7/02/2013

Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades 083-2013-SMV/10.2 Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores denominados

Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores denominados 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico I FMIV', 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico II FMIV' y 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico III FMIV', en el Registro Público del Mercado de Valores SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES N° 083-2013-SMV/10.2 Lima, 20 de junio de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES VISTOS: El
Disponen inscripción de fondos mutuos de inversión en valores denominados 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico I FMIV', 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico II FMIV' y 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico III FMIV', en el Registro Público del Mercado de Valores

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES N° 083-2013-SMV/10.2


Lima, 20 de junio de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
ENTIDADES
VISTOS:

El Expediente N° 2013011350 iniciado por Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos, así como el Informe N° 599-2013-EF/10.2.3 del 18 de Junio de 2013;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución CONASEV N° 007-2005-EF/94.10 del 09 de febrero de 2005 se autorizó el funcionamiento de ING Fondos SAC Sociedad Administradora de Fondos, hoy denominada Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos, para actuar como administradora de fondos mutuos de inversión en valores;

Que, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 37 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos, mediante escrito presentado el 27 de marzo de 2013, complementado el 19, 22, 24 y 26 de abril, el 06, 08, 15, y 22 de mayo, y el 17 de junio de 2013, solicitó la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico I FMIV', 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico II FMIV', 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico III FMIV', en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores;

Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos ha cumplido con lo dispuesto en el artículo 37 y siguientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 1 inciso b del T exto
Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de V alores, aprobado por Decreto Ley N° 26126, modificado por Ley N° 29782; el artículo 38, numeral 6) y numeral 7), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; así como el artículo 1 de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONASEV N° 073-2004-EF/94.10.

RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer la inscripción de los fondos mutuos de inversión en valores denominados 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico I FMIV', 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico II FMIV', y 'Fondo de Fondos SURA Capital Estratégico III FMIV', así como de los Prospectos Simplificados y Contrato de Administración correspondientes, en el Registro Público del Mercado de Valores.

Artículo 2°.- En la gestión del fondo mutuo de inversión en valores a que se refiere el artículo precedente, Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos utilizará el Reglamento de Participación aprobado mediante Resolución de Intendencia General SMV N° 042-2013-SMV/10.2,
Artículo 3°.- La publicidad que realice Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos para promocionar los fondos mutuos de inversión en valores a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución, no debe inducir a error o confusión y deben realizarse conforme a las normas correspondientes del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras y demás normas que le resulten aplicables.

Artículo 4°.- Las inscripciones a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución no implican que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la suscripción de cuotas de los citados fondos mutuos de inversión en valores u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad.

Artículo 5°.- Fondos Sura SAF SAC deberá remitir a la SMV la versión actualizada de los prospectos simplificados, incluyendo la fecha de entrada en vigencia de los prospectos aprobados así como la actualización de la referencia a la resolución que aprueba a los fondos, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles de la notificación de la presente resolución.

Artículo 6°.- La presente resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano de forma previa a la colocación de los valores.

Artículo 7°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 8°.- Transcribir la presente resolución a Fondos Sura SAC Sociedad Administradora de Fondos y al Scotiabank Perú SAA., en su condición de custodio.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MANCO MANCO
Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades

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