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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 101-2013-PD/OSIPTEL Delegan facultad para aprobar modificaciones
1/01/2014
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 101-2013-PD/OSIPTEL Delegan facultad para aprobar modificaciones
Delegan facultad para aprobar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático en el Gerente General del OSIPTEL RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 101-2013-PD/OSIPTEL Lima, 26 de diciembre de 2013 VISTO: El Informe N° 0177-GPP/2013 de fecha 19 de diciembre del presente año, que contiene la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular del OSIPTEL para aprobar las modificaciones presupuestales en el Gerente General; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 101-2013-PD/OSIPTEL
Lima, 26 de diciembre de 2013
VISTO:
El Informe N° 0177-GPP/2013 de fecha 19 de diciembre del presente año, que contiene la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular del OSIPTEL
para aprobar las modificaciones presupuestales en el Gerente General;
CONSIDERANDO:
Que, en el caso del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6° de la Ley N° 27332 "Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos", el Presidente del Consejo Directivo ejerce funciones ejecutivas de dirección del Organismo Regulador y es el Titular de la entidad;
Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el TUO de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30114 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014;
Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el numeral 7.1 del artículo 7° del TUO de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo N° 304-2012-EF, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado;
Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40° del citado Decreto Supremo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, la facultad a delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 104-2010-PCM; en tanto, la Gerencia General a su cargo es la Unidad Orgánica responsable de la marcha administrativa de la institución;
Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 67.4 del artículo 67° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General;
Con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia de Asesoría Legal y la Gerencia General y, de conformidad con el TUO de Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y las atribuciones conferidas por el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2014, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia del Consejo Directivo, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución.
Artículo 2°.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 3°.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO MARTÍN RUIZ DÍAZ
Presidente del Consejo Directivo
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