1/10/2020

Año Como Universalización Salud DS 002-2020-PCM PCM

Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Declaran el año como el "Año de la Universalización de la Salud" DS 002-2020-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho fundamental a la salud, estableciendo que toda persona tiene derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa; Que,
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros
Declaran el año como el "Año de la Universalización de la Salud"
DS 002-2020-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 7 de la Constitución Política del Perú reconoce el derecho fundamental a la salud, estableciendo que toda persona tiene derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa;

Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, señalan que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo y que la protección de la salud es de interés público, por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que, el Acuerdo Nacional establece en su Política 13 el acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social, la cual tiene por objeto, asegurar las condiciones para un acceso universal a la salud en forma gratuita, continua, oportuna y de calidad, con prioridad en las zonas de concentración de pobreza y en las poblaciones más vulnerables, así como promover la participación ciudadana en la gestión y evaluación de los servicios públicos de salud;

Que, la Organización de las Naciones Unidas considera que los hechos demuestran que la cobertura universal sanitaria es un motor de crecimiento económico para las personas, las familias, las empresas y las sociedades en su conjunto, considerando que la salud es al mismo tiempo, factor y consecuencia del progreso económico y social;


Que, en ese marco, la universalización de la cobertura y el acceso a la salud es una de las prioridades del Gobierno;

Que, por ello, a través del Decreto de Urgencia Nº 017-2019 se establecen medidas para la cobertura universal de salud, disponiendo medidas urgentes para garantizar la protección del derecho a la salud a través del cierre de la brecha de población sin cobertura de seguro en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud;

Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario declarar el Año como el "Año de la Universalización de la Salud";


De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:



Artículo 1.- Declárese el año como el "AÑO DE
LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD".

Artículo 2.- Durante el año se consignará dicha frase en los documentos oficiales.

Artículo 3.- El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil veinte.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: DS 002-2020-PCM Declaran el año como el "Año de la Universalización de la Salud"
  • Tipo de norma : DECRETO SUPREMO
  • Numero : 002-2020-PCM
  • Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-01-10
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-11

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