12/27/2013

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 183-2013-SA-DVM Instauran proceso administrativo disciplinario a ex

Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 183-2013-SA-DVM Lima, 24 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente N° 13-003522-001, que contiene el Informe N° 039-2013-CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, CEPAD, y; CONSIDERANDO: Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el día 11 de enero de 2012, mediante Oficio N° 0062-2013-DG-DISA-IV-LE,
Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 183-2013-SA-DVM
Lima, 24 de diciembre del 2013
Visto, el Expediente N° 13-003522-001, que contiene el Informe N° 039-2013-CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Salud, CEPAD, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el día 11 de enero de 2012, mediante Oficio N° 0062-2013-DG-DISA-IV-LE, tomó conocimiento del Informe de Auditoría N° 044-2012-OCI-DISA IV LE, EXAMEN
ESPECIAL A LA OFICINA DE LOGÍSTICA PERIODO 01 DE
ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010;

Que, de acuerdo con el artículo 166 del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo 005-90-PCM, la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios tiene la facultad de calificar las denuncias que le sean remitidas y pronunciarse sobre la procedencia de abrir proceso administrativo disciplinario; gozando de las mismas facultades y similar procedimiento la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios;

Que, conforme a lo dispuesto por la norma antes mencionada, según Informe N° 039-2013-CEPAD/MINSA, la CEPAD en uso de sus facultades concluyó la existencia de presunta responsabilidad administrativa funcional del Médico Mauro Eugenio Reyes Acuña, ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por la Observación 04, puesto que como resultado de la atención a la elevación de observaciones a las bases administrativas de la Licitación N° 002-2009/DISA IV LE, modificó las especificaciones técnicas del producto "Detergente enzimático con tres encimas x 5 litros", modificando las propiedades del producto, adecuándolos a la cotización presentada por la empresa ROKER PERU S.A. (ganadora de la buena pro), adquiriendo un producto que no se ajustaba a las características técnicas solicitadas por el área usuaria; razón por la cual al haber emitido el pronunciamiento N° 003-2009-DG/OAJ-DISA-IV-LE, inobservó lo establecido en los artículos 4° literales e) y f) y 46 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 11 de su Reglamento; asimismo incumplió con sus funciones establecidas en el Manual de Organización y Funciones de la Dirección de Salud IV Lima Este, aprobado con Resolución Directoral N° 1149-2004-DISA IV LE. DGH. OEPE.OEA.

RRHH.OAJ de fecha 23 de diciembre de 2004;

Que, la CEPAD en sesión extraordinaria de fecha 18
de diciembre de 2013, acordó por unanimidad recomendar instaurar proceso administrativo disciplinario al Médico Mauro Eugenio Reyes Acuña, ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por la Observación 04 del Informe de Control N° 044-2012-OCI/DISA-IV-LE, por el presunto incumplimiento de sus obligaciones establecidas en los literales a), b) y d) del artículo 21
del Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y la presunta comisión de la falta administrativa disciplinaria tipificada en los literales a) y d) del artículo 28 del mismo cuerpo legal, presumiéndose que la gravedad de las faltas puedan dar lugar a la sanción previstas en los literales c) o d) del artículo 26 del acotado Decreto Legislativo;

Estando a lo recomendado en el Informe N° 039-2013-CEPAD/MINSA, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, y;

Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Supremo 005-90-PCM, Reglamento de la Carrera Administrativa, la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Legislativo 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y la Resolución Ministerial N° 1879-2002-SA-DM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Instaurar proceso administrativo disciplinario al señor Mauro Eugenio Reyes Acuña (Observación 4), ex Director General de la Dirección de Salud IV Lima Este, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Viceministerial y conforme a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante el Informe N° 039-2013-CEPAD/
MINSA.

Artículo 2°.- Remitir los antecedentes administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para su respectivo diligenciamiento.

Regístrese y comuníquese
JOSÉ DEL CARMEN SARA
Viceministro de Salud

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