8/04/2019

Artículo Segundo Rvm 086 2017 vmpcic mc RV 130-2019-VMPCIC-MC Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Modifican el artículo segundo de la R.VM. Nº 086-2017-VMPCIC-MC RV 130-2019-VMPCIC-MC Lima, 1 de agosto de 2019 VISTO; el Memorando Nº D000083-2019-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado
Poder Ejecutivo, Cultura
Modifican el artículo segundo de la R.VM. Nº 086-2017-VMPCIC-MC
RV 130-2019-VMPCIC-MC
Lima, 1 de agosto de 2019
VISTO; el Memorando Nº D000083-2019-VMPCIC/ MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; y,

CONSIDERANDO:



Que, a través del artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar Proyectos de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, en materia de salud, educación, turismo, agricultura y riego, orden público y seguridad, cultura, saneamiento, electrificación rural, industria, pesca, deporte, ambiente, remediación de pasivos ambientales, habilitación urbana, protección social, desarrollo social, transportes, comunicaciones, justicia, acceso a servicios de atención al ciudadano, mercado de abastos, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en el citado Texto Único Ordenado y su Reglamento;

Que, por Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 195-2017-MC, Nº 284-2017-MC y Nº 136-2019-MC, el Ministerio de Cultura priorizó el proyecto "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", Sub Componente 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo, Componentes 3 Promoción y Difusión Turística, Supervisión y Expediente Técnico, con Código Único Nº 2133720 (antes Código SNIP Nº 172122) para su financiamiento y ejecución, en el marco del mecanismo de Obras por Impuestos;


Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC, modificada por las Resoluciones Viceministeriales Nº 147-2017-VMPCIC-MC, Nº 096-2018-VMPCIC-MC, Nº 170-2018-VMPCIC-MC, Nº 250-2018-VMPCIC-MC y Nº 081-2019-VMPCIC-MC, se constituyó el Comité Especial encargado de la convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección de la Empresa Privada que financiará y/o ejecutará el referido Proyecto y, de la entidad privada que supervisará su ejecución;


Que, de acuerdo al artículo 21 del Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF, "Los integrantes suplentes del Comité Especial solo actúan ante la ausencia de su respectivo titular. Los integrantes del Comité Especial solo pueden ser removidos por caso fortuito o fuerza mayor, por cese en el servicio o situación justificada, mediante documento debidamente motivado.

En el mismo documento puede designarse al nuevo integrante";

Que, con el documento del Visto, el Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales solicita modificar la Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC, modificada por las Resoluciones Viceministeriales Nº 147-2017-VMPCIC-MC, Nº 096-2018-VMPCIC-MC, Nº 170-2018-VMPCIC-MC, Nº 250-2018-VMPCIC-MC y Nº 081-2019-VMPCIC-MC, a fin de reconformar el referido Comité Especial, por motivo del cese en el servicio de su presidente titular y del primer miembro titular;

Que, habiéndose verificado la configuración de la causal de cese en el servicio del presidente titular y del primer miembro titular, que da lugar a que sus respectivos suplentes asuman dichos puestos y que se designen a sus suplentes; resulta necesario modificar el artículo segundo de la Resolución Viceministerial antes mencionada;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 294-2018-EF; el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 295-2018-EF; y, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución Ministerial Nº 562-2018-MC, modificada por la Resolución Ministerial Nº 092-2019-MC;

SE RESUELVE:



Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC, modificado por las Resoluciones Viceministeriales Nº 147-2017-VMPCIC-MC, Nº 096-2018-VMPCIC-MC, Nº 170-2018-VMPCIC-MC, Nº 250-2018-VMPCIC-MC y Nº 081-2019-VMPCIC-MC, quedando conforme se detalla a continuación:
"Artículo Segundo.- CONSTITUIR el Comité Especial encargado de la convocatoria, organización y ejecución de los procesos de selección de la Empresa Privada que financiará y/o ejecutará el Proyecto "Acondicionamiento turístico del complejo arqueológico El Brujo de Magdalena de Cao, distrito de Magdalena de Cao-Ascope-La Libertad", con Código Único Nº 2133720 (antes Código SNIP Nº 172122), respecto de los Componentes: 2.

Acondicionamiento Turístico El Brujo - 2.2 Liberación y Conservación Turística El Brujo; 3. Promoción y Difusión Turística; y 6. Supervisión, priorizado mediante Resolución Ministerial Nº 422-2016-MC, modificada por las Resoluciones Ministeriales Nº 195-2017-MC, Nº 284-10 NORMAS LEGALES
Domingo 4 de agosto de / El Peruano 2017-MC y Nº 136-2019-MC; y, de la entidad privada que supervisará su ejecución, el mismo que estará integrado de la manera siguiente:

MIEMBROS TITULARES
1. Jorge Antonio Montenegro Cabrejo: Presidente.

2. Augusto Martín Neyra Carrillo: Primer Miembro.

3. Pedro Caycho Ampuero: Segundo Miembro.

MIEMBROS SUPLENTES
1. Carmen Amelia Marina Torres: Suplente del Presidente.

2. Victor Hugo Rojas Guevara: Suplente del Primer Miembro.

3. Giovanna Paola Bravo Castillo: Suplente del Segundo Miembro".

Artículo Segundo.- Disponer que se mantienen vigentes los demás extremos de la Resolución Viceministerial Nº 086-2017-VMPCIC-MC, modificada por las Resoluciones Viceministeriales Nº 147-2017-VMPCIC-MC, Nº 096-2018-VMPCIC-MC, Nº 170-2018-VMPCIC-MC, Nº 250-2018-VMPCIC-MC y Nº 081-2019-VMPCIC-MC.

Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob. pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA
Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RV 130-2019-VMPCIC-MC Modifican el artículo segundo de la R.VM. Nº 086-2017-VMPCIC-MC
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
  • Numero : 130-2019-VMPCIC-MC
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-08-04
  • Fecha de aplicacion : 2019-08-05

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