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Resolución 052-2013-EF/30 Oficializan las modificaciones a las NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados,
6/27/2013
Resolución 052-2013-EF/30 Oficializan las modificaciones a las NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados,
Oficializan las modificaciones a las NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre Participaciones en otras Entidades y NIC 27 - Estados Financieros Separados CONSEJO NORMATIVO DE CONTABILIDAD ECONOMIA Y FINANZAS RESOLUCIÓN N° 052-2013-EF/30 Lima, 24 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 10° de la Ley N° 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene, entre otras, la atribución
ECONOMIA Y FINANZAS
RESOLUCIÓN N° 052-2013-EF/30
Lima, 24 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 10° de la Ley N° 28708 –
Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene, entre otras, la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado;
Que, conforme al numeral 16.3 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad.
Que, por Resolución N° 041-2008-EF/94 y normas modificatorias del Consejo Normativo de Contabilidad se aprobó el uso obligatorio del Plan Contable General Empresarial (PCGE), el cual señala en sus Disposiciones Generales que es requisito para la aplicación de dicho PCGE, observar lo que establecen las NIIF;
Que, el International Accounting Standards Board
– IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) con fecha 03 de enero de 2013 remitió al Consejo Normativo de Contabilidad, el despacho que las modificaciones a las Normas Internacionales de Información Financiera NIIF 10 - Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre participaciones en otras entidades y NIC 27 Estados Financieros Separados;
Que, en la Septuagésima Quinta Sesión del Consejo Normativo de Contabilidad realizada el 24 de enero del presente año, se acordó oficializar tales modificaciones con la finalidad de actualizar la práctica contable en el país mediante la utilización de las Normas Internacionales de Información Financiera, para su aplicación;
En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10° de la Ley N° 28708 – Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Oficializar las modificaciones a las NIIF 10
- Estados Financieros Consolidados, NIIF 12 - Información a Revelar sobre Participaciones en otras Entidades y NIC
27 - Estados Financieros Separados, cuya vigencia será acorde a lo preceptuado en dichas modificaciones.
Artículo 2°.- Publicar las normas señaladas en el artículo precedente en la página Web del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe.
Artículo 3°.- Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes la difusión de lo dispuesto por la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR PAJUELO RAMÍREZ
Presidente GUILLERMO DE LA FLOR VIALE Banco Central de Reserva del Perú
CARLOS RUIZ HILLPHA
Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas JOSÉ CARLOS DEXTRE Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del País EVA HUAVIL VENTOCILLA Instituto Nacional de Estadísticas e Informática MIRLA E. BARRETO VERÁSTEGUI Superintendencia de Banca, Seguros y AFP GREGORIO M. RAMÍREZ ROJAS Superintendencia de Mercados de Valores
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