11/28/2019

Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 352-2019-EF Economia y Finanzas

Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales DS 352-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos
Poder Ejecutivo, Economia y Finanzas
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales
DS 352-2019-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, es efectuada por una comisión multisectorial;

Que, el literal a) del numeral 46.1 del artículo 46 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y
00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y S/ 193 000 000,00 (CIENTO NOVENTA
Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, para el financiamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos, priorizados por la Comisión Multisectorial del

FONDES;

Que, el numeral 46.2 del citado artículo, señala que los recursos a los que se refiere el literal a) del numeral 46.1 se transfieren mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Defensa, a solicitud del Instituto Nacional de Defensa Civil;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, mediante los Oficios Nºs. 4794, 4927 y 5341-2019-INDECI/4.0, remite un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 15 de la Comisión Multisectorial del FONDES, las cuales corresponden a un (01) proyecto de inversión y cincuenta y tres (53) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR);


Que, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Memorando Nº 832-2019-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de un (01) proyecto de inversión y cincuenta y tres (53) Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR);

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de
S/ 44 842 616,00 (CUARENTA Y CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS
DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 15 de la Comisión Multisectorial del FONDES, señalado en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 46.1 y el numeral 46.2 del artículo 46 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;

DECRETA:



Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 44 842 616,00 (CUARENTA Y
CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y
DOS MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES), del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil a favor de tres (03) Gobiernos Regionales y de veintitrés (23) Gobiernos Locales, para financiar las intervenciones priorizadas en el Acta Nº 15 de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI - Instituto Nacional de Defensa Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergencia FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.4 Donaciones y Transferencias 44 842 616,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 44 842 616,00
= ============
A LA: En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 8 341 626,00
------------------- Sub Total Gobierno Regional 8 341 626,00
-------------------SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 36 500 990,00
-------------------- Sub Total Gobiernos Locales 36 500 990,00
-------------------- TOTAL EGRESOS 44 842 616,00
============
1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas, a que hace referencia el numeral 1.1, se encuentran en el Anexo Nº 1: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Regionales" y el Anexo Nº 2: "Transferencia de Partidas a favor de Gobiernos Locales", que forman parte integrante de la presente norma, los cuales se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los
recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo Nº 3: "Ingresos", que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica; y, se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. Dicho Anexo se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 de la presente norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Procedimiento para la asignación financiera Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, deben elaborar y proporcionar la información necesaria según el procedimiento que determine la Dirección General del Tesoro Público, para la autorización de la correspondiente asignación financiera.

Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI
Ministra de Economía y Finanzas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 352-2019-EF Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal a favor de Gobiernos Regionales y de Gobiernos Locales
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 352-2019-EF
  • Emitida por : Economia y Finanzas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-11-28
  • Fecha de aplicacion : 2019-11-29

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