2/23/2013

Resolución Smv N° 005-2013-SMV/01 Autorizan la difusión del Proyecto de Reglamento del Sistema MVNET y SMV Virtual

Autorizan la difusión del Proyecto de Reglamento del Sistema MVNET y SMV Virtual SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN SMV N° 005-2013-SMV/01 Lima, 22 de febrero de 2013 VISTOS: El Expediente N° 2012043673, el Memorándum Conjunto N° 486-2013-SMV/06/09/12 del 19 de febrero de 2013, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Tecnologías de Información y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto del Reglamento MVNET y SMV Virtual
Autorizan la difusión del Proyecto de Reglamento del Sistema MVNET y SMV Virtual

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN SMV N° 005-2013-SMV/01


Lima, 22 de febrero de 2013
VISTOS:

El Expediente N° 2012043673, el Memorándum Conjunto N° 486-2013-SMV/06/09/12 del 19 de febrero de 2013, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la Oficina de Tecnologías de Información y la Superintendencia Adjunta de Investigación y Desarrollo, así como el Proyecto del Reglamento MVNET y SMV Virtual (el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento del Sistema MVNET, aprobado por la Resolución CONASEV N° 008-2003-EF/94.10, modificado por Resolución CONASEV N° 115-2004-EF/94.10, requiere ser actualizado, entre otras razones, para adecuarse a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales Ley N° 27269, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2008-PCM;

Que, dicha actualización también se fundamenta en la necesidad de reconocer normativamente los medios electrónicos como mecanismos idóneos, sin excepción, para una comunicación más fiuida entre la Superintendencia del Mercado de Valores-SMV y sus administrados, para cuyo fin, además de contar con el Sistema MVNET, se crea el Sistema SMV Virtual;

Que, el Reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales Ley N° 27269, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2008-PCM, precisa aspectos que tienen que ver con el uso de firmas digitales, lo cual se regula en los artículos 4°, 11°, 13° y 19° del MVNET y en los artículos 31°, 34° y 38° del SMV Virtual, contenidos en el proyecto de reglamento propuesto;

Que, por otro lado, la propuesta se encuentra alineada con la implementación del gobierno electrónico en las instituciones públicas que viene impulsando la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática - ONGEI, con lo que se persigue crear plataformas de acceso al ciudadano y a las instituciones públicas y privadas a los servicios que brinda la SMV;

Que, de acuerdo a ello, se ha elaborado el proyecto de Reglamento del Sistema MVNET y SMV Virtual, relacionado con el envío de información o documentación entre las entidades supervisadas u otras personas o entidades y la SMV;

Que, en tal sentido, resulta necesario difundir el Proyecto a través del Portal del Mercado de Valores Peruano (www.smv.gob.pe), y publicar la presente resolución que autoriza su difusión en el Diario Oficial El Peruano; y,
Estando a lo dispuesto en la Resolución CONASEV N° 089-2006-EF/94.10, que aprueba la política de difusión previa de las normas de carácter general de la SMV, así como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesión del 22 de febrero de 2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar la difusión del Proyecto de Reglamento del Sistema MVNET y SMV Virtual.

Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 3°.- Las personas interesadas podrán remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones respecto del proyecto señalado en los artículos anteriores hasta el 10 de marzo de 2013.

Artículo 4°.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el artículo anterior, podrán ser presentados vía Mesa de Partes de la Superintendencia del Mercado de Valores, ubicada en Avenida Santa Cruz 315 - Mirafiores, provincia y departamento de Lima, o por vía electrónica a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

RegSistMvnet@smv.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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