6/28/2013

Decreto de Alcaldia 007 Disponen el embanderamiento general del Distrito de Ate

Disponen el embanderamiento general del Distrito de Ate DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL DECRETO DE ALCALDIA N° 007 Ate, 21 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Proveído N° 2013-2013-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Disponen el embanderamiento general del Distrito de Ate

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
DECRETO DE ALCALDIA N° 007


Ate, 21 de junio de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE ATE
VISTO; el Proveído N° 2013-2013-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y,
CONSIDERANDO:

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 42° de la Ley antes glosada, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;

Que, el día 28 de Julio del presente año, se conmemora el 192° Aniversario de la Independencia Nacional, asimismo, el 04 de Agosto del presente año, se celebra el 192° Aniversario de la Creación Política del Histórico distrito de Ate;

Que, siendo estas fechas de trascendencia Nacional y Local respectivamente, constituye una oportunidad inmejorable para reafirmar y fomentar entre los vecinos del Distrito de Ate los sentimientos de identidad nacional y revaloración de principios como el Civismo, Respeto y Amor a la Patria, como medios para lograr su unión y prosperidad;

Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, el respeto y veneración a los Símbolos de la Patria;

Que, es política de la actual Administración Municipal resaltar los hechos históricos con el propósito de remarcar nuestra identidad, así como nuestra conciencia cívica a través de la celebración de actividades y festividades, siendo uno de estos el embanderamiento, limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del Distrito de Ate, lo cual redundará además en el mejoramiento del ornato local;

Que, mediante Proveído N° 2013-2013-MDA/A, el Despacho de Alcaldía indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente;

Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° y artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972;

SE DECRETA:

Artículo 1°.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DE ATE; tanto en viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas a partir del 15 de Julio hasta el 15 de Agosto del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el 192° Aniversario de la Independencia del Perú, así como también, el 192°
Aniversario de la Creación Política del Distrito de Ate.

Artículo 2°.- ESTABLECER; que todos los predios del Distrito, estén debidamente presentados, recomendándose para este efecto el pintado de sus respectivas fachadas.

Artículo 3°.- El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, dará lugar a las sanciones correspondientes.

Artículo 4°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, Gerencia de Seguridad Ciudadana,
Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones de la Gerencia de Desarrollo Económico y demás áreas pertinentes de esta Corporación Municipal.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde

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