9/01/2014

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 082-2014-VMPCIC-MC Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la

Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza las Pallas de los centros poblados Libertad y Progreso en el departamento de Huánuco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 082-2014-VMPCIC-MC Lima, 28 de agosto de 2014 Visto el Expediente N° 026217-2013; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley
Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la danza las Pallas de los centros poblados Libertad y Progreso en el departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 082-2014-VMPCIC-MC
Lima, 28 de agosto de 2014
Visto el Expediente N° 026217-2013; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley N° 28296, establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos originarios, el saber y conocimientos tradicionales, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley N° 29565, establece que "es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación";

Que, asimismo el artículo 14 de la Ley antes indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaración, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011-MC, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el 1 de julio de 2013, los señores Esdras Inga Ramos y Jonás Blas Jara, directivos de la Asociación Nueva Juventud Social de Libertad, presentaron el expediente, elaborado por la señora Gledy Mendoza Canales, investigadora cultural de la Escuela Nacional Superior de Folklore José María Arguedas, en el cual solicitan la declaratoria de la danza Las Pallas de los centros poblados Libertad y Progreso, como Patrimonio Cultural de la Nación, al amparo de las normas vigentes;

Que, mediante Informe N° 331-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe N° 291-2014-DPI-DGPC/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda la declaratoria de la danza Las Pallas de los centros poblados Libertad y Progreso, de la provincia de Huamalíes en Huánuco, como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el distrito de Llata es uno de los once distritos y capital de la provincia de Huamalíes, en el departamento de Huánuco; está ubicado a 3,300 m.s.n.m. y, según el INEI, tiene una población aproximada de 14,500
personas; cuenta con quince centros poblados, entre ellos Libertad y Progreso, ubicados a treinta minutos de la capital provincial, y donde se practica y cultiva la danza Las Pallas, como parte de su tradición;

Que, la danza Las Pallas se presenta durante la Fiesta del Señor de Huamantanga, el 14 de setiembre, en el caso de Libertad, y la Fiesta de Santo Domingo de Guzmán, el 4 de agosto, en el de Progreso. La preparación y organización de ambas fiestas convoca y moviliza a toda la población de la zona, además, durante las Fiestas Patrias, todos los centros poblados se reúnen en el distrito de Llata para participar en un concurso de danzas tradicionales, en el cual Libertad y Progreso también presentan una versión abreviada de esta danza. Este concurso es emblemático para la zona, pues constituye un espacio para el fortalecimiento de las relaciones sociales dentro del distrito, y se convierte en el lugar idóneo para poner en escena los elementos que forman parte de la identidad de la población de los centros poblados de Libertad y Progreso;

Que, la danza Las Pallas de Libertad y Progreso tiene como protagonistas principales a las pallas, jóvenes damas que pertenecen al séquito del Inca Atahualpa y quienes lo acompañan en el encuentro con la comitiva española, encabezada por Francisco Pizarro y sus capitanes. Otro personaje central es el Apu Inca, quien representa al Inca Atahualpa, participa también en la danza el ruku, quien representa a un viejo sabio, consejero y guía del Inca, cuidador de las pallas y símbolo de conocimiento y sabiduría. Él hace las veces del abuelo de las pallas y encabeza el recorrido indicando el camino a seguir;

Que, esta danza narra el encuentro entre las comitivas incaica y española en Cajamarca, sin embargo, a diferencia de otras danzas que presentan la misma narrativa, ésta no termina con el enfrentamiento físico entre las comitivas, sino más bien, en un intercambio verbal entre las pallas y los capitanes españoles en un tono burlesco y pícaro;

Que, diversos historiadores explican la difusión de las danzas de este tipo, a lo largo del territorio andino, en las que se narra el encuentro entre incas y españoles en Cajamarca, como parte de la rememoración y la construcción de una memoria colectiva sobre la caída del Estado incaico. José Pino Matos, por ejemplo, enfatiza que el significado de estas danzas se relaciona con la representación de la memoria sobre "lo inca", entendido como principio ordenador, como un pasado mejor y como la añoranza de un orden social armónico frente a la difícil situación que significó, primero, la Conquista y, luego, la Colonia;

Que, según las investigaciones de la doctora Gisela Cánepa, existen algunas referencias sobre el posible origen prehispánico de la danza Las Pallas, por ejemplo, en las crónicas del padre Cobo, en las que se puede apreciar descripciones de un baile exclusivo de mujeres que representan a la nobleza inca y que coincide con lo que podría ser una danza de pallas. Dicho baile era ya tradicional antes de la llegada de los españoles y se considera como un antecedente de las versiones que se representan actualmente en diversas regiones del país, lo que resulta destacable por su importancia histórica;

Que, en el caso de la danza Las Pallas de Libertad y Progreso, el componente femenino es fundamental pues ellas asumen un rol protagónico poco usual en las danzas andinas, y se las elige por su juventud y gracia.

Este protagonismo se puede notar en el personaje de la palla capitana quien es la que sostiene principalmente la contienda verbal cara a cara con los capitanes españoles.

Participa también la segunda capitana y, en tercer lugar, el Apu Inca quien, para dar realce a su participación, se expresa en quechua. Es importante resaltar también que la danza Las Pallas de Libertad y Progreso, no tiene ningún personaje que represente a soldados incas, es por ello que, a diferencia de otras danzas similares, no se da ningún enfrentamiento teatralizado entre los ejércitos. De este modo, el único enfrentamiento es el que mantienen de manera verbal incas y españoles durante el momento teatral de la danza denominado el prendimiento;

Que, esta danza se divide en tres momentos, el primero corresponde a la danza propiamente dicha, que se desarrolla la coreografía y el desplazamiento.

A continuación se dan dos representaciones teatrales denominadas el apukipi y el prendimiento. El apukipi o traslado del Inca representa el momento de mayor tensión pues es el anuncio o presagio de una situación dramática, el encuentro entre dos civilizaciones. De otro lado, durante el prendimiento los capitanes españoles tienen la misión de atrapar al Apu Inca. Sin embargo, las pallas se lo impiden y los enfrentan en una contienda verbal que se produce en un contexto menos dramático, e incluso alegre, por el tono de la confrontación y la presencia del público. A lo largo de la fiesta, los principales instrumentos que acompañan la danza son los violines y las arpas que ejecutan qaswas o qashwas, género musical andino que suele ejecutarse en un contexto de fiesta y alegría;

Que, es común la participación de grupos de familias en la organización y en la representación de la danza, así como también en la transmisión tradicional, de generación en generación. Asimismo, las pallas capitanas, para llegar a ser tales, deberán demostrar habilidad y experiencia en la danza hasta lograr ese puesto de alto honor. Tanto las capitanas como los capitanes españoles que participan en la contienda gozan de una apreciación especial entre los miembros de su comunidad pues son personas que deben conocer de memoria los largos y complejos textos del prendimiento;

Que, las pallas tienen dos tipos de vestuario, uno para los días previos y otro el día central. En los días previos visten una blusa blanca con manga larga, una falda de terciopelo de color granate o azul claro, bordada con hilos dorados y diseños de fiores; usan zapatos negros de taco bajo. Las pallas del día central usan un vestido de fiesta de con manga larga. El Apu inca viste una camisa blanca con pantalón de terno y zapatos negros; sobre la camisa, lleva una pechera y una capa, ambas de terciopelo de rojo oscuro y bordadas con figuras que representan al sol, al propio inca y fiora de la zona; lleva en la mano derecha un hacha dorada de la que cuelga una cadena delgada, en cuyo extremo pende una circunferencia dorada como símbolo de poder y riqueza. El ruku viste una camisa blanca, pantalón negro y zapatos del mismo color. Además, en la cabeza, lleva una peluca hecha de cola de caballo que representa la cabellera canosa de un anciano. Durante el día central de la fiesta cuelga de su peluca cintas brillantes. El ruku completa su vestuario con un chaleco de terciopelo rojo oscuro o granate, bordado con hilos dorados y con diseños que representan hojas y fiores;

Que, los antagonistas de esta comitiva, son los capitanes o también denominados pizarros, quienes utilizan cascos elaborados con cartón forrado de tela y bordado con hilos dorados denominados crispines. El atuendo incluye terno, camisa, corbata, zapatos negros y una banda roja con bordados dorados, que se coloca cruzando el pecho;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2
del artículo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, el Informe N° 291-2014-DPI-DGPC/MC forma parte de la presente Resolución desde que detalla las características, importancia, valor, alcance y significado de la referida danza;

Con el visado de la Directora General (e) de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Directora (e) de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley
N° 28296, Ley de Creación del Ministerio de Cultura - Ley N° 29565, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, y la Directiva N° 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011/MC, y modificada por Resolución Ministerial N° 103-2011/MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la danza las Pallas de los centros poblados Libertad y Progreso, por ser una expresión de identidad muy importante por el valor histórico y estético que sus portadores le asignan, constituyendo una danza emblemática del departamento de Huánuco.

Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión del Informe N° 291-2014-DPI-DGPC/MC y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe).

Artículo 3°.- Notificar la presente Resolución y el Informe N° 291-2014-DPI-DGPC/MC a la Asociación Nueva Juventud Social de Libertad – Llata, Huamalíes, a la Municipalidad Provincial de Huamalíes en Huánuco, y a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Huánuco, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales

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