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Decreto Supremo 185-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Superintendencia
7/26/2013
Decreto Supremo 185-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Superintendencia
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Superintendencia Nacional de Migraciones para el Año Fiscal 2013 ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 185-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio del Interior, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; el mismo que a través
ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 185-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio del Interior, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; el mismo que a través de la Policía Nacional del Perú garantiza, mantiene y restablece el orden interno y el orden público, presta protección y ayuda a las personas y a la comunidad; así como garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado, previene, investiga y combate la delincuencia, así como vigila y controla las fronteras;
Que, mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 007 Ministerio del Interior;
Que, a través de la Resolución Ministerial N° 1296-2012-IN/DGPP de fecha 28 de diciembre de 2012, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2013 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 5 269 438 380,00) por toda fuente de financiamiento;
Que, a través del Decreto Legislativo N° 1130 se determinó la creación de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; la misma que tiene competencia en materia de política migratoria interna y participa en la política de seguridad interna y fronteriza;
asimismo, coordina el control migratorio con las diversas entidades del Estado que tengan presencia en los Puestos de Control Migratorio o Fronterizo del país;
Que, mediante la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1130 se autoriza al Ministerio del Interior a transferir los recursos presupuestales de la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior a la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; acto que corresponde ser aprobado mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior, a propuesta de este último;
Que, mediante Oficio N° 001312-2013/IN/SG, la Secretaria General del Ministerio del Interior solicita se autorice al Pliego 007 Ministerio del Interior a realizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones, por el saldo de su presupuesto asignado para el año 2013 y no devengado al 30 de junio del presente año, el cual asciende a la suma de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 367
648,00), por toda fuente de financiamiento;
Que, mediante Informe N° 000180-2013/IN/DGPP/DPP , la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Gestión en Planificación y Presupuesto del Ministerio del Interior, propone, en virtud a la evaluación realizada de la información remitida por la Dirección General de Gestión en Administración y la Dirección General de Recursos Humanos del citado pliego, la transferencia de recursos a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES por la suma señalada en el párrafo precedente en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados por las genéricas de gasto 3 'Bienes y Servicios' y 6
'Adquisición de Activos No Financieros';
Que, con la finalidad que el Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones realice sus actividades conforme a lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1130, resulta necesario que el Pliego 007 Ministerio del Interior efectúe la respectiva transferencia de partidas;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego 073 Superintendencia Nacional de Migraciones, ascendente a la suma de CATORCE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 14 367 648,00) por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al siguiente detalle;
DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central.
PLIEGO 007 : Ministerio del Interior.
UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administración.
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000982 : Movimiento Migratorio de Nacionales y Extranjeros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios.
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios S/. 191 734,00
--------------------
TOTAL Recursos Ordinarios S/. 191 734,00
--------------------
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados.
En Nuevos Soles GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios S/. 12 565 442,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 1 610 472,00
------------------------
TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 14 175 914,00
------------------------
TOTAL EGRESOS S/. 14 367 648,00
==============
A LA:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central.
PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones.
UNIDAD EJECUTORA 001 : Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES.
ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000982 : Movimientos Migratorios de Nacionales y Extranjeros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios.
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios S/. 191 734,00
---------------------
TOTAL Recursos Ordinarios S/. 191 734,00
============
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente Recaudados.
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios S/. 12 565 442,00
En Nuevos Soles GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros S/. 1 610 472,00
-----------------------
TOTAL Recursos Directamente Recaudados S/. 14 175 914,00
------------------------
TOTAL EGRESOS S/. 14 367 648,00
==============
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1. Los Titulares de los Pliegos habilitado y habilitador en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF.
2.2. La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción,
Genérica, Subgenéricas y Específica; y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales electrónicos del Ministerio del Interior (www. mininter.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.4. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro del Interior.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de julio del año 2013.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior
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