10/13/2019

Ascienden Coroneles Artillería Grado General RS 089-2019-DE/EP Defensa

Poder Ejecutivo, Defensa Ascienden a Coroneles de Artillería al grado de General de Brigada del Ejército del Perú RS 089-2019-DE/EP Lima, 12 de octubre de 2019 VISTO: El Oficio Nº 251-2019/COPERE/JAPE/1-1 del 11 de octubre de 2019, documento remitido por el Ejército del Perú, mediante el cual se hace llegar las propuestas para el ascenso al grado inmediato superior de Oficiales Generales, Proceso de Ascenso 2019, Promoción 2020. CONSIDERANDO: Que,
Poder Ejecutivo, Defensa
Ascienden a Coroneles de Artillería al grado de General de Brigada del Ejército del Perú
RS 089-2019-DE/EP
Lima, 12 de octubre de 2019
VISTO:

El Oficio Nº 251-2019/COPERE/JAPE/1-1 del 11 de octubre de 2019, documento remitido por el Ejército del Perú, mediante el cual se hace llegar las propuestas para el ascenso al grado inmediato superior de Oficiales Generales, Proceso de Ascenso 2019, Promoción 2020.

CONSIDERANDO:



Que, la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008 - DE, del 09 de julio de 2008, y su modificatoria aprobada por Decreto Supremo Nº 015-2011-DE/SG, regula los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes;

Que, el literal a) del artículo 37 del Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 35 y literal a) del artículo 36 del mismo cuerpo normativo, establece que los ascensos son otorgados por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes. Asimismo, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30701 prevé la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley Nº 29108, de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal y en concordancia con las disposiciones contenidas en los Anexos del Reglamento antes indicado;


Que, mediante Resolución Ministerial Nº 574-2016-DE/SG del 27 de mayo de 2016 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las Instituciones Armadas para el periodo 2017-2021, que contienen los efectivos de personal militar propuestos técnicamente por el Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú. En tal contexto, con el Decreto Supremo Nº 005-2019-DE del 15 de agosto de 2019, se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2020;


Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 1336-2019-DE/EP del 04 de octubre de 2019, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascensos Año 2019, Promoción 2020, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, la Junta de Selección para el ascenso a los grados de Oficiales Generales ha establecido los "Cuadros de Mérito" y elaborado el Acta de Junta de Selección del 11 de octubre de 2019, que constituye la propuesta institucional de ascenso, en observancia a lo previsto en el artículo 34 y en el literal b) del artículo 35 de la Ley Nº 29108, así como en los literales b) y c) de los artículos 50 y del 51 de su Reglamento. De igual modo, dicha propuesta se ciñó a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 1336-2019-DE/EP del 04 de octubre de 2019, mediante la cual se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso Año Promoción 2020, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú;

Que, el Cuadro de Ascensos al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para el ascenso al grado de Oficiales Generales, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al Cuadro de Mérito, el cual es producto del orden correlativo de la calificación final obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de la meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos, oportunidades y ética, contemplados en el artículo 3 de la Ley Nº 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas;

Que, el numeral 1, inciso A) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 002-2015 DE, del 28 de enero de 2015, mediante el cual se determina la jerarquía y uso de normas
de carácter administrativo que se aplicarán a los distintos órganos del Ministerio de Defensa, establece que por Resolución Suprema se aprobarán los ascensos y cambios de Situación Militar de Oficiales Generales y Almirantes;

Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para el ascenso al grado de Oficial General.

SE RESUELVE:



Artículo Único. - Ascender con fecha 01 de enero de 2020, al grado de General de Brigada al señor Coronel de Artillería del Ejército CARRERA P AULETTE JOSE ANTONIO, debiéndose expedir el Despacho correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 089-2019-DE/EP Ascienden a Coroneles de Artillería al grado de General de Brigada del Ejército del Perú
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 089-2019-DE/EP
  • Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-10-13
  • Fecha de aplicacion : 2019-10-14

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