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Ampliación Permanencia Exterior Personal Policía RM 525-2019-IN Interior
4/11/2019
Ampliación Permanencia Exterior Personal Policía RM 525-2019-IN Interior
Poder Ejecutivo, Interior Autorizan ampliación de permanencia en el exterior de personal de la Policía Nacional del Perú a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), en misión de estudios RM 525-2019-IN Lima, 9 de abril de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 315-2019-SCG PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 000826-2019/IN/OGAJ
Autorizan ampliación de permanencia en el exterior de personal de la Policía Nacional del Perú a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), en misión de estudios
RM 525-2019-IN
Lima, 9 de abril de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 315-2019-SCG PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe Nº 000826-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 386-2019-IN de fecha 12 de marzo de 2019, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Lidia Oroncoy Piuca, del 16 de marzo al 21 de julio de 2019, a los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Canadá y República de Panamá a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P . "UNIÓN" (BEV-161), a fin que participe del Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX-"Costa Oeste de América";
Que, mediante Oficio G.1000-1331 de fecha 13 de marzo de 2019, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica que por motivos operacionales se han efectuado cambios en el itinerario del Viaje de Instrucción al Extranjero VIEX-"Costa Oeste de América", el mismo que se realizará del 16 de marzo al 27 de julio de 2019; en ese sentido, se solicita la permanencia del personal policial antes mencionado, hasta el 27 de julio de 2019;
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Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 77-2019-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 22 de marzo de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que amplíe la fecha del viaje al exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Lidia Oroncoy Piuca, del 22 al 27 de julio de 2019, a los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Canadá y República de Panamá a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), para que participe en el viaje de instrucción antes citado, ello en consideración a lo expuesto por la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, a través del Oficio G.1000-1331;
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Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el viaje de instrucción indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la ampliación del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por conceptos alojamiento y alimentación a bordo del buque, están siendo asumidos por la Marina de Guerra del Perú, conforme lo precisa el Oficio Nº G.1000-0114 de fecha 25 de enero de 2019, mientras que los gastos por concepto de compensación extraordinaria son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, correspondiendo una ampliación de los mismos, conforme lo precisa el Oficio
Nº 1033-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEP.
PRE de fecha 16 de marzo de 2019, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú;
Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)";
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (...)";
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)";
Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobada por Ley Nº 30879, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...)
La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)";
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)";
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento";
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)";
Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante
el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, de la Alférez de la Policía Nacional del Perú Lidia Oroncoy Piuca, del 22 al 27 de julio de 2019, a los Estados Unidos Mexicanos, Estados Unidos de América, Canadá y República de Panamá a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P.
"UNIÓN" (BEV-161), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- La ampliación de los gastos por concepto de compensación extraordinaria que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe
US$
Días Personas Total
US$
Compensación extraordinaria 71.66 X 6 X 1 = 429.96
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuya ampliación de permanencia en el exterior se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15)
días calendario siguientes a la realización del viaje, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria asignada.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 525-2019-IN Autorizan ampliación de permanencia en el exterior de personal de la Policía Nacional del Perú a bordo del Buque Escuela a Vela B.A.P. "UNIÓN" (BEV-161), en misión de estudios
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 525-2019-IN
- Emitida por : Interior - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-04-11
- Fecha de aplicacion : 2019-04-12
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