1/09/2020

Contrato Concesión 037 94 01 Ser Suscrito Estado RM 433-2019-MINEM/DM Energia y Minas

Poder Ejecutivo, Energia y Minas Aprueban Contrato de Concesión Nº 037-94-01, a ser suscrito por Estado Peruano con CONELSUR LT S.A.C. y la Segunda Modificación de la concesión definitiva de energía eléctrica de Consorcio Energético de Huancavelica S.A. y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 037-94 RM 433-2019-MINEM/DM Lima, 31 de diciembre de 2019 VISTOS: El Expediente Nº 14002093 sobre concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica,
Poder Ejecutivo, Energia y Minas
Aprueban Contrato de Concesión Nº 037-94-01, a ser suscrito por Estado Peruano con CONELSUR LT S.A.C. y la Segunda Modificación de la concesión definitiva de energía eléctrica de Consorcio Energético de Huancavelica S.A. y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 037-94
RM 433-2019-MINEM/DM
Lima, 31 de diciembre de 2019
VISTOS: El Expediente Nº 14002093 sobre concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, y el Expediente Nº 14002093-01 sobre la solicitud de transferencia parcial presentada por CONSORCIO
ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. (en adelante, CONENHUA) a favor de CONELSUR LT S.A.C. (en adelante, CONELSUR) y la modificación de dicha concesión; los Informes Nº 548-2019-MINEM/DGE-DCE y Nº 572-2019-MINEM/DGE-DCE elaborados por la Dirección General de Electricidad; y el Informe Nº 1228-2019-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, MINEM);

CONSIDERANDO:



Que, mediante Resolución Suprema Nº 087-93-EM del 28 de diciembre de 1993, se otorgó a favor de CONENHUA la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión de 60 kV S.E. Huancavelica - S.E.


Ingenio y S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa;

Que, mediante Resolución Suprema Nº 002-95-EM del 06 de enero de 1995, se aprobó el Contrato de Concesión Nº 037-94 referido a la concesión definitiva otorgada mediante Resolución Suprema Nº 087-93-EM;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 633-2003-MEM/DM publicada el 17 de diciembre de 2003, el MINEM reconoce las servidumbres convencionales de electroducto y de paso a favor de la Concesión definitiva de Transmisión indicada en los párrafos precedentes;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 089-2016-MEM/DM publicada el 1 de abril de 2016, se aprueba la Primera Modificación al Contrato de Concesión Nº 037-94;

Que, mediante documento con Registro Nº 2980662 de fecha 25 de setiembre de 2019, CONENHUA solicita la Cesión de Posición Contractual Parcial del Contrato de Concesión Definitiva Nº 037-94, en virtud del Contrato "Cesión de Posición Contractual de Concesión y Transferencia de Servidumbre Parcial" de fecha 05 de setiembre de 2019, que efectúa CONENHUA a favor de CONELSUR, en lo que se refiere a i) Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Huancavelica - S.E. Ingenio (L-6643), ii) S.E. Ingenio 60/22 kV 12.5 MVA, iii) S.E.


Caudalosa 60/22 kV 12.5 MVA. Al respecto, la cesión de posición contractual parcial de la mencionada concesión conlleva la aprobación de la segunda modificación de la referida concesión;

Que, la cesión de posición contractual se encuentra regulada en los artículos 1435 y siguientes del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295;

Que, de acuerdo a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad recomienda aprobar la cesión de posición contractual parcial de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, la cual consta de los siguientes componentes: i) Línea de Transmisión de 60
kV S.E. Huancavelica - S.E. Ingenio (L-6643), ii) S.E.

Ingenio 60/22 kV 12.5 MVA, iii) S.E. Caudalosa 60/22 kV
12.5 MVA;

Que, asimismo, la Dirección General de Electricidad recomienda aprobar la segunda modificación de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica, a fin de que se mantenga únicamente la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa (L-6644), así como suscribir la Adenda Nº 02 al Contrato de Concesión Nº 037-94, correspondiente;

Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295; Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la cesión de posición contractual parcial de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, en lo que se refiere a: i) Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Huancavelica - S.E. Ingenio (L-6643), ii) S.E. Ingenio 60/22 kV 12.5 MVA, iii) S.E. Caudalosa 60/22 kV 12.5 MVA, que efectúa CONSORCIO
ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C., de acuerdo a lo indicado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 037-94-01, a ser suscrito por el Estado Peruano con CONELSUR LT S.A.C., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en lo que se refiere a: i) Línea de Transmisión de 60 kV S.E. Huancavelica - S.E.

Ingenio (L-6643), ii) S.E. Ingenio 60/22 kV 12.5 MVA, iii) S.E. Caudalosa 60/22 kV 12.5 MVA, que consta de 18 Cláusulas y 3 Anexos, como consecuencia de la aprobación de la transferencia parcial aprobada en el artículo que antecede.

Artículo 3.- Aprobar la Segunda Modificación de la concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica de CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA
S.A. y la Adenda Nº 02 al Contrato de Concesión Nº 037-94, a fin de que se mantenga únicamente la Línea de Transmisión en 60 kV S.E. Ingenio - S.E. Caudalosa (L-6644) como consecuencia de la aprobación de la cesión de posición contractual parcial aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, o a quien haga sus veces, para que en representación del Estado suscriba la Minuta del Contrato de Concesión Nº 037-94-01 y la Minuta de la Adenda Nº 02 al Contrato de Concesión Nº 037-94, aprobadas en los artículos 2 y 3, respectivamente, así como las Escrituras Públicas correspondientes.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en las Escrituras Públicas que se originen por lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez y por cuenta del nuevo titular, CONELSUR LT S.A.C., dentro de los cinco (5)
días hábiles siguientes a su expedición, en concordancia a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 7.- Notificar la presente Resolución Ministerial a CONSORCIO ENERGÉTICO DE HUANCAVELICA S.A.
y CONELSUR LT S.A.C.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS LIU YONSEN
Ministro de Energía y Minas

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 433-2019-MINEM/DM Aprueban Contrato de Concesión Nº 037-94-01, a ser suscrito por Estado Peruano con CONELSUR LT S.A.C. y la Segunda Modificación de la concesión definitiva de energía eléctrica de Consorcio Energético de Huancavelica S.A. y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 037-94
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 433-2019-MINEM/DM
  • Emitida por : Energia y Minas - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2020-01-09
  • Fecha de aplicacion : 2020-01-10

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