6/14/2013

Resolución Sbs 3587-2013 Modifican procedimientos s. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia

Modifican procedimientos N°s. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES RESOLUCIÓN SBS N° 3587-2013 Lima, 11 de junio de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N°28-2013-DOC, relacionado con la modificación de los porcentajes del costo de tramitación de los procedimientos
Modifican procedimientos N°s. 99 y 100 del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
RESOLUCIÓN SBS N° 3587-2013


Lima, 11 de junio de 2013
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS
Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS
DE PENSIONES
VISTO:

El Informe N°28-2013-DOC, relacionado con la modificación de los porcentajes del costo de tramitación de los procedimientos N° 99 y N° 100, del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia; y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto
Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; el mismo que incluye procedimientos con derecho de tramitación;

Que, en base a la Resolución SBS N°1301-2013 del 14 de febrero del 2013 se actualizó el cambio porcentual de la UIT de los procedimientos del TUPA N° 99 y N° 100;

Que, mediante el Informe de Auditoría N° 010-2013-GCI se hace una observación referida a la cantidad expresada del porcentaje de la UIT para los derechos de tramitación del procedimiento TUPA N° 99 'Acceso a la Información que posee la Superintendencia' del TUPA vigente;

Que, se ha identificado que al procedimiento TUPA N°100, también le es aplicable la misma observación de auditoría referida al procedimiento TUPA N°99;

Que, corresponde a la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346° de la Ley N° 26702 y al artículo 38° de la Ley N° 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA Institucional;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar el procedimiento N° 99
'Acceso a la Información que posee la Superintendencia' y el procedimiento N° 100 'Acceso a la información de la Central de Riesgos de la SBS' del TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en cuanto al porcentaje de la UIT del derecho de trámite correspondiente, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los textos de los procedimientos modificados en los artículos precedentes, que en anexos forman parte de la presente Resolución, se publicarán de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo 004-2008-PCM, reglamento de la Ley N° 29091 (Portal institucional www.sbs.gob.pe).

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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