7/11/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 212-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Huánuco y de diversos Gobiernos Locales DS 212-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales,
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Huánuco y de diversos Gobiernos Locales
DS 212-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial;

Que, el literal a) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y
00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 193 000 000,00 (CIENTO NOVENTA

Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, para el financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales
y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del
FONDES;

Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que los recursos a los que se refiere el literal a) del párrafo 46.1 se transfieren mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante el Oficio Nº 2496-2019-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de seis (06) Gobiernos Locales para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 12 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a seis (06) actividades y ocho (08) inversiones;


Que, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante los Memorandos Nºs 531 y 563-2019-EF-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de las ocho (08) inversiones;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 4 275
353,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y
CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100
SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de seis (06) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 12 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a seis (06) actividades y ocho (08)
inversiones;

De conformidad con lo establecido en el literal a) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 4 275 353,00 (CUATRO
MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huánuco y de seis (06) Gobiernos Locales, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 12 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil
CATEGORÍA
PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.4 Donaciones y Transferencias 2 695 311,00
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 1 580 042,00
——————
TOTAL EGRESOS 4 275 353,00
==========
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 448 : Gobierno Regional del Departamento de Huánuco UNIDAD EJECUTORA 300 : Educación Huánuco
PROGRAMA
PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 90 947,00
—————-Sub Total Gobierno Regional 90 947,00
—————-SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.3 Bienes y Servicios 2 604 364,00
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 580 042,00
——————
Sub Total Gobiernos Locales 4 184 406,00
——————
TOTAL EGRESOS 4 275 353,00
===========
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el párrafo 1.1, se encuentran en el Anexo Nº 1: "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales - Recursos Ordinarios"
y el Anexo Nº 2: "Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales-Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito", que forman parte integrante de este Decreto Supremo, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05)
días calendario de la vigencia de este dispositivo legal.

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05)
días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo Nº 3: "Ingresos", que forma parte de esta norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Procedimiento para la asignación financiera Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación financiera.

Artículo 5. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa y por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de julio del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
JORGE MOSCOSO FLORES
Ministro de Defensa
CARLOS OLIVA NEYRA
Ministro de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 212-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Gobierno Regional del departamento de Huánuco y de diversos Gobiernos Locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 212-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-07-11
  • Fecha de aplicacion : 2019-07-12

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