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Transferencia Financiera Favor Instituto Mar Perú RM 253-2019-PRODUCE Produce
6/08/2019
Transferencia Financiera Favor Instituto Mar Perú RM 253-2019-PRODUCE Produce
Poder Ejecutivo, Produce Aprueban Transferencia Financiera a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, destinada a financiar estudios de preinversión, expediente técnico y estudios ambientales RM 253-2019-PRODUCE Lima, 7 de junio de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 048-2019-IMARPE/DEC del Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú, el Memorando Nº 579-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe
Aprueban Transferencia Financiera a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, destinada a financiar estudios de preinversión, expediente técnico y estudios ambientales
RM 253-2019-PRODUCE
Lima, 7 de junio de 2019
VISTOS: El Oficio Nº 048-2019-IMARPE/DEC del Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú, el Memorando Nº 579-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 124-2019-PRODUCE/ OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto y el Informe Nº 506-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, mediante Resolución Ministerial Nº 567-2018-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal del Pliego 038:
Ministerio de la Producción;
Que, la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, autoriza entre otros, al Ministerio de la Producción, durante el Año Fiscal 2019, a efectuar transferencias financieras a favor de los pliegos que conforman el Sector Producción para el financiamiento de intervenciones prioritarias sectoriales establecida por el Titular del Sector, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, señalando que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la que se publica en el diario oficial El Peruano, señalando que las entidades del Gobierno Nacional son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, debiendo informar trimestralmente, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República sobre el uso de los citados recursos;
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Que, mediante Oficio Nº 048-2019-IMARPE/DEC, el Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú-
MAS NORMAS LEGALES: Ley 30957 Autoriza Nombramiento Progresivo Como Mínimo Congreso
IMARPE solicita el financiamiento de tres (03) estudios de preinversión iniciados en el año 2018, dos (02) estudios de preinversión nuevos, dos (02) expedientes técnicos y los estudios ambientales para la certificación ambiental de los PIPs, que se detallan en el Anexo 1 que acompaña el mencionado Oficio, hasta por el importe de S/ 2 383 463,00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), conforme a lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879;
con la finalidad de dar cumplimiento a su programa de inversiones, en el marco de las intervenciones a favor de la pesca y el uso racional de los recursos hidrobiológicos en el Perú, según la Programación Multianual de Inversiones 2019-2021 del Sector Producción;
Que, mediante Memorando Nº 579-2019-PRODUCE/ OGPPM, el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del
Ministerio de la Producción, hace suyo el Informe Nº 124-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se señala que han evaluado los saldos disponibles y la proyección de ejecución de los recursos sustentado por el IMARPE y la situación de los PIPs a ser financiados, por lo que se emite opinión favorable, en materia presupuestaria, para financiar, tres (03) estudios de preinversión iniciados en el año 2018, dos (02) estudios de preinversión nuevos, un (01) expediente técnico del PIP con código unificado 2305978 y los estudios ambientales para la certificación ambiental de los PIPs hasta por la suma de S/ 1 883
463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES
MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100
SOLES);
Que, en ese sentido, se propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú-IMARPE, para financiar las intervenciones que se detallan en el considerando precedente hasta por la suma de S/ 1 883 463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS
OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y
TRES Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, para lo cual se cuenta con la disponibilidad presupuestaria correspondiente;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto; y, la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 003-2019-EF/50.01 y modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Instituto del Mar del Perú-IMARPE
Aprobar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, hasta por la suma de S/ 1 883 463,00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú-IMARPE, destinada a financiar tres (03) estudios de preinversión iniciados en el año 2018, dos (02) estudios de preinversión nuevos, un (01) expediente técnico del PIP
con código unificado 2305978 y los estudios ambientales para la certificación ambiental de los PIPs que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, en el marco de la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879.
Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al presupuesto institucional del año fiscal del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad: 5005713: Transferencia a Entidades, Genérica de Gasto 2.4. Donaciones y Transferencias, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Implementación, seguimiento y evaluación La Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados los recursos transferidos por la presente Resolución, debiendo informar trimestralmente al Titular de la Entidad sobre el uso de dichos recursos.
Artículo 5.- Información El Instituto del Mar del Perú-IMARPE, a través de su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, es el responsable de informar al Ministerio de la Producción, sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron transferidos los recursos a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de lo dispuesto en la Cuadragésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019.
Artículo 6.- Notificación Notificar la presente Resolución Ministerial a la Oficina General de Administración, a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción y al Director Ejecutivo Científico del Instituto del Mar del Perú-IMARPE, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), en la misma fecha de publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROCIO BARRIOS ALVARADO
Ministra de la Producción
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 253-2019-PRODUCE Aprueban Transferencia Financiera a favor del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, destinada a financiar estudios de preinversión, expediente técnico y estudios ambientales
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 253-2019-PRODUCE
- Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-06-08
- Fecha de aplicacion : 2019-06-09
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