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Resolución Ministerial 392-2013-DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EEUU
5/17/2013
Resolución Ministerial 392-2013-DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EEUU
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EEUU DEFENSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 392-2013-DE/SG Lima, 15 de mayo de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) N° 349 del 8 de mayo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Oficio N° 820/ORIE/c.2 del 6 de mayo de 2013, el Jefe de la Oficina
DEFENSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 392-2013-DE/SG
Lima, 15 de mayo de 2013
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) N° 349 del 8 de mayo de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;
Que, con Oficio N° 820/ORIE/c.2 del 6 de mayo de 2013, el Jefe de la Oficina de Relaciones Internacionales del Ejército por encargo del Comandante General del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América;
Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 29 de mayo al 26 de junio de 2013, a fin de participar en el Taller de Operaciones de Información, que se llevará a cabo en la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modificado por el artículo único de la Ley N° 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley N° 27856, modificada por la Ley N° 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 29 de mayo al 26 de junio de 2013, a fin que participen en el Taller de Operaciones de Información, que se llevará a cabo en la Escuela de Operaciones Psicológicas del Ejército del Perú.
1. Mayor Eduardo LARUMBE
2. Mayor Xavier COLON
3. Técnico Jefe Joel TEJADA García 4. Técnico de Segunda Edwin MENDOZA
Artículo 2°.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley N° 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
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