5/04/2013

Resolución del Superintendente Nacional de Los Registros Públicos 090-2013-SUNARP/SN Aprueban nuevo diseño de formato de Tarjeta de Identificación Vehicular

Aprueban nuevo diseño de formato de Tarjeta de Identificación Vehicular SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 090-2013-SUNARP/SN Lima, 30 de abril de 2013 Vistos, la Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN, del 15 de febrero de 2013, y el Memorándum N° 422-2013-SUNARP-GI, del 24 de abril de 2013; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013-SUNARP/SN,
Aprueban nuevo diseño de formato de Tarjeta de Identificación Vehicular

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 090-2013-SUNARP/SN


Lima, 30 de abril de 2013
Vistos, la Resolución N° 039-2013-SUNARP/SN, del 15 de febrero de 2013, y el Memorándum N° 422-2013-SUNARP-GI, del 24 de abril de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 039-2013-SUNARP/SN, emitida el 15 de febrero de 2013, se aprobó el Reglamento de Inscripciones del Registro de Propiedad Vehicular;

Que, en el artículo 126 del mencionado Reglamento se establece el contenido de la Tarjeta de Identificación Vehicular de acuerdo con la atribución contemplada en el punto 6.2. del artículo 6 del Reglamento de Placa
Única Nacional de Rodaje, aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2008-MTC y modificado por el Decreto Supremo N° 043-2009-MTC, pues corresponde a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos regular las características y especificaciones técnicas de la Tarjeta de Identificación Vehicular, a excepción de los vehículos con placa de gracia;

Que, mediante la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 107-2010-SUNARP/SN se aprobó el diseño de formato de Tarjeta de Identificación Vehicular, cuya utilización se realizó en forma progresiva en algunas de las Zonas Registrales;

Que, sobre la base de los documentos de vistos, se ha propuesto la aprobación de un nuevo diseño del formato de Tarjeta de Identificación Vehicular, el mismo que por sus características y medidas de seguridad favorece al público usuario;

Contando con el visado de la Gerencia Registral, la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Públicas, así como la Gerencia de Informática, todas de la Sede Central de SUNARP;

Estando a lo acordado y de conformidad con la facultad conferida por el literal v) del artículo 7 del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema N° 135-2002-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el nuevo diseño de formato de Tarjeta de Identificación Vehicular, según anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- COMUNICAR de manera oficial la presente Resolución al Ministerio del Interior y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fines de ley.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial 'El Peruano', así como en el Portal Institucional de la SUNARP (www. sunarp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros Públicos REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico:
dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

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