12/27/2013

DECRETO SUPREMO N° 076-2013-RE Ratifican el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la

Ratifican el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la República del Perú sobre Cooperación Técnica y Científica" DECRETO SUPREMO N° 076-2013-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la República del Perú sobre Cooperación Técnica y Científica" fue suscrito el 18 de julio de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De
Ratifican el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la República del Perú sobre Cooperación Técnica y Científica"
DECRETO SUPREMO N° 076-2013-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la República del Perú sobre Cooperación Técnica y Científica" fue suscrito el 18 de julio de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú;

Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional;

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57
y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República a celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso;

DECRETA:

Artículo 1°.- Ratifícase el "Acuerdo Básico entre la República de Guatemala y la República del Perú sobre Cooperación Técnica y Científica", suscrito el 18 de julio de 2012, en la ciudad de Lima, República del Perú.

Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6
de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia.

Artículo 3°.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Artículo 4°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores

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