUTORA 001 : Comisión de Promoción para la Exportación y el Turismo -
PROMPERU
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000709 : Desarrollo y Promoción de la Imagen Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 33 000 000,00
-------------------- TOTAL 33 000 000,00
===========
Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de marzo del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 065-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del pliego Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERU
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 065-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-03-04
  • Fecha de aplicacion : 2019-03-05

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