12/03/2019

Intervención Fuerzas Armadas Apoyo Policía RS 209-2019-IN Interior

Poder Ejecutivo, Interior Autorizan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas RS 209-2019-IN Lima, 2 de diciembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante
Poder Ejecutivo, Interior
Autorizan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas
RS 209-2019-IN
Lima, 2 de diciembre de 2019

CONSIDERANDO:



Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad;

Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfico Ilícito de Drogas, terrorismo, protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera;

Que, en los casos descritos en el considerando precedente, la autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervención de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior quien, una vez evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República el que, a su vez, autorizará la actuación de las Fuerzas Armadas mediante Resolución Suprema;


Que, mediante Oficio Nº 1583-2019-CG PNP/SEC, el Comandante General de la Policía Nacional del Perú solicita el apoyo de las Fuerzas Armadas para la ejecución de operaciones policiales especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos, a través de medidas de protección y seguridad, así como el soporte aéreo y logístico a dichas operaciones, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, sustentando dicho pedido en el Informe
Nº 057-2019-DIRNIC PNP/DIRMEAMB-SECEJE.

UNIPLEDU (Reservado), a través del cual el Director de la Dirección de Medio Ambiente de la Dirección Nacional de Investigación Criminal informa sobre las actividades de minería ilegal en la zona fronteriza entre la República del Perú y la República del Ecuador, específicamente en la cordillera "El Cóndor" - Sector el Tambo, distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, y el inminente origen de actos de violencia por parte de las comunidades nativas y mineros informales ante la ejecución de las referidas operaciones, situación que sobrepasaría la capacidad operativa y de control del orden interno de la Policía Nacional del Perú;


Que, en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú, el Ministerio del Interior solicita, con el objeto de asegurar el control y mantenimiento del orden interno, la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú para coadyuvar en la ejecución de operaciones policiales especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos, a través de medidas de protección y seguridad, así como el soporte aéreo y logístico a dichas operaciones, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas;

De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Autorización de intervención de las Fuerzas Armadas Autorizar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú, con el objeto de asegurar el control y el mantenimiento del orden interno, así como para prestar apoyo en la ejecución de operaciones policiales especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos, en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, por el término de treinta (30) días calendario.

Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú.

2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población.

Artículo 3.- De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

Artículo 4.- Estado de Derecho La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte.

Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
WALTER MARTOS RUIZ
Ministro de Defensa
CARLOS MORÁN SOTO
Ministro del Interior

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RS 209-2019-IN Autorizan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN SUPREMA
  • Numero : 209-2019-IN
  • Emitida por : Interior - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-12-03
  • Fecha de aplicacion : 2019-12-04

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.