5/21/2019

Rm 031 2017 mincetur Aprobó Ihi Perú Sac Como 177-2019-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo

Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Modifican la R.M. Nº 031-2017-MINCETUR, que aprobó a IHI Perú S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel IHI San Isidro" RM 177-2019-MINCETUR Lima, 20 de mayo de 2019 Visto, el Oficio Nº 420-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN,
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo
Modifican la R.M. Nº 031-2017-MINCETUR, que aprobó a IHI Perú S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel IHI San Isidro"
RM 177-2019-MINCETUR
Lima, 20 de mayo de 2019
Visto, el Oficio Nº 420-2019/PROINVERSIÓN/DSI de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, y el Memorándum Nº 523-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:



Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector competente se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada proyecto;

Que, el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973 que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, dispone que una vez suscrita la Adenda del Contrato de Inversión por el Sector correspondiente y PROINVERSIÓN, el Sector emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, bajo responsabilidad, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles;


Que, con fecha 20 de diciembre de 2016, la empresa IHI
PERU S.A.C., celebró en calidad de Inversionista, un Contrato de Inversión con el Estado por el proyecto denominado "HOTEL IHI SAN ISIDRO", para efecto de acogerse a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la referida norma legal;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2017- MINCETUR, de fecha 26 de enero de 2017 se aprobó a la empresa IHI PERU S.A.C., como empresa calificada para la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas establecido en el Decreto Legislativo citado y se aprobó la "Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción";


Que, la empresa IHI PERU S.A.C., presentó una solicitud de suscripción de una adenda de modificación del Contrato de Inversión antes señalado, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, a efecto de modificar el plazo de ejecución de la inversión; aspectos que han sido materia de evaluación a través del Informe Nº 26-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT-CSZ y el Informe Legal Nº 021-2019-MINCETUR/VMT/DGET/DPDT- LFBC de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, en los cuales respectivamente, se expresa la opinión técnica y legal favorable, en relación a la modificación del plazo de inversión del proyecto;

Que, el plazo de ejecución del proyecto denominado "HOTEL IHI SAN ISIDRO", establecido en el contrato de inversión, se amplía de dos (02) años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días, a tres (03) años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días, contados desde el 04 de julio de 2016
fecha de la presentación de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión;

Que, con fecha 13 de mayo de 2019, se suscribió la adenda de modificación del Contrato de Inversión celebrado entre la empresa IHI PERU S.A.C., y el Estado, por lo que corresponde emitir la Resolución Ministerial respectiva;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial
de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2007-EF, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2002-MINCETUR;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº031-2017-MINCETUR, el cual quedará redactado de acuerdo al siguiente texto:
"Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa IHI PERU
S.A.C., asciende a la suma de US$ 10 355,643.00 (Diez Millones Trescientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Cuarenta y Tres y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ejecutarse en un plazo total de tres (03)
años, cinco (05) meses y veintisiete (27) días, contado a partir del 04 de julio de 2016, fecha de solicitud de suscripción del Contrato de Inversión antes mencionado".

Artículo 2.- Reemplazar el Anexo I del Contrato antes mencionado por el Anexo I adjunto a la Adenda citada en los considerandos de la presente Resolución.

Artículo 3.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Ministerial Nº 031-2017-MINCETUR.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDGAR M. VASQUEZ VELA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 177-2019-MINCETUR Modifican la R.M. Nº 031-2017-MINCETUR, que aprobó a IHI Perú S.A.C. como empresa calificada para acogerse al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV por el desarrollo del proyecto denominado "Hotel IHI San Isidro"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 177-2019-MINCETUR
  • Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-05-21
  • Fecha de aplicacion : 2019-05-22

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