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Ministerio Realizar Transferencia Financiera RM 0445-2019-MINAGRI Agricultura y Riego
12/17/2019
Ministerio Realizar Transferencia Financiera RM 0445-2019-MINAGRI Agricultura y Riego
Poder Ejecutivo, Agricultura y Riego Autorizan al Ministerio a realizar transferencia financiera a favor del Fondo Sierra Azul RM 0445-2019-MINAGRI Lima, 16 de diciembre de 2019 VISTOS: El Memorando Nº 2105-2019-MINAGRI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 536-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES, de la Oficina de Presupuesto, sobre transferencia financiera de recursos a favor del Fondo Sierra Azul; y, el Informe Legal Nº
Autorizan al Ministerio a realizar transferencia financiera a favor del Fondo Sierra Azul
RM 0445-2019-MINAGRI
Lima, 16 de diciembre de 2019
VISTOS:
El Memorando Nº 2105-2019-MINAGRI-SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 536-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES, de la Oficina de Presupuesto, sobre transferencia financiera de recursos a favor del Fondo Sierra Azul; y, el Informe Legal Nº 1309-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30879, se aprobó la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y por Resolución Ministerial Nº 0499-2018-MINAGRI de fecha 27 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego;
Que, con el numeral 2.2 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2019, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 1 008 927 132,00 (Mil Ocho Millones Novecientos Veintisiete Mil Ciento Treinta y Dos y 00/100 Soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a la que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, lo que comprende los recursos señalados en el numeral 2.1 del mismo artículo, a favor de los pliegos incluidos en el Anexo 2 "Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor de las entidades del Gobierno Nacional" y en el Anexo 3 "Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia a favor de los Gobiernos Regionales", conforme al detalle previsto en dichos Anexos;
TAMBIEN PUEDES VER: Solicitud Primera Modificación Concesión RM 397-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Que, a través del literal b) del numeral 4.1 del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia se autoriza excepcionalmente a los Pliegos del Sector Agricultura y Riego, para que realicen transferencias financieras, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (Doscientos Millones y 00/100 SOLES) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos Determinados y Recursos Directamente Recaudados, a favor del Fondo Sierra Azul, para el financiamiento de inversiones en el marco de los fines de dicho Fondo; para tal fin, se autoriza a los Pliegos del Sector de Agricultura y Riego a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático con cargo a los recursos de la Partida de Gasto 2.6 "Adquisición de Activos no Financieros" de su presupuesto institucional, quedando exceptuado de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019;
MAS NORMAS LEGALES: Otorgan Favor Electro Oriente Sa Concesión RM 398-2019-MINEM/DM Energia y Minas
Que, de acuerdo al numeral 4.2 del artículo 4 de dicho Decreto de Urgencia, las transferencias financieras autorizadas en el numeral 4.1 del mencionado artículo, se aprueban mediante resolución del Titular del pliego respectivo, previo informe de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, la cual se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, en tal virtud, el Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, con el Oficio Nº 70-2019-MINAGRI-4 NORMAS LEGALES
Martes 17 de diciembre de / El Peruano PSI de fecha 4 de noviembre de 2019, del Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento (e) del PSI que adjunta el Informe Nº 002-2019-MINAGRI-PSI-OPPS-RGR de fecha 4 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento del PSI; el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL con el Oficio Nº 2003-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE de fecha 30 de octubre de 2019, de la Directora Ejecutiva de AGRO RURAL que adjunta el Informe Nº 741-2019-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL/OPP de fecha 30 de octubre de 2019, de la Oficina de Planificación y Presupuesto de AGRO
RURAL; el Proyecto Especial Sierra Centro Sur - PESCS, con el Oficio Nº 0561-2019-MINAGRI-PESCS-1601 de fecha 30 de octubre de 2019, del Director Ejecutivo del PESCS; el Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca - PEBLT, con el Oficio Nº 972-2019-MINAGRI-PEBLT-DE de fecha 28 de octubre del Director Ejecutivo del PEBLT;
el Proyecto Especial Alto Huallaga - PEAH, con el Oficio Nº 513-2019-PEAH-6301 de fecha 29 de octubre de 2019, del Director Ejecutivo del PEAH; la Unidad Ejecutora Gestión de Proyectos Sectoriales - UEGPS, mediante Oficio Nº 911-2019-MINAGRI-DVDIAR-UEGPS/DE de fecha 6 de noviembre de 2019, del Director Ejecutivo de la UEGPS que adjunta el Informe Nº 153-2019/MINAGRI-DVDIAR/UEGPS/DPSE de fecha 5 de noviembre de 2019, de la Oficina de Planeamiento, Seguimiento y Evaluación de la UEGPS; el Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes - PEBPT mediante Oficio Nº 0923-2019-MINAGRI-DVDIAR-PEBPT-DE/OPPyS de fecha 30 de octubre de 2019; el Proyecto Especial Jaén - San Ignacio - Bagua - PEJSIB, con el Oficio Nº 711-2019-MINAGRI-PEJSIB-DE de fecha 30 de octubre de 2019; el Proyecto Especial Pichis - Palcazu - PEPP, con el Oficio Nº 510-2019-MINAGRI-PEPP-CD/DE de fecha 28 de octubre de 2019; la Unidad Ejecutora Fondo Sierra Azul, con el Oficio Nº 1016-2019-MINAGRIDVDIAR-UEFSA/DE de fecha 30 de octubre de 2019, del Director Ejecutivo de la UEFSA, y la Oficina General de Administración del MINAGRI, mediante el Memorando Nº 1371-2019-MINAGRI-SG-OGA, han comunicado a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto que cuentan con saldos de libre disponibilidad en sus respectivas unidades ejecutoras, en el marco del literal b), del artículo 4.1 del Decreto de Urgencia Nº 004-2019;
Que, de conformidad con el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de este Ministerio, mediante Informe Nº 536-2019-MINAGRI-SG/OGPP-OPRES de fecha 9 de diciembre de 2019, propone autorizar una transferencia financiera a favor de la cuenta del Fondo Sierra Azul, hasta por la suma de S/ 155 874 514,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Catorce y 00/100 Soles) en las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 5. Recursos Determinados;
Que, sustentado en el Informe mencionado en el considerando precedente, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de este Ministerio ha emitido el Memorándum Nº 2105-2018-MINAGRI-SG/OGPP, con el que solicita que se autorice una transferencia financiera a favor de la cuenta del Fondo Sierra hasta por la suma S/.155.874.514,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Catorce y 00/100 Soles) en las Fuentes de Financiamiento 1.
Recursos Ordinarios y 5. Recursos Determinados, en el marco de lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 004-2019; por lo que es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos mencionada;
Con el visado de la Secretaría General; de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto de Urgencia Nº 004-2009; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley Nº 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, a través de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura - Administración Central, a realizar una transferencia financiera a favor de la cuenta del Fondo Sierra Azul, hasta por la suma de S/.155 874
514,00 (Ciento Cincuenta y Cinco Millones Ochocientos Setenta y Cuatro Mil Quinientos Catorce y 00/100 Soles)
en las Fuentes de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios y 5. Recursos Determinados, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 004-2019, de acuerdo al detalle siguiente:
PLIEGO/UNIDAD EJECUTORA
APLICACIÓN DEL D.U. 004-(FONDO SIERRA AZUL)
TOTAL
GENERAL
F.F. 1. RECURSOS
ORDINARIOS
F.F. 5. RECURSOS
DETERMINADOS
013: M. DE AGRICULTURA Y RIEGO 97,786,819.00 58,087,695.00 155,874,514.00
001-155: MINISTERIO DE AGRICULTURA-ADMINISTRACION CENTRA
97,786,819.00 58,087,695.00 155,874,514.00
6-2.4. DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 97,786,819.00 58,087,695.00 155,874,514.00
TOTAL 97,786,819.00 58,087,695.00 155,874,514.00
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA
Ministro de Agricultura y Riego
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0445-2019-MINAGRI Autorizan al Ministerio a realizar transferencia financiera a favor del Fondo Sierra Azul
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0445-2019-MINAGRI
- Emitida por : Agricultura y Riego - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-12-17
- Fecha de aplicacion : 2019-12-18
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