Inicio
Poder Ejecutivo
Transportes y Comunicaciones
Resolución Directoral 2568-2013-MTC/15 Modifican la 'Directiva que regula el procedimiento para la toma de los
7/24/2013
Resolución Directoral 2568-2013-MTC/15 Modifican la 'Directiva que regula el procedimiento para la toma de los
Modifican la 'Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir' TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2568-2013-MTC/15 Lima, 21 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2568-2013-MTC/15
Lima, 21 de junio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181, establece que la acción estatal en materia de transporte y tránsito terrestre se orienta a la satisfacción de las necesidades de los usuarios y al resguardo de sus condiciones de seguridad y salud, así como a la protección del ambiente y la comunidad en su conjunto;
Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC, tiene por objeto, entre otros, regular las condiciones, requisitos y procedimientos para: (i) acceder a una licencia para conducir vehículos automotores y no motorizados por las vías públicas terrestres a nivel nacional y su clasificación;
(ii) la autorización y funcionamiento de los establecimientos de salud encargados de realizar los exámenes de aptitud psicosomática para la obtención de licencias de conducir;
Que, en tal sentido, conforme al artículo 105 del citado Reglamento el examen de aptitud psicosomática se tomará de acuerdo con el procedimiento establecido en la Directiva N° 006-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral N° 13674-2007-MTC/15, en adelante, la Directiva;
Que, la Directiva tiene como finalidad regular el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática, a efectos de evaluar a los postulantes que requieran obtener, revalidar o recategorizar una licencia de conducir vehículos automotores de transporte terrestre;
Que, el numeral XV de la Directiva, establece el procedimiento para que los establecimientos de salud autorizados para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática, declaren aptitud o inaptitud de los postulantes cuyo resultado de la evaluación se encuentre pendiente, por haber sido interrumpido el examen o por encontrarse el postulante observado en una o más pruebas;
Que, dentro del mencionado procedimiento, el literal g) del numeral XV de la Directiva dispone que en los casos en que la evaluación se mantenga pendiente por más de treinta (30) días calendario, por haber sido interrumpido el examen o por encontrarse el postulante observado en uno o más exámenes, éste perderá su vigencia, pudiendo someterse el postulante a una nueva evaluación, si así lo deseara, en el establecimiento de salud autorizado designado por la autoridad competente;
Que, en el marco de la política nacional de simplificación administrativa que viene implementando el Estado Peruano, resulta necesario modificar la normativa citada en el considerando anterior a efectos que el usuario que se encuentre dentro del supuesto señalado en la misma, pueda someterse a una nueva evaluación en cualquier establecimiento de salud autorizado por la autoridad competente, sin necesidad de solicitar a ésta la designación del establecimiento de salud; lo cual se encuentra orientado a mejorar la atención de los ciudadanos ya que permite una mayor rapidez en el respectivo procedimiento;
Que, de conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y el Decreto Supremo N° 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificación a la Directiva N° 006-2007-MTC/15 'Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir' aprobada por Resolución Directoral N° 13674-2007-MTC/15
Modifíquese el literal g) del numeral XV de la Directiva N° 006-2007-MTC/15 'Directiva que regula el procedimiento para la toma de los exámenes de aptitud psicosomática para licencias de conducir' aprobada por Resolución Directoral N° 13674-2007-MTC/15; en los siguientes términos:
'XV . DE LA APTITUD O INAPTITUD DE POSTULANTES
CON EXÁMENES OBSERVADOS O INTERRUMPIDOS
(...) g) En los casos en que la evaluación se mantenga pendiente por más de treinta (30) días calendario, por haber sido interrumpido el examen o por encontrarse el postulante observado en uno o más exámenes, éste perderá su vigencia, pudiendo someterse el postulante a una nueva evaluación, si así lo deseara, en el Establecimiento de Salud Autorizado por la autoridad competente.'
Artículo Segundo.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral, en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (http://www.mtc.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.
Artículo Tercero.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)