11/27/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 347-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales DS 347-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que se asigne recursos en el pliego
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales
DS 347-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el literal b) del numeral 25.1 del artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que se asigne recursos en el pliego Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 387 000
000,00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES
Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento y continuidad de las acciones de implementación en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, Decreto Legislativo que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y de su Reglamento;

Que, el numeral 25.2 del artículo 25 de la citada ley, dispone que para la aplicación de lo establecido en el considerando anterior, es requisito que las plazas se encuentren registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con el respectivo financiamiento;


Que, de acuerdo a los numerales 25.3 y 25.4 del artículo 25 de la referida ley, se autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de sus organismos públicos y los Gobiernos Regionales con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, para ello dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última, quedando exonerados de lo establecido en el artículo 6 de la Ley
Nº 30879;

Que, a través del Informe Nº 720-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud sustenta que cuenta con disponibilidad presupuestal para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del pliego Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153 y de su Reglamento; en virtud de lo cual, con Oficio Nº 2807-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas;


Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando Nº 692-2019-EF/53.01, remite el costo de las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153 y de su Reglamento, del pliego Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de
S/ 31 320 936,00 (TREINTA Y UN MILLONES
TRESCIENTOS VEINTE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
SEIS Y 00/100 SOLES), para financiar las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153 y de su Reglamento;

De conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 31 320 936,00 (TREINTA
Y UN MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor del pliego Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para financiar valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153 y de su Reglamento, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central-MINSA
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 31 320 936,00
——————
TOTAL EGRESOS 31 320 936,00
===========
A LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 136 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas-INEN
UNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 10 800,00
SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales
CATEGORIA
PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO CORRIENTE
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 31 310 136,00
——————- TOTAL EGRESOS 31 320 936,00
============
1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del artículo 1
y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo "Costo de las valorizaciones ajustadas y priorizadas del personal de la salud en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo Nº 1153 y de su Reglamento", que forma parte de la presente norma, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Registro en el Aplicativo Informático Para el otorgamiento de las valorizaciones a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, se debe tener en cuenta que estas se encuentren registradas previamente en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos.

Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas
MARÍA ELIZABETH HINOSTROZA PEREYRA
Ministra de Salud

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 347-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de diversos Gobiernos Regionales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 347-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-27
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-28

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