1/30/2013

Resolución Suprema N° 007-2013-EM Modifican R.S. N° 112-2012-EM

Modifican R.S. N° 112-2012-EM ENERGIA Y MINAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2013-EM Lima, 29 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público -Privadas para la Generación del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, estableció los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura
Modifican R.S. N° 112-2012-EM

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 007-2013-EM


Lima, 29 de enero de 2013
CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público -Privadas para la Generación del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada, estableció los principios, procesos y atribuciones del Sector Público para la evaluación, implementación y operación de infraestructura pública o la prestación de servicios públicos, con participación del sector privado, así como el marco general aplicable a las iniciativas privadas;

Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 9.7 del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1012, la designación de los Comités de Inversión por parte de una entidad sectorial se efectuará mediante Resolución Suprema, que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;

Que, en consecuencia, mediante Resolución Suprema N° 002-2009-EM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de enero de 2009, se creó el Comité de Inversión del Ministerio de Energía y Minas, designando a sus integrantes, la cual ha sido modificada mediante Resoluciones Supremas N° 009-2009-EM, 051-2009-EM,
069-2009-EM, 049-2012-EM y 112-2012-EM, de fechas 11 de febrero, 04 de julio y 17 de setiembre de 2009 y 23 de mayo y 28 de noviembre de 2012, respectivamente;

Que, resulta necesario fortalecer el Comité de Inversión, y su soporte técnico, estableciendo para este efecto Secretarías Técnicas en función de cada proyecto que le sea asignado;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1012, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público - Privadas para la Generación del Empleo Productivo y dicta Normas para la Agilización de los Procesos de Promoción de la Inversión Privada;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 112-2012-EM, con el siguiente texto:
'El Comité de Inversión del Ministerio de Energía y Minas estará conformado por los siguientes integrantes:
- Señor Edwin Regente Ocmin, quien lo presidirá.
- Señora Ursula Ruth Zárate Villanueva.
- Un representante designado por el Despacho Vice Ministerial de Energía para cada proyecto que sea asignado al Comité de Inversión.

Para cada proyecto que sea sometido a consideración del Comité de Inversión, éste contará con una Secretaría Técnica integrada por el área técnica correspondiente, la que se hará responsable de brindar el soporte necesario para la realización de las actividades a cargo del Comité de Inversión en el proyecto que le sea asignado.

Las áreas técnicas del Ministerio de Energía y Minas deberán brindar asesoría técnica al Comité de Inversión del Ministerio de Energía y Minas, cuando ésta les sea solicitada'.

Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas

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