5/22/2013

Resolucion Ministerial 191-2013-MEM/DM Reconocen servidumbre convencional de ocupación sobre bienes a favor de

Reconocen servidumbre convencional de ocupación sobre bienes a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA. ENERGIA Y MINAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 191-2013-MEM/DM Lima, 16 de mayo de 2013 VISTO: El Expediente N° 31217611 presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre
Reconocen servidumbre convencional de ocupación sobre bienes a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA.

ENERGIA Y MINAS
RESOLUCION MINISTERIAL N° 191-2013-MEM/DM


Lima, 16 de mayo de 2013
VISTO: El Expediente N° 31217611 presentado por Luz del Sur SAA., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de reconocimiento de servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta en bóveda para Servicio Público de Electricidad N° 5826;

CONSIDERANDO:

Que, Luz del Sur SAA., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de noviembre de 1996, solicitó el reconocimiento de la servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, indispensable para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta en bóveda N° 5826, ubicada en la Av. Javier Prado N° 910, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha constituido servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada, para la Subestación Eléctrica de Distribución compacta en bóveda N° 5826, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 21 de setiembre de 2007, cuya copia obra en el Expediente;

Que, el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencional para el desarrollo de las actividades eléctricas pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técnicas pertinentes;

Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 217 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, emitió el Informe N° 249-2013-DGE-DCE, recomendando el reconocimiento de la referida servidumbre;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur SAA., la servidumbre convencional de ocupación sobre bienes de propiedad privada para la instalación de la Subestación Eléctrica de Distribución compacta en bóveda para Servicio Público de Electricidad N° 5826, ubicada en la Av. Javier Prado N° 910, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de Servidumbre, conforme consta en el Testimonio de Escritura Pública de fecha 21 de setiembre de 2007, en los términos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:

Expediente Descripción de la servidumbre
Área de Servidumbre Propietario Tipo de terreno 31217611 Subestación Eléctrica de Distribución N° 5826
Ubicación: distrito de San Isidro, provincia y departa-mento de Lima
Área de servidumbre de ocupación:

Coordenadas UTM (PSAD
56):

Vértice Norte Este A 8 662 729,222 278 131,452
B 8 662 733,819 278 130,757
C 8 662 733,580 278 129,175
D 8 662 728,982 278 129,870
Suelo: 7,44 m²
(nivel subter-ráneo)
Privado Urbano Artículo 2°.- Son de aplicación a la servidumbre reconocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM y en las normas técnicas pertinentes.

Artículo 3°.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas

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