Inicio
Últimas normas legales
Transferencia Financiera Favor Eps Semapach Sa RM 212-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y
9/04/2020
Transferencia Financiera Favor Eps Semapach Sa RM 212-2020-VIVIENDA Vivienda Construccion y
Poder Ejecutivo, Vivienda Construccion y Saneamiento Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A. RM 212-2020-VIVIENDA Lima, 2 de setiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que el citado Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos
Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A.
RM 212-2020-VIVIENDA
Lima, 2 de setiembre de 2020
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establece que el citado Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional;
asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 416-2019-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de
S/ 3 437 059 383,00 (TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES Y 00/100
SOLES), por toda Fuente de Financiamiento, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Financiera Favor Pliego 026: RM 235-2020-PCM PCM
Que, el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal, al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento, a realizar Transferencias Financieras, entre otros, del MVCS para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS); las mismas que según el numeral 17.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano;
disponiendo en el numeral 17.3 que la entidad pública que transfiere, con excepción del acápite v) del literal ñ) del numeral 17.1 del citado artículo, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales transfirieron los recursos; indicando a su vez que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia;
MAS NORMAS LEGALES: Procedimiento Específico uso Control Precintos RS 000143-2020/SUNAT Superintendencia Nacional de
Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano - PNSU y la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), suscribieron el Convenio Nº 053-2020/VIVIENDA/VMCS/PNSU, el cual tiene por objeto establecer los lineamientos y compromisos de las partes para la transferencia financiera de recursos de VIVIENDA hasta S/ 5 310 1541,00 (CINCO MILLONES
TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y
00/100 SOLES), a favor de la EPS SEMAPACH S.A., para la ejecución de las medidas de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el KfW;
Que, mediante el Informe Nº 204-2020/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, con los sustentos correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, solicita gestionar la autorización para realizar la Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH
S.A., señalando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/ 5 310 141,00, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para financiar la ejecución del proyecto de inversión con CUI
Nº 2046101 "Medidas de Rápido impacto de la EPS
Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha - SEMAPACH S.A.";
Que, con Memorándum Nº 1059-2020-VIVIENDA/ OGPP, el Director General de la Oficina General de
Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 281-2020-VIVIENDA/OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, por el cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria y se propone el proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias y, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital, hasta por la suma de
S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS
DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS SEMAPACH S.A., destinados única y exclusivamente para financiar la ejecución del proyecto de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II - PMRI II, con CUI Nº 2046101 "Medidas de Rápido Impacto de la EPS Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha SEMAPACH S.A.", para lo cual se cuenta con el respectivo convenio suscrito entre las partes;
Que, en ese sentido, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la EPS SEMAPACH S.A., hasta por la suma de
S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS
DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y UNO Y 00/100 SOLES)
en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad, con lo dispuesto en la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;
y, la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por la Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la
EPS SEMAPACH S.A.
Autorízase una Transferencia Financiera en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del numeral 17.1 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos presupuestales del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, a favor de la Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), hasta por la suma de S/ 5 310 141,00 (CINCO MILLONES
TRESCIENTOS DIEZ MIL CIENTO CUARENTA Y
UNO Y 00/100 SOLES), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinados única y exclusivamente para financiar la ejecución del proyecto de inversión del Programa de Medidas de Rápido Impacto II - PMRI II, con CUI Nº 2046101 "Medidas de Rápido Impacto de la EPS Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha SEMAPACH S.A.", en el marco del Contrato de Aporte Financiero, del Contrato de Préstamo, y del Acuerdo Separado, suscritos entre el Kreditanstalt für Wiederaufbau - KfW y la República del Perú, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; para lo cual, se cuenta con el respectivo convenio, suscrito entre las partes.
Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional Modificado para el Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004:
Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Partida de Gasto 2.4.2: Donaciones y Transferencias de Capital.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras, para lo cual, se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020.
Artículo 5.- Información La Empresa de Servicio Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Chincha S.A. (EPS SEMAPACH S.A.), informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre los avances físicos y financieros de los recursos transferidos, en el marco del convenio suscrito por las partes.
Artículo 6.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/ vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS LOZADA CONTRERAS
Ministro de Vivienda Construcción y Saneamiento
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 212-2020-VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS SEMAPACH S.A.
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 212-2020-VIVIENDA
- Emitida por : Vivienda Construccion y Saneamiento - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2020-09-03
- Fecha de aplicacion : 2020-09-04
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)