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Decreto Supremo 194-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Registro Nacional de Identificación
8/01/2013
Decreto Supremo 194-2013-EF Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Registro Nacional de Identificación
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 ECONOMIA Y FINANZAS DECRETO SUPREMO N° 194-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza la realización de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado
ECONOMIA Y FINANZAS
DECRETO SUPREMO N° 194-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza la realización de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, hasta por el monto de VEINTIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 28 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 44 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 2841 1, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, con lafinalidad de financiar las acciones necesarias para el cierre de brechas de identificación y mantenimiento de la vigencia de la identificación en zonas de extrema pobreza. Asimismo, autoriza a aprobar mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de esta última, las disposiciones complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente disposición;
Que, conforme al marco legal citado en el considerando precedente, mediante Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS se aprueba el Mecanismo de Asignación por Resultados
'Identidad e Inclusión Social', el mismo que en su artículo 6 señala que dicho mecanismo financiará el cierre de brechas de identificación de no menos de 220 000 personas, hasta por un monto de VEINTIOCHO MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 28 000 000,00), con cargo a los recursos a los que hace referencia el artículo 24 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Que, en referencia a los compromisos y metas a cumplir por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, el artículo 7 del Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS señala que durante el año 2013 la asignación de los recursos a favor del RENIEC se realizará en dos tramos, previo al cumplimiento de los dos primeros compromisos (entregables) que se indican en el Anexo 1 de la citada norma; asimismo, indica que la verificación del cumplimiento de los referidos compromisos estará a cargo de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;
Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS en su artículo 8 señala que a efectos de la transferencia de recursos a favor de RENIEC, la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobará, luego de la verificación del cumplimiento de los compromisos y metas establecidas en el Anexo 1 de dicha norma, el informe de validación de las acciones realizadas por el RENIEC en cada tramo, y lo remitirá al Ministerio de Economía y Finanzas; de este modo, el Anexo 1 del Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS señala que el primer tramo del desembolso, por CATORCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
14 000 000,00), se realiza a la presentación del Plan de Implementación elaborado por RENIEC, cuyos contenidos mínimos se indican en el Anexo 2 de la citada norma;
Que, mediante Oficio N° 0132-2013/MIDIS/VMPES/DGGU, se remite el Informe N° 011-2013-MIDIS-VMPES/
DGGU/RMP, complementado con el Informe N° 013-2013-MIDIS-VMPES/DGGU/RMP, de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través de los cuales se comunica al Ministerio de Economía y Finanzas sobre la aprobación del Plan de Implementación 'Identidad e Inclusión Social', remitido por el RENIEC, concluyendo que se ha verificado el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS y sus anexos;
Que, es necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de CATORCE MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 000 000,00). a favor del RENIEC, con cargo a la Reserva de Contingencia, en tanto dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego correspondiente al Año Fiscal 2013 aprobado mediante Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, para el financiamiento del primer tramo del desembolso a que hace referencia Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS, el cual será destinado al financiamiento de las acciones necesarias para el cierre de brechas de identificación y mantenimiento de la vigencia de la identificación en zonas de extrema pobreza, en el marco del Mecanismo de Asignación por Resultados 'Identidad e Inclusión Social', aprobado a través del citado decreto supremo;
De conformidad con el artículo 24 de la Ley N° 29951,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, hasta por la suma de CATORCE MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 14 000 000,00), destinada a financiar las acciones necesarias para el cierre de brechas de identificación y mantenimiento de la vigencia de la identificación en zonas de extrema pobreza, en el marco del Mecanismo de Asignación por Resultados 'Identidad e Inclusión Social', aprobado a través del Decreto Supremo N° 009-2013-MIDIS, de acuerdo al siguiente detalle:
(En Nuevos Soles)
DE LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS
ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 14 000 000,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 14 000 000,00
===========
A LA:
SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil PROGRAMA PRESUPUESTAL 0079 : Acceso de la Población a la Identidad PRODUCTO 3000464 : Población cuenta con Actas de Nacimiento ACTIVIDAD 5003364 : Tramitación y Entrega de Actas de Nacimiento FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 340 047,00
PRODUCTO 3000465 : Población de 0-3 años con Documento Nacional de Identidad-Apoyo Social ACTIVIDAD 5003312 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 0-3 Años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 076 621,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 150 000,00
PRODUCTO 3000466 : Población de 4-17 años con Documento Nacional de Identidad-Apoyo Social ACTIVIDAD 5003313 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 4-17 Años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 3 020 614,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos no Financieros 1 150 000,00
PRODUCTO 3000467 : Población de 18-64 años con Documento Nacional de Identidad-Apoyo Social ACTIVIDAD 5003354 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 18-64 Años FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 4 673 558,00
PRODUCTO 3000468 : Población de 65 años a más con Documento Nacional de Identidad-Apoyo Social ACTIVIDAD 5003386 : Proceso de Emisión del DNI de la Población de 65 Años a Más.
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 589 160,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 14 000 000,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1- de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal.
Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF .
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes 'Notas para Modificación Presupuestaria' que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de julio del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas
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